Recrudece la disputa por un consorcio caminero

El conflicto que tuviera origen en la quita de la concesión del servicio público y la ejecución de obras menores y confiscación de las maquinarias al Consorcio General Caminero de la zona rural del distrito Calchaquí se encuentra al rojo vivo.

Incluso algunos consideran que se ha producido la subversión del régimen municipal establecido por la Ley Orgánica de Municipalidades, ya que el intendente desconoce la autoridad del Concejo Deliberante, existiendo un estado de conflicto que hace imposible e impracticable el régimen municipal.

Sucede que mediante la ordenanza N° 735/04 el Concejo Municipal de Calchaquí derogó las ordenanzas que quitaban la concesión y confiscaban las máquinas del consorcio para volver a dársela para acercar a las partes y lograr una relación armoniosa y regular dentro del estado de derecho, preservando el orden jurídico.

El intendente en uso de sus facultades -ley 2756, artículo 41, inciso 6- veta esa ordenanza y el Concejo -de acuerdo a la ley 2756, artículo 39, inciso 12-, también insiste con la aprobación con dos tercios de sus votos por lo que el intendente está obligado a promulgar esa ordenanza y devolver la concesión y las máquinas; pero no lo hace.

Doble veto

Por lo tanto, actuando en contra de lo establecido por la Ley Orgánica de Municipalidades aplica nuevamente el veto cuando tenía que cumplir la ordenanza, quitándole autoridad al Concejo Deliberante ya que de aplicar esta doctrina del doble veto no tendría razón de ser dicho cuerpo colegiado (sería conveniente cerrarlo).

A todo esto, el Concejo emite dos resoluciones rechazando el segundo veto y ratifica la ordenanza N° 735/04 e intima al intendente en un plazo de 10 días a promulgar la norma y cumplirla so pena de pedir su destitución en caso de incumplimiento.

Luego el intendente rechaza las resoluciones -intimaciones- dejando librado al Concejo el pedido de su destitución y hace reservas de pedir la intervención del Concejo Municipal de Calchaquí.

Por otra parte, el consorcio junto a la Sociedad Rural evalúa la posibilidad de solicitar a la Legislatura la intervención al Departamento Ejecutivo Municipal porque entiende que se ha producido la subversión del régimen municipal establecida por la ley orgánica de municipios, ya que el intendente desconoce la autoridad del Concejo Deliberante y existe un estado de conflicto que hace imposible e impracticable el régimen municipal.