* Retención fija para el trigo y el maíz del 22 por ciento y para girasol del 30 por ciento.
* Para la soja establece una curva de retenciones con alícuotas crecientes a medida que aumenta el precio FOB. Para 600 dólares es del 36 por ciento, para 700 dólares del 38,4 y a partir de 800 dólares queda fija en 40 por ciento.
* Para pequeños y medianos productores de soja ( menos de 1.500 toneladas) pueden computar a cuenta del pago del Impuesto a las Ganancias el excedente sobre alícuotas del 22, 27 y 30 por ciento, dependiendo del volumen de producción.
* Se permite la deducción adicional de hasta el 70 por ciento de los gastos realizados en fertilizantes como desgravación del impuesto a las ganancias.
* Se reduce el IVA de las semillas, herbicidas, insecticidas, funguicidas e inoculantes al 10,5 por ciento.
* Elimina la fecha tope del 31 de octubre para los reintegros.
* No incluye los artículos del proyecto oficial que le dan la facultad al Poder Ejecutivo de fijar impuestos.




