Larrabure cuestiona al fiscal Esteban Righi

De la Redacción de El Litoral

Arturo Larrabure, imputó al procurador general de la Nación, Dr. Esteban Righi, no haber tenido "el decoro" de excusarse de intervenir en la causa abierta con motivo del asesinato del Cnel. Argentino del Valle Larrabure, secuestrado, torturado y asesinado por el ERP en l975, luego de un largo.

"La ley -dijo- , obliga a los fiscales a inhibirse cuando hubieran intervenido en actuaciones administrativas a favor o en contra de alguna de las partes involucradas, obligación moral que alcanza a Righi pues, como ministro del Interior de Héctor J. Cámpora, tuvo una decisiva intervención en las negociaciones y actuaciones administrativas que culminaron con la liberación de los terroristas, el 25 de mayo de 1973".

A través de su abogado, el Dr. Javier Vigo, recordó que el fiscal general Palacín, al considerar crimen de lesa humanidad el asesinato de su padre, enfatizó que la participación estatal en la comisión de tales crímenes "no tiene por qué estar específicamente referido al acto u actos criminales concretos que se investigan; basta con que el o los Estados involucrados hayan prohijado, alentado y/o tolerado dichas actividades violatorias de los más elementales derechos humanos".

Responsabilidad estatal

Vigo remarcó que "en el caso Almonacid Arellano vs. Chile, la Corte Interamericana de Derechos Humanos enfatizó el deber de los Estados partes de no recurrir a artilugios para dejar impunes los crímenes de lesa humanidad".

"Si el aparato del Estado actúa de modo que tal violación quede impune y no se restablezca, en cuanto sea posible, a la víctima en la plenitud de sus derechos, puede afirmarse que ha incumplido el deber de garantizar su libre y pleno ejercicio a las personas sujetas a su jurisdicción", dijo la Corte.

Larrabure remarcó que "es incompatible con estas severas advertencias la actuación del Dr. Esteban Righi, quien pudiendo, eventualmente, ser investigado por la conducta que le cupo como funcionario público en la liberación de los guerrilleros detenidos -entre los que se encontraban los que luego secuestrarían a su padre- interviene en la causa y dicta una instrucción general ordenado a los fiscales excluir de la categoría de crímenes de lesa humanidad y crímenes de guerra, a los asesinatos, secuestros y torturas realizados por la guerrilla".

Cuestionó también Larrabure la actuación del fiscal Ricardo Vázquez quien, en vez de impulsar la investigación ordenada por Palacín, dispuso consultar a la Unidad Fiscal de Coordinación y Seguimiento de las causas por violaciones de los derechos humanos, a cargo del Fiscal Auat, sin notificar esa decisión ni al juez ni al querellante, omisión que torna nulo lo actuado.

"De tal manera -dice Larrabure- fui privado del derecho de impugnar una consulta manifiestamente improcedente".