El Poder Ejecutivo Nacional emitió un nuevo decreto de Necesidad y Urgencia (Nro. 1146) que plasma las decisiones presidenciales anunciadas el viernes. En el caso de la provincia de Santa Fe ratifica y prolonga la etapa de distanciamiento social, e incorpora como novedad la autorización para la realización de celebraciones religiosas con hasta treinta personas. El gobierno de Omar Perotti había solicitado formalmente a la Nación hace dos semanas que se concediera ese aval, después de una serie de desentendidos surgidos a partir de un decreto provincial que en teoría permitía las celebraciones con más de diez personas.
En el interín, funcionarios provinciales se reunieron con pastores evangélicos para evaluar el tema. Es más, la expectativa de los diferentes credos era que se habilitaran las celebraciones permitiendo la ocupación de hasta el 50% de los templos. Pero la Nación sólo permitió hasta treinta personas.
La normativa nacional estipula que el gobierno provincial deberá contar ahora con la respectiva reglamentación y protocolos, aprobados por la autoridad sanitaria nacional.
También la provincia podrá limitar el alcance de la excepción a determinadas áreas geográficas o a determinados municipios; o establecer requisitos específicos para su desarrollo que atiendan a la situación epidemiológica local y a las características propias del lugar, con el fin de minimizar el riesgo de propagación del virus.
Las personas que deseen participar de estas celebraciones deberán tramitar el Certificado Único Habilitante para Circulación - Emergencia Covid-19, establecido por la Decisión Administrativa N° 897/20.
Según el nuevo decreto del Poder Ejecutivo Nacional, siguen prohibidas en el ámbito de la provincia de Santa Fe las siguientes actividades:
Realización de eventos en espacios públicos o privados, sociales, culturales y recreativos.
Práctica de cualquier deporte donde participen más de diez personas o que no permita mantener el distanciamiento mínimo de dos metros entre los y las participantes.
Cines, teatros, clubes, centros culturales.
Servicio público de transporte de pasajeros interurbano, interjurisdiccional e internacional, salvo para los casos expresamente autorizados.