EDITORIAL

Terrorismo, humanidad y Justicia

El Tribunal Oral Federal de Santa Fe condenó a los seis imputados de delitos cometidos en el marco de la represión ilegal instrumentada por la dictadura militar (1976-1983). Fue el primer juicio realizado en la provincia de Santa Fe contra personal policial, un militar y un funcionario judicial por violación de los derechos humanos en el período de referencia.

Los acusados estaban arrestados desde el 2005 y se los juzgó por apremios ilegales, tormentos y privación ilegítima de la libertad.

Los indicios, pruebas y testimonios colectados en el expediente llevaron a los jueces a la conclusión de que los imputados son responsables de los delitos que se les atribuyen. Las condenas coinciden en términos generales con las que solicitaron la fiscalía y los abogados de los querellantes. En el ámbito tribunalicio, algunos profesionales juzgaron altos los montos de algunas penas habida cuenta del lugar que, en el momento de la comisión de los delitos, ocupaban en la cadena de responsabilidades institucionales y funcionales los ahora condenados.

Las investigaciones sobre aquel oscuro ciclo histórico han arrojado luz respecto de prácticas y procedimientos aberrantes y por lo tanto imprescriptibles. Y si bien los condenados no fueron los ideólogos o planificadores de la represión ilegal, sus acciones formaron parte de una sistemática textura criminal. Así lo entendieron los jueces, que desestimaron el argumento de la defensa basado en que sus defendidos supuestamente ignoraban la existencia de un plan de esas características.

De lo que no cabe duda es que los condenados eran por entonces funcionarios y empleados menores de instituciones vinculadas con un vasto plan de terrorismo estatal. Por razones biológicas -muerte y enfermedades-, los jefes militares y los jueces federales que tuvieron directas implicancias en lo sucedido, no pudieron ser efectivamente condenados.

Por las características del juicio, adquirió importante protagonismo un sector de la sociedad que tiene lazos de sangre o militancia con las víctimas de aquel proceso. Y es probable que este clima de comprensible dolor y reclamo haya permeado también en los jueces. Como sea, queda aún una instancia de revisión ante la Cámara Federal de Apelaciones con sede en la ciudad de Rosario, que tendrá la última palabra.

Entre tanto, es valioso para la sociedad que la Justicia haya actuado sobre un pasado ominoso en el que se traspusieron límites que la humanidad, para llamarse tal, debe defender. El mensaje, muy importante, es que determinados delitos no tienen tiempo de vencimiento. A más de treinta años de aquella ordalía de sangre y muerte, de sustracción de bienes e identidades, queda claro para todos -incluidos los guerrilleros- este precedente disuasivo de las pulsiones de exterminio, cualquiera sea su signo.