La tenencia, comercialización y transporte de metales no ferrosos comenzará a ser controlada en San Juan. Esto gracias a la nueva ley aprobada en la Cámara de Diputados que, entre otras cosas, regula la actividad comercial por medio de la creación de un registro, donde se busca entre otras cosas, evitar el robo de cables y bienes de servicio público.
La norma busca regular la actividad y para ello, toda persona física y jurídica que de alguna manera tiene contacto con materiales como cobre, estaño, plomo, níquel, cobalto, cromo, molibdeno, titanio, tantalio, niobio, tungsteno, cerio, aleaciones de aluminio-cobre, aluminio-manganeso, aluminio-silicio, aluminio-magnesio-silicio, aluminio zinc, bronces al estaño, bronces al plomo, bronces al aluminio, bronces al silicio, bronces al berilio, latón blando, duro y semiduro, antimonio, entre otros, sea de manera temporal o permanente, deberá inscribirse en un registro.
Mirá tambiénCuantioso robo de cables y equipos de aire acondicionado en la escuela Sara Faisal“Esta normativa surge porque no estaba contemplaba la actividad que se desarrolla en el manejo del acopio de los metales no ferrosos. Esto permite controlar la trazabilidad, para evitar entre otras cosas hechos ilícitos”, señaló diputado Simón Ortiz. Este detalle no es menor, ya que durante este año ha habido un crecimiento importante de robo de cables (por el cobre), como medidores (por el bronce).
La norma establece que la autoridad de aplicación será la Secretaría de Seguridad. Bajo su órbita no solo estará el control sino también el registro de establecimientos, transportistas, acopiadores, depósitos, recuperadoras y demás comercios que se dedique a la compra-venta de estos materiales. “A su vez están obligados de llevar un registro sobre de quién adquieren el material para determinar la trazabilidad”, remarcó Ortiz.
Si bien la sanción de la norma es reciente, el diputado no descartó que se establezca un tiempo de adecuación previo a la puesta en marcha del registro, pero eso quedará en manos de la Secretaría de Seguridad.
“Esta ley prohíbe la compra de cobre de cables. Lo mismo con el bronce de los medidores de agua, tapas de alcantarillas y algún otro bien que pueda provenir de empresas prestadoras de servicios públicos. Esta establecido un capítulo de sanciones para quienes no se inscriban o no puedan demostrar la legalidad de la adquisición de los metales”, comentó el funcionario.
Las sanciones van de 600 a 900 JUS, la clausura preventiva del establecimiento, decomiso de los materiales, radiación de vehículos y prisión de entre 40 a 60 días, según la gravedad del hecho. Pese a ello, si se determina que detrás de la adquisición del material hay un hecho ilícito, se dará inmediata intervención a la Justicia local, por lo que las sanciones podrían ser mayores.
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