El Poder Ejecutivo promulgó ayer la ley 14.069 que dispone la política impositiva del gobierno provincial para el presente año, la semana próxima será publicada en el Boletín Oficial, mientras la Administración Provincial de Impuestos (API) avanza en el dictado de una serie de resoluciones reglamentando alguno de los artículos, entre ellos, la moratoria habilitada en la norma.
En tanto, la semana próxima comenzará la impresión de boletas de impuestos de emisión -Inmobiliario y Patente- para su correspondiente distribución en toda la provincia. En ambos tributos, los vencimientos están ya fijados en el calendario impositivo publicado por API a fines del año pasado.
Finalmente la norma fue promulgada con los cambios introducidos por la Legislatura y que obligaron a las cinco votaciones previstas por la Constitución. Es que la oposición en Diputados, a instancias del bloque UCR - Evolución propuso cambiar la distribución del Impuesto Inmobiliario dejando el 60% para la municipalidad o comuna donde está el inmueble y 40% para el Ejecutivo cuando hasta el año pasado fue por mitades. El cambio fue justificado en que Patente -uno de los principales recursos de los municipios- subirá hasta un 30%, cifra menor a la inflación prevista para el presente ejercicio.
En el Poder Ejecutivo estiman que ese 10% más para municipios y comunas representará una cifra de entre 1.500 y 2.000 millones de pesos adicional para las administraciones locales.
La nueva ley tributaria no prevé una mayor presión fiscal. Sin cambios en Ingresos Brutos, estabilidad fiscal prorrogada hasta 2023 e impuestos de emisión por debajo de la inflación caracterizan a la ley promulgada ayer. Lo que determina la ley Tributaria se sintetiza en varios puntos:
En el Rural, partidas con rangos 1 y 2 aumento del 10%; con rangos 3 al 9, 25%; rangos de 10 a 11: 35%.
Los propietarios de hasta 50 hectáreas y que las exploten personalmente pagarán el mismo monto del año 2019 (se evitan los aumentos de 2020, 2021 y 2022).
En Urbano, partidas con rango 1 a 3: 10%; con rangos 4 a 6: 25%; con rangos 7 y 8: 35%
Los contribuyentes de Impuesto Inmobiliario Urbano y Rural que hayan estado al día al finalizar los años 2020 y 2021 tendrán un descuento equivalente a la última cuota del año 2022, beneficio que se aplica de forma automática en la emisión del impuesto sin necesidad de solicitud del contribuyente.
Además habrá un descuento del 35% en el pago anticipado total anual y aquellos que paguen cuotas mediante la adhesión al sistema de débito automático tendrán un descuento del 25%.
* Patente Única sobre Vehículos:
El impuesto resultará de aplicar las alícuotas que prevé la Ley Impositiva Anual vigente sobre los avalúos de los vehículos (según tablas) aunque en ningún caso el monto podrá superar en más de un 30% al monto del tributo correspondiente al año 2021. Este tope no regirá para los vehículos modelo 2022.
También habrá un descuento del 35% para el pago total anual o bien del 25% por adhesión al débito automático bancario.
* Impuesto sobre Ingresos Brutos:
La ley dispone actualizar en un 40% los montos de ingresos brutos máximos anuales para determinar las industrias que quedan exentas: se actualizaron los montos totales anuales que diferencian las alícuotas aplicables a las entidades financieras; se incrementaron en un 40% los montos de impuesto mínimo.
Para el Régimen Tributario Simplificado para los Pequeños Contribuyentes se incrementaron en un 40% el monto de ingresos brutos anuales para poder ingresar o permanecer en el régimen; ; montos de ingresos brutos anuales de cada categoría así como montos del impuesto mensual de cada categoría.
Además se prorrogó hasta el 31 de diciembre de 2023 el beneficio de estabilidad fiscal para Pymes santafesinas. En cambio se prorrogó hasta el 31 de diciembre del 2022 la reducción de alícuota a industrias santafesinas que no son Pymes.
* Régimen de Regularización Tributaria
Será el tercero en tres años consecutivos y comprende a las deudas por todos los impuestos provinciales (incluyendo Patente) devengadas hasta el 30 de septiembre último.
La vigencia de la moratoria será de 90 días una vez API y el Servicio de Catastro la reglamenten y podrá ser prorrogado por otros 30 días. Todavía el Poder Ejecutivo no informó sobre las fechas en que pondrá en vigencia este instrumento.
* Prórroga de los beneficios de alivio fiscal. Es hasta el 31 de marzo y son las disposiciones establecidas en la Ley N° 14.042 para actividades afectadas por la pandemia.
* Régimen especial para la regularización del impuesto inmobiliario urbano y suburbano
Permitirá que los contribuyentes puedan regularizar con importantes beneficios los incrementos del impuesto de años anteriores que se deriven de incorporación de datos al estado parcelario, mejoras no declaradas oportunamente
A partir del 21 de febrero se producirá el vencimiento de la primera cuota de Patente y de Inmobiliario tanto Urbano como Rural, de acuerdo al calendario impositivo distribuido por Afip.
En Patente los restantes vencimientos están previstos para abril, junio, septiembre, noviembre y para diciembre la cuota saldo.
El Indicador Sintético de Actividad Económica de Santa Fe (ISAE) registró en octubre de 2021 una suba del 5,2% en relación al mismo mes del año anterior. En la medición mensual, el índice presentó en octubre de 2021 una baja del 0,5% frente al mes previo. Por otra parte, exhibió una variación positiva acumulada del 8,6% entre enero - octubre de 2021, respecto al mismo período del 2020, informó el IPEC.