“Frialdad”, “temeridad” y “violencia extrema”, así describe el fallo condenatorio la conducta de Leonela Garnica en el crimen de Leopoldo Romero, ocurrido hace casi tres años, en las calles del barrio Coronel Dorrego de la ciudad de Santa Fe.

Leonela Ayelén Garnica fue condenada a 21 años de cárcel el mes pasado, por el homicidio de Leopoldo Romero, ocurrido tres años atrás en Santa Fe. El tribunal del juicio valoró “la modalidad extremadamente violenta” del hecho. La sentencia se encuentra apelada por la defensa.

“Frialdad”, “temeridad” y “violencia extrema”, así describe el fallo condenatorio la conducta de Leonela Garnica en el crimen de Leopoldo Romero, ocurrido hace casi tres años, en las calles del barrio Coronel Dorrego de la ciudad de Santa Fe.
Luego del juicio oral -realizado en diciembre pasado- el tribunal integrado por los jueces Susana Luna -presidente-, Cecilia Labanca y Gustavo Urdiales, dio a conocer los fundamentos del fallo.

El hecho se remonta a la siesta del sábado 14 de enero de 2023, cuando en calle Güemes al 8100 se desató una feroz balacera que terminó con la vida de Romero, de 31 años. Más de 20 vainas servidas en la calle y cuatro orificios de bala calibre 380 en el cuerpo de la víctima hablan por sí sola de la crudeza del acto.
Durante el debate oral, cuya acusación estuvo a cargo de los fiscales de la Unidad Especial de Homicidios del MPA, Estanislao Giavedoni y Laura Urquiza, no se puso en discusión la materialidad del crimen, sino la participación que pudo haber tenido Garnica, a quien sus vecinos apodan “la gorda Leo”.
La mujer que hoy cuenta con 31 años se declaró inocente y llegó a decir que era “amiga” de la víctima, a la que conocía “desde chicos”. Contó que fue testigo fortuita del crimen, cuando salió de la casa de su madre a comprar para hacer una ensalada para el almuerzo.
A diferencia de la fiscalía, que reclamó una pena de 23 años de prisión, su abogado defensor, el Dr. Héctor Tallarico, solicitó la absolución de Garnica, la cual permanece detenida con prisión preventiva desde el 1 de febrero, luego de que la detuvieran en la casa de su madre.
Sin embargo, los testigos oficiales y civiles -varios de los cuales declararon bajo el régimen de “identidad reservada”-, confirmaron que no fue otra que Garnica quien ejecutó a Romero de cuatro tiros en el pecho.

Una mujer vio cuando Romero, ya herido, intentaba levantarse y Garnica lo remató en el suelo. Lo contó al principio y luego se desdijo por temor a las represalias, pero esa primera versión espontánea tomó especial valor durante el juicio, cuando varios testigos revelaron miedo y presiones para no declarar.
Finalmente el tribunal condenó a 21 años de cárcel a la mujer, por el delito de “homicidio agravado por el uso de arma de fuego”.
Al explicar los motivos de la condena, el tribunal remarcó que los argumentos centrales giraron en torno a la “modalidad, frialdad, temeridad y consecuencias dañosas irreparables del suceso”.
En ese sentido, los jueces subrayaron que parte sustancial de la evidencia fue registrada en formatos de audio y video, lo que aportó un grado adicional de elocuencia al análisis del caso.
Al momento de valorar la pena impuesta, el tribunal tuvo en cuenta “la modalidad extremadamente violenta” ya que “no se trató de un único disparo, sino de una secuencia de múltiples detonaciones, superando ampliamente la veintena de vainas servidas en el lugar”, señala la resolución judicial.
El crimen ocurrió alrededor de la una de la tarde, un horario en el que el barrio suele tener movimiento de vecinos, circunstancia que también fue valorada como agravante al momento de mensurar la pena.
En los fundamentos, los magistrados destacaron que “la multiplicidad de disparos demuestra una acción ejercida con persistencia, dominio del arma y continuidad”, descartando de plano la posibilidad de un hecho aislado o accidental.
Finalmente y aunque para la defensa de Garnica las declaraciones de los testigos resulten meros “chismes de barrio”, la contundencia de la evidencia llevó a los jueces Luna, Labanca y Urdiales a imponer una dura pena contra la mujer, cuyos únicos atenuantes resultaron ser su falta de antecedentes penales y juventud, aunque en el barrio todos la recuerdan por su peligrosidad.