Iniciativa del Poder Ejecutivo
Nuevo rol para los jueces comunales
De la redacción de El Litoral
El Poder Ejecutivo definió los alcances del proyecto de organización de jueces comunales de inmediación y para pequeñas causas que fue remitido a la Cámara de Diputados, cuerpo que tiene fijado un tratamiento preferencial este mes para distintos proyectos sobre “Justicia para pequeñas causas”.
La iniciativa fue elaborada en el ámbito de la Secretaría de Justicia a cargo de Roberto Vicente y hubo consultas con la Corte Suprema de Justicia.
En los fundamentos del mensaje, se admite que para el estudio y realización se han tenido en consideración todos los proyectos de ley presentados en la Legislatura, orientados en igual sentido remarcando que han sido de especial utilidad los proyectos presentados por los diputados Domingo Pochettino (proyectos de años 1998, 2000 y 2002); Ángel D’Ambrosio (2000); Raúl Lamberto (2006 y 2008); y Marcelo Scataglini, Adrián Simil, Victoria Ramírez, Roberto Reutemann y Silvia de Césaris (2008) y los antecedentes existentes en el derecho comparado.
“Con estas normas, este Poder Ejecutivo se propone reorganizar la Justicia local y disminuir la carga jurisdiccional de los juzgados de primera instancia de distrito y de circuito”. Se reconoce que “el servicio de justicia se encuentra colapsado y se debe fundamentalmente a la acumulación de causas y la mora procesal que ocasionan un excesivo retardo en la solución de las cuestiones planteadas. Estas dificultades provocan desconfianza en el sistema y fomentan la utilización de medios anormales de solución de conflictos. Este proyecto pretende no sólo mejorar la situación existente, sino fundamentalmente garantizar a la ciudadanía el derecho de acceso a la justicia que involucra tanto la posibilidad de litigar como la efectiva y concreta solución a la controversia”.
Título de abogado
El proyecto determina legislativamente que el juez comunal deberá tener título de abogado. “El fin que inspira la modificación es que la elección de los candidatos recaiga en personas técnicamente idóneas para ocupar el cargo de juez comunal, acorde a la demanda de la sociedad actual lo que se logrará mediante el concurso que la norma dispone”.
La iniciativa procura optimizar el funcionamiento de los juzgados comunales asignándole nuevas competencias y un proceso especial que implica elevar la competencia cuantitativa de los juzgados de circuito a cien unidades jus. Además se dota a dichos juzgados de competencias para entender en conflictos cotidianos que requieren una rápida solución, entre las que se encuentran, por ejemplo, las cuestiones de naturaleza civil o comercial incluidas las de responsabilidad extracontractual, causas derivadas de la relación de consumo, cobro de medianería, controversias derivadas de las relaciones de vecindad, cuestiones derivadas del régimen de propiedad horizontal y asuntos laborales hasta el límite cuantitativo de cuarenta y seis jus. Los jueces comunales serán competentes para entender en los asuntos derivados de los contratos agrarios, sin límite cuantitativo. “Ello es así porque la actividad agropecuaria posee características particulares con respecto a los demás sectores de la economía, no sólo porque opera con montos superiores, sino porque los usos y las costumbres locales asumen un rol fundamental al momento de decidir este tipo de controversias”, señala el Ejecutivo.
También se les asigna competencia para recepcionar las presentaciones autorizadas por la ley de violencia familiar y disponer determinadas medidas urgentes al efecto de dar respuesta inmediata a situaciones generadas en el grupo familiar de los residentes dentro de su jurisdicción.
En este esquema, se instituye un procedimiento abreviado, basado en los principios de oralidad, simplicidad, celeridad, economía, inmediatez, que permitirán a la población obtener una protección efectiva de sus derechos sustantivos. La disminución de barreras de distancia, económicas, de tiempos de espera, contribuirán además a cambiar la percepción que se tiene de la justicia.
El mensaje entiende que “el contacto directo con el juez permitirá que éste pueda ejercer una labor educativa e informativa en la población contribuyendo con el tiempo a disminuir la litigiosidad”.




