A través de la Decisión Administrativa 1819/2020, publicada en el Boletín Oficial, el Gobierno aprobó una “prueba piloto” para la reapertura del turismo en la ciudad de San Carlos de Bariloche.
A través de la Decisión Administrativa 1819/2020, publicada en el Boletín Oficial, el Gobierno aprobó una “prueba piloto” para la reapertura del turismo en la ciudad de San Carlos de Bariloche.
De esta manera, se exceptua al municipio del cumplimiento de las medidas del aislamiento y distancialmiento social, preventivo y obligatorio “al solo efecto de realizar la reapertura de la actividad turística, en carácter de `prueba piloto´” dice la resolución.
La Decisión Administrativa advierte que “los o las titulares o responsables de los lugares donde se desarrollen las actividades autorizadas deberán garantizar las condiciones de higiene, seguridad y traslado establecidas por la jurisdicción para preservar la salud de sus trabajadoras y trabajadores, y que estas y estos lleguen a sus lugares de trabajo sin la utilización del servicio público de transporte de pasajeros”.
Por otra parte, agrega que “la Provincia de Río Negro deberá dictar las reglamentaciones necesarias para el desarrollo de las actividades alcanzadas por el artículo 1° pudiendo el Gobernador implementarlas gradualmente, suspenderlas o reanudarlas, en el marco de sus competencias territoriales, en virtud de las recomendaciones de la autoridad sanitaria local y conforme a la situación epidemiológica y sanitaria”.
Finalmente, se agrega que “la Provincia de Río Negro deberá realizar, en forma conjunta con el Ministerio de Salud de la Nación, el monitoreo de la evolución epidemiológica y de las condiciones sanitarias correspondientes. En forma semanal, la autoridad sanitaria local deberá remitir al Ministerio de Salud de la Nación toda la información que se le requiera para evaluar la trayectoria de la enfermedad y la capacidad del sistema sanitario para atender a la población. Si la autoridad local o provincial detectare un signo de alerta epidemiológico o sanitario, deberá comunicarlo de inmediato a la autoridad sanitaria nacional”.
Por otra parte, menciona que “Si el Ministerio de Salud de la Nación detectare una situación de riesgo epidemiológico o sanitario, deberá recomendar en forma inmediata al Coordinador de la ‘Unidad de Coordinación General del Plan Integral para la Prevención de Eventos de Salud Pública de Importancia Internacional’ la adopción de las medidas pertinentes para contener la transmisión del virus SARS-CoV-2, pudiendo este, en cualquier momento, disponer la suspensión de la excepción dispuesta”.