El gobierno reglamentó el sistema de concesiones al sector privado
Apunta a que las adjudicaciones sean "más estables, sólidas jurídicamente y flexibles". El ministro Federico Sturzenegger destacó aspectos centrales de la iniciativa.
Alicurá, en la cuenca del Limay, una de las represas a concesionar por parte del gobierno nacional. Gentileza
El Gobierno nacional reglamentó el capítulo de la Ley Bases en lo referido al sistema de concesiones del Estado que apunta a que las adjudicaciones sean "más estables, sólidas jurídicamente y flexibles". El ministro del área, Federico Sturzenegger destacó cuatro aspectos centrales entre los que se destacan los plazos de las concesiones y las actualizaciones.
El funcionario remarcó: "Las concesiones podrán tener un plazo variable. Esto quiere decir que la concesión es hasta que se recupera la inversión. Este sistema es muy utilizado en Chile y fue inventado por Eduardo Engel, un reconocido economista de ese país".
Añadió: "Si la obra es exitosa el plazo se acorta porque el recupero se concretará más rápido. En cambio, si la obra es menos redituable el plazo se extiende. De esta manera el concesionario no asume un riesgo de ´demanda´ y, al reducirse, puede ofrecer mejores condiciones".
Sturzenegger también remarcó que "se permiten mecanismos automáticos de actualización. Se podrá concesionar, por ejemplo, en UVAs. Se protege así la ecuación económica del proyecto, pero, sobre todo, se evitarán redeterminaciones que siempre generaban una oportunidad para la corrupción".
Como tercer aspecto, el funcionario subrayó: "La Ley Bases permite la ejecución de concesiones de Proyecto-Precio donde la ingeniería del proyecto queda en manos de los oferentes. Con este mecanismo se puede acelerar la ejecución en dos o tres años respecto del sistema tradicional".
Explicó que: "Un ejemplo exitoso fue el uso de este mecanismo para licitar la casa central del Banco Ciudad que luego se transformó en la sede del Gobierno porteño y que fue adjudicada al Estudio Foster. El mecanismo ahora queda incorporado en la ley".
Finalmente, remarcó que "se permite en el pliego determinar el mecanismo de resolución de controversias, lo que aporta seguridad jurídica y, por lo tanto, menores costos para el Estado".
Hidroeléctricas a 30 años
El Gobierno nacional concesionará en los próximos seis meses cuatro centrales hidroeléctricas, en lo que resulta ser su primer paquete de medidas en ese sentido, según estableció mediante el decreto 718/204 publicado hoy en el Boletín Oficial.
Las generadoras incluidas en este proceso son Alicurá, Chocón, Cerros Colorados y Piedra del Águila, que estaban siendo operadas con prórrogas transitorias. El artículo 6 indica que "dentro de los ciento ochenta (180) días corridos siguientes a la entrada en vigencia del presente la Secretaría de Energía del Ministerio de Economía llamará a Concurso Público Nacional e Internacional, competitivo y expeditivo, con el fin de proceder a la venta del paquete accionario mayoritario o controlante" de las empresas indicadas.
La norma establece que las empresas ENARSA y NASA deberán transferirle a la Secretaría de Energía las acciones de las empresas a privatizar dentro de los próximos seis meses para formalizar el proceso.
Asimismo, se facultó a la Secretaría de Energía a fijar las pautas del Concurso Público Nacional e Internacional que deberá incluir el esquema de remuneración de los concesionarios durante el Período de Concesión y como mínimo los siguientes anexos: (i) Contrato de Concesión, (ii) perímetro y descripción, (iii) inventario, (iv) seguridad de presas, embalses y obras auxiliares; (v) normas de manejo de aguas; (vi) guardias permanentes; (vii) protección del ambiente; (viii) seguros; (ix) obras y trabajos obligatorios.
En caso que el proceso de privatización quede desierto las acciones volverán al Estado nacional. El artículo 1 del decreto también estableció que los actuales concesionarios de estas hidroeléctricas seguirán operándolas hasta que se complete el proceso de privatización.
Monotributo
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) estableció que aquellos contribuyentes que hubieran sido excluidos o que hubiesen renunciado al monotributo entre el 1° de enero y el 31 de julio de 2024, podrán solicitar el reingreso al régimen simplificado hasta el 30 de septiembre de 2024. La inscripción tendrá efecto a partir del primer día del mes inmediato posterior a su solicitud, sin tener que esperar los 3 años que establece la normativa vigente.
No es obligatorio registrar los contratos de alquiler
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) eliminó la obligación de registrar los contratos de alquiler de inmuebles urbanos y rurales, pero sí deberán hacerlo aquellos contribuyentes que deseen obtener los beneficios fiscales que otorga la ley.
La norma rige a partir de la Resolución General 5545/2024 que se publicó hoy en el Boletín Oficial y deriva del Decreto 70/2023 que derogó la ley de Alquileres 27.551. La resolución marca que desde hoy los propietarios ya no tendrán que inscribir los contratos en el "Régimen de registración de contratos de locación de inmuebles (RELI)" para su validez.
Al mismo tiempo, la nueva resolución de AFIP establece que los contribuyentes que quieran gozar de los beneficios fiscales en el Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS) y en los impuestos sobre los Créditos y Débitos en cuentas bancarias y otras operatorias, sobre los Bienes Personales y a las Ganancias - contemplados en la ley 27.737- deberán declarar sus contratos de alquiler en el RELI antes el 30 de septiembre de 2024 o 15 días corridos posteriores a su celebración.
Los interesados deberán hacerlo a través de la web del organismo. Quienes ya tengan registrados sus contratos no deberán volver a hacerlo, excepto que haya modificaciones o actualizaciones.
En línea con dicha medida los contribuyentes, por medio de la Resolución General Nro. 5547/2024 también publicada hoy, con relación al impuesto a las ganancias, se dispuso la eliminación de la obligación por parte del empleado en relación de dependencia de adjuntar -en el servicio SiRADIG- una copia del contrato de alquiler del inmueble con destino a casa habitación.
Este requisito resultaba necesario para tener acceso a las deducciones del 40% y del 10%, respectivamente, de las sumas pagadas por este alquiler.
La AFIP ya derogó el Certificado de Transferencia de Automotores (CETA), el documento que debía emitirse al vender un automotor o motovehículo usado y radicado en el país. Además, en lo que va de la actual gestión, el organismo derogó las resoluciones generales que obligaban a productores agropecuarios a presentar cinco declaraciones juradas al año con su cosecha, y, en el mismo sentido, derogó el Sistema de Importaciones de la República Argentina (SIRA) y la evaluación de la Capacidad Económica Financiera (CEF) para autorizar importaciones, con el objetivo de facilitar el comercio exterior.
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