El Gobierno, en medio de la reciente devaluación del peso nacional frente al dólar estadounidense, tomó medidas significativas para abordar la creciente presión inflacionaria y mejorar los ingresos reales de la población, especialmente aquellos en situaciones de mayor vulnerabilidad social.
A través del Decreto de Necesidad y Urgencia N° DECNU-2023-438-APN-PTE, el Poder Ejecutivo Nacional aprobó una asignación no remunerativa para los trabajadores y trabajadoras en relación de dependencia en el sector privado, el sector público y el Régimen de Contrato de Trabajo para el Personal de Casas Particulares.
Esta asignación será financiada por los respectivos empleadores y se abonará junto con los salarios correspondientes a los meses de agosto y septiembre de 2023, de acuerdo con las condiciones y modalidades establecidas en el decreto.
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Según el artículo 5° de esta normativa, la asignación no remunerativa se aplicará a aquellos trabajadores y trabajadoras cuyos salarios netos, incluyendo conceptos remunerativos y no remunerativos, correspondientes al mes de agosto de 2023, sean inferiores a PESOS CUATROCIENTOS MIL ($400,000), o el monto proporcional en caso de jornadas laborales inferiores a la jornada legal o convencional.
La asignación se dividirá en dos cuotas, siendo la primera correspondiente al salario devengado en agosto de 2023, que deberá ser abonada dentro de los quince (15) días hábiles a partir del 1° de septiembre de 2023. La segunda cuota, correspondiente a septiembre de 2023, se pagará de acuerdo con la normativa legal vigente.
Además, el decreto facultó a los Ministerios de Economía y de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, así como a la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), para emitir normas complementarias y aclaratorias necesarias para la aplicación efectiva de la medida.
Mirá tambiénQuienes cobren el bono no podrán acceder al cupo de "Dólar ahorro"Es importante destacar que el salario neto, tal como se define en el artículo 1° de esta resolución, se calcula restando los aportes personales al Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA), al Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados y al Régimen Nacional de Obras Sociales del salario bruto.
Esta iniciativa busca mitigar el impacto de la devaluación en los trabajadores y trabajadoras argentinos, especialmente aquellos con ingresos más bajos, y promover el desarrollo productivo del país en un contexto económico desafiante.
La fórmula para el cálculo proporcional de la asignación no remunerativa mensual establecida para los trabajadores y las trabajadoras del Régimen de Contrato de Trabajo para el Personal de Casas Particulares considerando la jornada de trabajo de CIENTO NOVENTA Y DOS (192) horas mensuales, es la siguiente:
Asignación no remunerativa mensual* = $12.500 x Cantidad de horas de trabajadas en el mes de agosto / 192
* Para salarios inferiores a PESOS TRESCIENTOS OCHENTA Y SIETE MIL QUINIENTOS ($387.500) por una jornada laboral de 192 horas mensuales.
A continuación, se presenta el siguiente cuadro un ejemplo del monto de la asignación no remunerativa y de la devolución prevista en el artículo 12 del Decreto 438/23 para una jornada laboral de 60 horas mensuales.
Monto de la asignación no remunerativa
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