Declaran a Santa Fe provincia no eutanásica

Contra el sacrificio de animales

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Alicia Gutiérrez

 

Después de tres semanas, Diputados avanzó y aprobó por unanimidad el proyecto. Definen a la esterilización quirúrgica como el método prioritario para el control del crecimiento poblacional de perros y gatos. Ahora es el turno del Senado.

 

Mario Cáffaro

mcaffaro@ellitoral

Después de tenerlo en gateras durante tres semanas y volverlo a comisión, la Cámara de Diputados dio media sanción a un proyecto de ley que declara a la provincia como “no eutanásica” prohibiendo a tal fin en todas las dependencias oficiales de la provincia la práctica del sacrificio de perros y gatos como método de control poblacional, como así también actos que impliquen malos tratos o crueldad.

Alicia Gutiérrez (SI) fue la autora del proyecto que contó con el aval de entidades protectoras de animales y especialmente de la “red de protectoras no eutanásicas de la provincia”. De todas maneras, para llegar a la aprobación unánime de los diputados presentes en el recinto el último jueves, el oficialismo debió aceptar volver a discutir el proyecto en Asuntos Constitucionales hasta lograr un texto que contenga a todos los sectores. A principios de año, un proyecto de los reutemanistas Jorge Lagna y Alberto Monti, autorizando la posibilidad de eliminar perros callejeros, motivó el rechazo y hostigamiento de entidades protectoras de animales que obligaron a los autores a pedir su archivo. Redes de Facebook y pronunciamientos de varios Concejos Municipales sorprendieron a los legisladores que tomaron como eje la preocupación de familiares de personas -especialmente menores- atacados por canes que les provocaron graves lesiones y en algunos casos la muerte.

Gutiérrez había presentado el proyecto en octubre del año pasado y explicó que el objetivo central es “que el Estado santafesino impulse políticas preventivas, éticas y eficaces para alcanzar un verdadero control sanitario en todo el ámbito de la provincia. Para ello es fundamental implementar la metodología de esterilizaciones quirúrgicas masivas, sistemáticas, tempranas y gratuitas en un marco de colaboración con municipalidades, comunas, protectoras y la comunidad”.

La autora saludó la tarea de entidades protectoras que vienen trabajando en distintos puntos de la provincia “intentando y logrando en la mayoría de los casos, extender las prácticas propuestas a muchas localidades de la provincia”.

El proyecto además promueve la implementación de programas educativos y el desarrollo controlado y sanitario de la población animal, en una concepción de respeto por la vida, para armonizar su relación con el hombre.

El articulado

De aprobar el Senado el tema, la provincia tendrá prohibido en todas sus dependencias el sacrificio de perros y gatos pero también actos de malos tratos o crueldad determinados por la Ley nacional 14.346 de protección de animales sancionada en septiembre de 1954 y que prevé prisión de 15 días a un año al que infligiere malos tratos o hiciere víctima de actos de crueldad a los animales.

Dicha norma enumera como actos de maltrato el no alimentar en cantidad y calidad suficiente a los animales domésticos o cautivos, azuzarlos para el trabajo mediante instrumentos que, no siendo de simple estímulo, les provoquen innecesarios castigos o sensaciones dolorosas, hacerlos trabajar en jornadas excesivas, sin proporcionarles descanso adecuado, según las estaciones climáticas, emplearlos en el trabajo cuando no se hallen en estado físico adecuado, estimularlos con drogas sin perseguir fines terapéuticos o emplear animales en el tiro de vehículos que excedan notoriamente sus fuerzas.

En tanto, define como actos de crueldad el practicar la vivisección con fines que no sean científicamente demostrables y en lugares o por personas que no estén debidamente autorizadas para ello; mutilar cualquier parte del cuerpo de un animal, salvo que el acto tenga fines de mejoramiento, marcación o higiene de la respectiva especie animal o se realice por motivos de piedad; intervenir quirúrgicamente animales sin anestesia y sin poseer el título de médico o veterinario, con fines que no sean terapéuticos o de perfeccionamiento técnico operatorio, salvo el caso de urgencia debidamente comprobada; experimentar con animales de grado superior en la escala zoológica más allá de lo indispensable según la naturaleza de la experiencia; abandonar a sus propios medios a los animales utilizados en experimentaciones; causar la muerte de animales grávidos cuando tal estado es patente en el animal y salvo el caso de las industrias legalmente establecidas que se fundan sobre la explotación del nonato; lastimar o arrollar animales intencionalmente, causarles torturas o sufrimientos innecesarios o matarlos por solo espíritu de perversidad así como realizar actos públicos o privados de riñas de animales, corridas de toros, novilladas o parodias, en que se mate, hiera u hostilice animales.

La decisión de Diputados fija como objetivo que los municipios y comunas alcancen el equilibrio de la población de perros y gatos, define como método prioritario para el control del crecimiento a la esterilización quirúrgica; obliga a la vacunación, el tratamiento antiparasitario de perros y gatos y la aplicación de todos los métodos preventivos contra las zooantroponosis.

Por último, deja en manos del Ministerio de Salud la aplicación y coordinación de los alcances de la norma.