Julio Funes tenía 70 años y nunca imaginó que un gesto de caridad iba a terminar costándole la vida, a principios del año 2020. Este hombre vivía solo, en barrio Luis Fasoli de la ciudad de Rafaela y tenía un kiosco que él mismo atendía en el frente de su domicilio.
Fue asesinado de una manera brutal y este viernes fue condenado en un juicio oral el autor del hecho, un hombre de 34 años, a cuya familia la víctima le había abierto la puerta de su hogar.
La suerte de Funes se selló cuando invitó a su casa a una mujer que vivía en situación de calle junto a sus pequeños hijos. Era una medida temporal, para darles un techo mientras podían hallar un lugar dónde vivir. Días después, apareció en escena un hermano de ella, Iván Alejandro Belizán.
Los investigadores estiman que Funes murió entre enero y marzo de 2020. Estaba atado de pies y manos cuando fue ultimado con una pesada pala de metal.
Los vecinos comenzaron a sospechar que algo raro pasaba cuando no vieron más a Julio. Ya no era él quien atendía el kiosco, que cuando estaba abierto tenía a la mujer detrás del mostrador.
A mediados de marzo, la casa fue cerrada, al igual que el negocio. En los días siguientes, los hermanos iban y venían para llevarse cosas del comercio y también de la vivienda.
Finalmente, el 29 de marzo, en horas de la siesta, Belizán y su hermana entraron al inmueble y salieron aproximadamente a las 16.30. Minutos después de que cerraran la puerta, un estallido sacudió a toda la manzana y un incendio se desató en un pequeño galpón trasero.
Cuando los bomberos extinguieron las últimas llamas, pudieron encontrar el cuerpo calcinado del propietario.
Unánime
El fiscal Martín Castellano logró acreditar en el juicio que Funes fue asesinado entre el 18 y el 24 de marzo, en el marco de una discusión con los hermanos que eran sus huéspedes. Fue Belizán quien le pegó a la víctima en la cabeza con la pala.
El cuerpo ya sin vida fue colocado sobre una cama. El día del estallido, el hombre y la mujer llevaron el cadáver hasta el "galponcito" y prendieron el fuego.
Belizán fue condenado a 28 años de prisión por la autoría del homicidio de Funes, pero también por abusos sexuales reiterados que cometió entre 2008 y 2016 en perjuicio de una menor de edad que es su sobrina y era una niña cuando ocurrieron los ataques.
La sentencia fue impuesta por unanimidad por un tribunal integrado por el juez José Luis Estévez y los conjueces Sergio Beceyro y Cecilia Álamo, en el marco de un juicio oral que finalizó este viernes en los tribunales rafaelinos.
Luego de conocerse la sentencia del tribunal, el fiscal Castellano expresó su conformidad con la decisión de los magistrados. "Si bien aún no conocemos los fundamentos del tribunal, valoramos que se haya condenado a Belizán y que los jueces tomaran su decisión por unanimidad", manifestó.
Hermana
La mujer que es hermana de Belizán había sido imputada como partícipe secundaria del homicidio. No obstante, el Tribunal consideró que no era culpable de ese delito, sino de encubrimiento. El fiscal Castellano explicó que "en virtud de lo dispuesto en el Código Penal, la mujer fue absuelta por el parentesco que mantiene con él".
Condena
Belizán fue condenado como autor de los delitos de homicidio doloso; abuso sexual; abuso sexual agravado (por haber mediado acceso carnal a menor de 13 años y mediando uso coactivo reiterado) y promoción de la corrupción de menores.
Abuso sexual
En relación con los delitos contra la integridad sexual, el fiscal Castellano manifestó que "desde 2008 y hasta 2016, el condenado abusó sexualmente de manera reiterada y en un número indeterminado de veces de una niña de su entorno familiar que, en esa época, transitaba su escolaridad primaria".
"Los ilícitos fueron cometidos en la casa que la niña compartía con su madre, y luego en el propio domicilio del condenado, ambos en la ciudad de Rafaela", detalló Castellano.
El funcionario del MPA concluyó que "los actos desplegados por Belizán en perjuicio de la niña tuvieron entidad y capacidad suficiente para vulnerar el desarrollo libre y progresivo de su sexualidad y eran concretados a través de intimidaciones, ya que el hombre condenado le manifestaba a la víctima que si contaba a alguien lo ocurrido no le creerían y la tratarían de mentirosa".
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