Días después de que la Cámara de Diputados diera media sanción a un proyecto de ley disponiendo una veda pesquera por 180 días, el gobierno provincial informó que la Comisión de Pesca Continental del Consejo Federal Agropecuario dispuso reducir el cupo de exportación de especies de río para el resto del año. De las 3.000 toneladas habilitadas a principios de año, se redujo a 1.440 toneladas debido a la bajante histórico de los niveles hidrométricos del río Paraná.
Los ministerios santafesinos de Producción, Ciencia y Tecnología y de Ambiente y Cambio Climático representaron a la provincia en las reuniones de la Comisión de Pesca Continental, ámbito que es presidido por la Subsecretaría de Pesca y Acuicultura nacional.
El planteo fue aprobado ante la bajante histórica de los niveles hidrométricos del Paraná, quedando estipulado en 1.440 toneladas para Santa Fe en lo que resta del corriente año. “Esta medida gestionada por la provincia, se suma a la intensificación de las tareas de control y fiscalización de la actividad pesquera a través de los puertos fiscalizadores, las fuerzas provinciales y nacionales, las inspecciones del Ministerio de la Producción, Ciencia y Tecnología y la atención diaria del 0800 de reclamos y denuncias”, precisó el comunicado.
La reunión de la Comisión de Pesca Continental contó con la participación de representantes de todas las provincias ribereñas del río Paraná (Buenos Aires, Chaco, Corrientes, Entre Ríos, Formosa, Misiones y Santa Fe) así como representantes de organismos nacionales como la Subsecretaría de Pesca y Acuicultura, el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible de la Nación, SENASA, la Comisión Mixta Argentina - Paraguay del río Paraná (COMIP) y la Prefectura Naval Argentina.
A comienzos de año, tanto en el Subcomité Técnico como en la Comisión en el marco del Consejo Federal Agropecuario, Santa Fe propuso y logró que se aprobara reducir de 20.000 tn estipuladas en 2019 a 15.000 ton para el 2020. “Este hecho se realizó bajo un principio precautorio por la bajante que estaba aconteciendo y se preveía que continuaría”, se acotó.
A principios de mayo y por la continuidad de la bajante, la Comisión del Consejo volvió a reunirse. Allí, cada provincia definió sus acciones y estados de situación de su actividad pesquera, decidiéndose reducir al 50% el remanente de cupo de exportación de especies de río a asignar en lo que resta del año con una revisión periódica de dicho valor. Esto, resultaría en 1.440 toneladas para Santa Fe en lo que quedan de los próximos 7 meses del año.
Los técnicos explicaron que las medidas beneficiarán a las especies que son objeto de la pesca comercial, en especial, a cinco. En cuanto a las restantes especies de la cuenca argentina (cercanas a las 300) y las fracciones de menores tallas de las poblaciones de las especies de importancia pesquera, es probable que estén sufriendo impactos e incluso mortandades, sobre todo durante los meses más fríos en que continúen los bajos niveles hidrométricos. Estimaron que los impactos de esta bajante sobre las pesquerías persistan durante varios años, en función de la afectación final de las pequeñas tallas y de la ocurrencia futura de eventos reproductivos exitosos.
La Comisión acordó realizar próximamente nuevas reuniones para continuar evaluando permanentemente la situación y para realizar una revisión integral del Plan Regional de Gestión de las Pesquerías para su adecuada implementación.
La Comisión también discutió la modificación del modelo de distribución de cupo, en el que Santa Fe propone la implementación de nuevas variables como porcentaje destinado a producción de valor agregado, tratamiento de los residuos productos de los desechos, procesamiento de producción piscícola en la provincia de origen, cantidad de pescadores fidelizados, adhesión a precios de referencia de pescado a pie de ribera, índice que considere el cumplimento de la Ley 12212, entre otras.
Los ministerios de la Producción y de Ambiente trabajan en el establecimiento de una unidad de gestión del sistema pesquero, que permitirá abordar con mayor eficacia aspectos que hoy si bien están contemplados en la legislación vigente (Ley de Pesca N° 11.212 y Ley de Puertos de Fiscalización N°11.314) no han tenido una adecuada gestión.
Este unidad de gestión incluye: correcto funcionamiento de los puertos de fiscalización; delimitación con ayuda de la reglamentación “hasta cuánto” hay pesca de subsistencia y a partir de cuánto hay pesca comercial (diferenciación entre artes de pesca y los canales de comercialización); artes de pesca marcadas (precintadas); aplicación de un precio de referencia en procura de la protección de la economía del sector pesquero y distribución igualitaria de las ganancias sobre el recurso; regulación la pesca deportiva, entre otras.
Por otro lado la necesidad imperiosa de generar investigación pesquera para determinar con la mejor información científica disponible qué especies soportan la presión de pesca (ejemplo: sábalo, surubí) y cuáles no (ejemplo: pacú, manguruyú); cuándo se debe pescar (considerando tiempos reproductivos, temperaturas y niveles hidrológicos; y fijación de las vedas o restricciones generales o particulares) cómo se debe pescar (artes de pesca permitidas y prohibidas); cuánto se debe pescar (cupos o máximos a extraer) y dónde se debe pescar (y dónde no, estableciéndose reservas ícticas, sitios de reproducción).