Un vacío normativo en la Argentina

La necesidad de una ley de responsabilidad penal juvenil

Mario Cáffaro

Emilio García Méndez es diputado nacional por SI (Solidaridad e Igualdad) pero, además, preside la Fundación Sur Argentina, entidad que trabaja para denunciar violaciones a los derechos humanos de la infancia, incidir en los procesos de formulación y reformulación de normas jurídicas, políticas públicas y de un sistema de justicia para la infancia-juventud, basado en el respeto de sus derechos fundamentales. El eje central de acción es promover los derechos humanos de la infancia, como herramienta decisiva para contribuir a la superación de la cultura tutelar imperante, a la que considera criminalizadora de la pobreza.

Invitado por los diputados provinciales Alicia Gutiérrez y Antonio Riestra estuvo en Santa Fe donde compartió un panel-debate en la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales de la UNL, con el ministro de Justicia y Derechos Humanos, Héctor Superti.

En diálogo con El Litoral desgranó la situación actual de los menores y defendió el proyecto de ley de responsabilidad penal juvenil que se encuentra a debate en el Congreso. Uno de ellos es de su autoría, pero admite que el 90% del arco político concuerda en líneas generales. “Lo que pasa es que desde 2003 para acá, no salen proyectos del Congreso que no sean impulsados por el Poder Ejecutivo. En tanto, rige un decreto de la dictadura que es violatorio de la Constitución”.

No duda en señalar que “falta política social, inversión social para los menores, pero con eso no alcanza. Si las provincias quieren resolver con seriedad el problema no podrán hacerlo si antes no cambia la Ley Nacional de Responsabilidad Penal Juvenil. Si dejo la legislación vigente, mejoro la calidad y la cantidad de institutos, aumento la cantidad del problema, porque necesitamos la Ley de Responsabilidad Penal Juvenil que no es competencia de las provincias”.

Estas sufren, tienen una camisa de fuerza que se llama régimen penal de la minoridad. Las provincias que quieren hacer cosas buenas están colocadas en el mismo nivel que aquellas a las que no les interesa nada por falta de una ley que le brinde un marco de racionalidad”. Enseguida acotó “la ley no es condición suficiente para nada, pero es condición imprescindible para todo”.

La situación en La Argentina

El jurista reconoce que “la Argentina es un país que, como pocos, ha incorporado más explícitamente los tratados internacionales, en este caso la Convención Internacional de los Derechos del Niño a la Constitución Nacional; pero pocos países la violan tan sistemáticamente como la Argentina. Pese a que se adhirió a la Convención y se dictó una ley nacional que reconoce que es niño todo ser humano hasta los 18 años, tenemos la imputabilidad penal a los 16 años y lo peor es que la tenemos en base a un decreto de la dictadura militar”.

García Méndez sostiene que “no sólo no hay que bajar la edad sino que hay que subirla a los 18 años. No nos podemos quedar solamente en el eslogan de “no a la baja de la imputabilidad’, porque si no proponemos nada somos cómplices de lo existente. Hoy existe una legislación de la dictadura que ha permitido reclusiones perpetuas a menores de edad, una legislación que ha permitido el tratamiento discrecional de los delitos cometidos por la franja de 16 a 18 años. Pero peor es la situación de los menores de 16 años, porque la ley dice que son totalmente inimputables y totalmente no punibles. ¿Dónde están esos menores si cometen un delito? Si son de sectores medios o altos en su casa; si no son de esos sectores las posibilidades de que estén en una cárcel (mal llamados institutos) son totales. Están allí para ser protegidos, pero la Ley 26.061 de Protección a la Infancia prohíbe la privación de libertad como forma de protección”.

En el medio de la polémica sobre qué hacer con los menores, reconoce que unos “dicen que a los menores hay que matarlos, otros dicen que no hay que hacer nada. A nadie se le ocurre que hay que hacerles un debido proceso”. Acota que en Argentina hay 1.800 menores privados de libertad, cifra no desagregada por provincias, pero entiende que la situación es grave en algunas como Córdoba, muy buena en otras como San Luis. “El número de menores privados de libertad depende en parte de la fenomenología del problema y de la política que se usa”.

Por último, refiere que Costa Rica tiene una Ley de Responsabilidad Penal Juvenil que es la más severa de América Latina, pero es el país que menos menores privados de libertad tiene.

La solicita Emilio García Méndez para poder cumplir con lo establecido por la Constitución Nacional y los tratados internacionales. No a la baja de edad de la imputabilidad, y sí a llevarla a los 18.

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“En el Congreso no salen leyes que no tienen un fuerte aval del Ejecutivo”, dijo el legislador.

Foto: Luis Cetraro.

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ADEMÁS

A la espera de la decisión del máximo tribunal de Justicia de la Nación

La Fundación Sur Argentina, junto a otros organismos defensores de derechos humanos como el Cels, presentó en el 2006 un hábeas corpus colectivo sobre la situación de los menores privados de la libertad. En 48 horas la medida fue rechazada en primera y segunda instancia; aceptada luego por la Cámara Nacional de Casación, que abrió una mesa de diálogo, y el 17 de diciembre de 2006 se pronunció ordenando la liberación progresiva de los menores detenidos en institutos en 90 días; estableció la inconstitucionalidad del decreto de la dictadura y exhortó al Legislativo a aprobar una ley de responsabilidad penal juvenil. El 18 de marzo, la Corte Suprema suspendió la ejecución del fallo de Casación. “Es preocupante porque lo hizo con una resolución de una página que huele a razón de Estado por los cuatro costados porque dice “atento a la gravedad institucional del hecho’. Desde el 18 de marzo hasta hoy estamos esperando que la Corte se pronuncie sobre el más sagrado de los remedios judiciales. Pero, además, hemos sido sometidos a un maltrato enorme por parte de la Corte”, dice García Méndez.

El legislador entiende que desde el punto de vista político el tema es complejo, “pero desde el punto de vista jurídico un estudiante de Introducción al Derecho lo puede resolver porque no se puede proteger a alguien privándolo de la libertad. La ley dice “está prohibida la privación de la libertad como forma de protección’. Es un caso de complejidad política con sencillez jurídica. La Justicia, desde la Revolución Francesa para acá, no está para resolver problemas sociales, para esto están el gobierno y la sociedad civil; la Justicia está para dirimir conflictos jurídicos. La Corte nos enseñó en el caso Patti que había que decidir con una rigurosidad jurídica exenta de cualquier otra consideración. En este caso no lo hace y parece que le bajaron preocupaciones de naturaleza social. Me parece bien que la tenga, pero quién va a decir el Derecho en la Argentina si la Corte, por resolver problemas sociales, descree de una solución jurídica rigurosa. Por eso es preocupante”.

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EL ENTREVISTADO

Consultor internacional

Emilio García Méndez es diputado nacional por Solidaridad e Igualdad y fundador y presidente de la fundación Sur Argentina. Se graduó como abogado en 1974 en la UBA, consultor independiente. Además, es profesor asociado regular de la cátedra de Criminología de la Facultad de Psicología de la Universidad de Buenos Aires; profesor invitado de Posgrado de la Facultad de Derecho de la UBA; consultor del Instituto Interamericano de Derechos Humanos con sede en San José de Costa Rica; consultor de Unicef de las oficinas de Chile, Uruguay, India y Angola; y presidente de la Comisión de Infancia del Colegio Público de Abogados de la Capital Federal.