El gerente de Teledigital Cable SA, Esteban García, quien tiene a su cargo las operaciones que brinda esa empresa en Esperanza, Laguna Paiva, San Justo, Ángel Gallardo, Monte Vera, Arroyo Aguiar, Recreo, Nelson, Llambí Campbell y Videla, manifestó que ya comenzaron los operativos para detectar vecinos "colgados" o conectados "casa a casa".
La empresa de TV por cable Teledigital de Esperanza admitió que el delito de robo de señal de cable se tornó un hecho "muy serio en la ciudad" y que por tal motivo advierte que las denuncias son civiles y penales, y que se castiga este delito con un mes a seis años de prisión.>
García señaló que "la clandestinidad es un problema serio para la empresa y que se decidió a trabajar fuertemente en este problema. Las detecciones ya comenzaron".>
Además de la dotación de técnicos de cada sucursal, se conformaron equipos técnicos especializados, capacitados para este tipo de trabajo y provistos de la tecnología necesaria para lograr las detecciones de todas las conexiones ilegales que se encuentran tanto desde el cable de red como del "casa a casa"; incluso, en algunos casos se han verificado conexiones bajo tierra entre unas y otras.>
A diferencia de otras épocas, hoy, para combatir este tipo de delito la empresa cuenta tanto con el material humano capacitado como con la tecnología necesarios.>
En ese sentido, el directivo reconoció que quien está "colgado del cable" resulta de fácil detección, mientras que, si bien se dificulta un poco más, para descubrir al que se encuentra conectado de "casa a casa" la empresa dispone de instrumental electrónico de avanzada, que ya los técnicos poseen y que se encuentran utilizando en la vía pública.>
Explicó que la firma se decidió a ejercer acciones inflexibles con aquellos que roban el servicio. En ese sentido, Teledigital lleva a cabo dos acciones: "La primera es notificar al conectado ilegal, mediante un aviso prejudicial, que se encuentra cometiendo un delito. En el Código Penal está tipificado en los artículos 162, 164 y 172, que contempla prisión por el período de un mes a seis años de prisión -cabe señalar que, a partir de los 3 años, la pena es de cumplimiento efectivo-. Por otra vía, la Civil, la empresa encara la acción por daños y perjuicios, conforme el artículo 1109 del Código Civil, lo que significa una carga económica contra el infractor".>
Asimismo, se vincula el daño a un tercero, que es el abonado legal, dado que su señal de cable se resiente por la conexión clandestina al quitarle potencia, la cual está estipulada de manera precisa para que el servicio se cumpla con normalidad y eficiencia.>
"Existe una gran pérdida económica. Robar señal de cable no es sólo un delito, sino, además, un daño, un perjuicio para la compañía y para el usuario legal, que tiene todo el derecho de tener el mejor servicio por el que paga. La semana pasada algunos vecinos de Esperanza ya recibieron las notificaciones prejudiciales correspondientes y lógicamente fueron cortados".>