Según el Boletín oficial, la Anmat explicó que al tratarse de un producto médico no autorizado no se puede asegurar que cumpla con los requisitos mínimos sanitarios y con las exigencias que permiten garantizar la calidad, seguridad y eficacia.
Boletín Oficial
ANMAT prohibió una cánula orofaríngea
La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió este jueves una cánula orofaríngea hasta tanto se encuentre inscripta en el organismo.

Por esta razón reviste riesgo sanitario para quienes pueden llegar a ser usuarios.

La disposición 5970, en su artículo 1 establece: «Prohíbase el uso, la comercialización y la distribución en todo el territorio nacional hasta tanto se encuentre inscripto en el Registro de Productores y Productos de Tecnología Médica de esta Administración, de todos los lotes y medidas del producto médico rotulado como «Guedel Airway/manufactured by Galemed Corporation (Taiwan) por los fundamentos expuestos en el considerando».
Con información de La Arena
#TEMAS:






