La Afip le reclamó $ 1.000.000

Empresario condenado

por evasión tributaria

Estamos satisfechos con la Justicia local”, declararon desde la Afip, luego de que el Tribunal Oral Federal condenó al rafaelino Raúl Alberto Zimmermann, a una pena de dos años y medio en suspenso.

De la Redacción de El Litoral

[email protected]

El Tribunal Oral Federal de Santa Fe condenó al empresario rafaelino Raúl Alberto Zimmermann, a dos años y medio de prisión en suspenso, por el delito de evasión simple de tributos. El juicio, que se sustanció en la sala de los tribunales de San Jerónimo y Primera Junta de la capital provincial, se desarrolló durante el 14 y 15 de abril pasado.

El caso aludido se inició el 16 de junio de 2004, a partir de una denuncia penal por parte de la Administración Federal de Ingresos Públicos (Afip), contra el titular de la firma Codibe SA dedicada a la distribución de cerveza, entre otras bebidas.

El juicio, que estuvo controlado por el tribunal que integran María Vella, Ricardo Moisés Vázquez y José María Escobar Cello, comenzó el jueves con la lectura del requerimiento de elevación a juicio.

El imputado, que declaró por primera vez en la causa y dio cuenta de la situación que lo llevó a realizar las maniobras fraudulentas, se negó a determinar quiénes fueron los verdaderos compradores de las ventas que realizó. Dijo que lo hizo por dificultades económicas, relacionadas con la competencia de otras marcas.

Argumentó que a causa de esa competencia vendía fuera de la zona que le había asignado la firma que concesionaba, y con mejores precios que sus competidores.

Testigos, alegatos y sentencia

Luego, comparecieron como testigos dos contadores públicos de Afip, que fueron ofrecidos por el Ministerio Público Fiscal. Los profesionales, Marcelo Kalbermatten y Emilce Arroyo, quienes actuaron como inspectores de la investigación al momento de los hechos, dieron cuenta ante el tribunal y las partes de los pormenores de las auditorías que realizaron en la firma rafaelina.

También, un empleado de la firma Codibe desmintió que hubiera dificultades económicas en la empresa y que se hubiera vendido a una firma uruguaya, como se pretendió hacer creer.

Llegado el momento de los alegatos, el fiscal general, Martín Suárez Faisal, solicitó que se lo condene a Zimmermann a tres años de prisión.

El abogado defensor por su parte, dijo que “aun en la circunstancia de que los hechos sean ciertos, no hubo delito, el hecho es atípico, y no encuadra en la figura penal de la Ley Penal Tributaria”, por lo que pidió la absolución de su cliente.

Una vez finalizadas ambas exposiciones, el viernes se conoció la parte resolutiva de la sentencia, en la que Zimmermann resultó condenado por el delito de evasión simple de tributos nacionales a la pena de 2 años y 6 meses de prisión, en suspenso. Además, el tribunal impuso para el condenado ciertas “reglas de conducta”, como la de “no ausentarse de su domicilio y someterse a un patronato”. Los fundamentos del decisorio se conocerán el martes 26 de abril a las 18.

Satisfacción y lamento

A propósito de la sentencia condenatoria, Ignacio Rabosto Moleón, responsable de la Sección Penal Tribuntaria de Afip, aseguró que “la condena satisface las pretensiones del organismo y es acorde a los hechos que denunciamos, teniendo en cuenta que para este tipo de delitos la condena prevé un mínimo de 2 años y un máximo de 6”.

El funcionario recordó que “el fiscal había pedido una pena de 3 años, que también era en suspenso, y el tribunal entendió que tenía que ser de dos años y seis meses y nos parece correcto”, ratificó. “Tengamos en cuenta la importancia que tiene que las causas lleguen a juicio, sobre todo después de un proceso largo, que se inició en 2004”, aclaró Rabosto Moleón.

En cuanto a la evasión en sí, el jefe de la Sección Penal Tributaria de Afip reconoció que en este caso “no hubo reparación del daño”, y que por eso tampoco hubo juicio abreviado. “El contribuyente nunca canceló ni siquiera parcialmente esta deuda”, lamentó.

A pesar de ello resaltó la importancia de que se halla alcanzado una sentencia condenatoria. “Valoramos que la finalización sea el juicio, estamos satisfechos con la Justicia local”, cerró.

Voz oficial.

El Dr. Juan José Cappannari, jefe de la División Jurídica de la Afip, explicitó que “el delito de evasión no sólo afecta a la administración pública sino a la sociedad toda que es la que se ve perjudicada, por eso entendemos importante que la Justicia le dé la trascendencia necesaria”.

/// EL DATO

La maniobra

El fiscal general Martín Suárez Faisal explicó durante su alegato en qué consistió la maniobra delictiva que le atribuyó la Afip, recordando que “al cabo de cada mes, específicamente en los últimos días hábiles, la empresa de Zimmermann confeccionaba facturas falsas en las que figuraba todo lo que había vendido a sujetos no identificados, registrándola bajo un número de cliente “creado” por la misma empresa que iba del 9001 a 9026, que eran en todos los casos responsables inscriptos frente al IVA y que por lo tanto, conforme la normativa tributaria vigente, en dichos casos no se debía pagar el impuesto del 10,5% que se evadió”.

También el fiscal general se refirió al imputado diciendo que siempre gozó de una posición económica y social privilegiada, que no se trata de un excluido social que haya tenido carencias formativas o afectivas, por el contrario, que siempre tuvo una vida afortunada, con trabajo, con una familia formada, por su cónyuge, como por sus hijos que también formaron parte del directorio de la empresa.

“La firme posición de la que gozaba le permitía estar perfectamente preparado para acomodar sus conductas a las normas de convivencia y evitar el delito, pero él decidió no hacerlo y es por eso que el reproche debe ser mayor”, argumentó el Ministerio Público Fiscal.

Asimismo computó como agravante que no se trató de un solo período fiscal, sino de cuatro y que, además, la empresa que presidía continuó con la operatoria de facturas falsas y actitudes defraudatorias, conforme lo refirieron los inspectores de la Afip.