Fondos judiciales
Desde la cúpula de la Corte Suprema santafesina y el Ministerio de Justicia de la provincia, volvió a instalarse en los últimos días la cíclica discusión, típica de las vísperas del envío del proyecto de presupuesto a la Legislatura, referida a la asignación de partidas para el Poder Judicial.
De manera recurrente, la Corte indica la estrechez de recursos con que funcionan los tribunales -un 2,5 % del presupuesto provincial- y la casi totalidad de ella queda consumida por la política salarial. La argumentación se vio reforzada, en esta oportunidad, por la circunstancia de la inminente puesta en marcha a pleno del nuevo sistema procesal penal, que requiere de nuevos cargos e importantes inversiones en infraestructura.
Al respecto, y de manera pertinente, el presidente del Alto Tribunal hizo notar que el proceso de transformación no se agota en el dictado de las respectivas leyes, sino que demanda, entre otras cosas, edificios apropiados, nuevos fiscales y defensores, así como avanzar con una policía Judicial y Científica.
La respuesta del Poder Ejecutivo comienza por asumir el fuerte impacto económico de la implementación del juicio oral, pero hace notar que los recursos para la Justicia no están solamente en el presupuesto asignado específicamente a ese poder. Así, lo relativo a la reforma procesal opera en la órbita del Ministerio de Justicia; la construcción de nuevas instalaciones, en Obras Públicas; y la atención de créditos internacionales, como el del Banco Mundial para la informatización, en la cartera de Economía.
En este plano, a ninguna de las partes se le puede negar razonabilidad en los argumentos, como tampoco muestras para exhibir en su respaldo: mediante una eficaz administración de recursos y generación de ahorros, la Corte logró encarar con fondos propios buena parte de las medidas de transformación, a la vez que generó mecanismos de gestión que son tomados como ejemplo en otros distritos. El Ejecutivo, por su parte, y aun en un contexto de dificultades económicas, encaró diversas transformaciones, cobertura de vacantes, creación de nuevos juzgados y nuevos cargos tribunalicios, en un nivel muy superior al de los períodos anteriores.
En este caso, también se trae a colación -y como elemento de discusión- la cuestión de la independencia judicial que, sobre la misma base de razonamiento utilizada por la Corte nacional y la Junta Federal de Cortes, se vincula estrechamente con la administración del presupuesto. El gobierno, por su parte, elige el criterio de especificidad, y preserva las facultades que directamente atañen a la Justicia, pero sigue el modelo constitucional del ‘62 y se reserva la política de inversiones.
En definitiva, se trata de un debate comprensible y fundado, en el marco de una coyuntura institucional histórica. Que no es ni mucho menos reprochable, en tanto no se convierta en una nueva fuente de tirantez con efectos paralizantes, y no obstaculice cambios cuya postergación la sociedad santafesina ha sufrido ya durante demasiado tiempo.




