A través de la Resolución 87/2024, publicada este martes en el Boletín Oficial, la Secretaría de Comercio anunció medidas destinadas a la protección de los consumidores en el ámbito de las transacciones con tarjetas. Al establecer criterios para evitar la pérdida de control por parte del consumidor, se busca mitigar los riesgos asociados con los fraudes informáticos, promoviendo así un entorno comercial más seguro y confiable.
Se establecieron medidas claves para prevenir fraudes informáticos y garantizar la seguridad financiera de los ciudadanos. La iniciativa surge en respuesta a la reiterada ocurrencia de fraudes informáticos en el mercado, donde los datos de los consumidores son capturados de manera indebida, generando perjuicios económicos considerables.
La Constitución Nacional, en su Artículo 42, consagra el derecho de los consumidores a la protección de sus intereses económicos. En este contexto, la resolución busca cumplir con este mandato constitucional y con las disposiciones de la Ley N° 24.240, que confiere a la Autoridad de Aplicación la responsabilidad de elaborar políticas para la defensa del consumidor.
Se establecieron medidas claves para prevenir fraudes informáticos.
La Ley N° 25.065 y sus modificaciones regulan diversos aspectos del sistema de tarjetas de crédito, compra y débito, designando a la Secretaría de Comercio Interior como la Autoridad de Aplicación en cuestiones comerciales. La resolución, por lo tanto, se inscribe en este marco normativo para abordar específicamente la seguridad en las transacciones con tarjetas.
Qué dice la resolución
Uno de los puntos más destacados de la resolución es la obligación impuesta a todos los establecimientos comerciales que acepten tarjetas y utilicen terminales electrónicas de captura de datos o "POS". Estos establecimientos deberán garantizar que los consumidores no pierdan el control de sus tarjetas en ningún momento durante la transacción, desde el inicio hasta la completa finalización de la operación.
La medida busca abordar un problema clave identificado en el mercado: la pérdida de control por parte del consumidor sobre sus tarjetas, ya sea de manera temporal o permanente, durante la realización de compras o la obtención de servicios. Esta pérdida de control facilitó la apropiación indebida de datos, que a su vez ha dado lugar a la comisión de fraudes informáticos.
La medida busca abordar la pérdida de control por parte del consumidor sobre sus tarjetas.
La resolución establece claramente que todas las transacciones comerciales deben llevarse a cabo de manera que el consumidor mantenga el control absoluto sobre su tarjeta en todo momento. Esto no solo reducirá significativamente la posibilidad de captura indebida de datos sino que también fortalecerá la confianza del consumidor en el uso de tarjetas para transacciones comerciales.
Los comercios no podrán obligar a los clientes a desprenderse en ningún momento de su plástico ni de su DNI, por lo que deberán chequear la información frente a ellos en todo momento.
Las infracciones a esta resolución serán sancionadas de acuerdo con las penalidades previstas en la Ley N° 24.240 y sus modificaciones, específicamente en su Artículo 47. Estas sanciones se aplicarán a aquellos establecimientos comerciales que no cumplan con la obligación de garantizar la seguridad en las transacciones con tarjetas.
Además, la resolución establece un plazo de CIENTO OCHENTA (180) días para que los proveedores se adapten a las nuevas disposiciones. Durante este período, se espera que los establecimientos comerciales ajusten sus servicios de atención al cliente de acuerdo con lo estipulado en la resolución, asegurando una transición suave y eficiente hacia prácticas más seguras.
Se espera que esta resolución no sólo proteja los intereses económicos de los consumidores sino que también contribuya al adecuado funcionamiento del mercado al garantizar la máxima seguridad en los bienes y servicios proporcionados.
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