Para distribuir cargos legislativos
Proponen cambiar el piso del 3 %
De la redacción de El Litoral
El diputado provincial Alberto Monti presentó un proyecto de ley para modificar el artículo 5º de la Ley Provincial Nº 9.280, que establece los criterios para la distribución de cargos legislativos, y dispone que accederá, por ejemplo a una banca de diputado provincial, quien obtenga como mínimo el tres por ciento del padrón electoral. La propuesta del legislador es que se reemplace esa exigencia por “el tres por ciento de los votos válidos emitidos”.
En los fundamentos, Monti dice que “la provincia asiste en este momento al debate sobre la asignación de una banca para la oposición legislativa, la que según el reciente fallo del Tribunal Electoral le será asignada al dirigente del movimiento obrero Demetrio Álvarez -y no a Carlos Del Frade-, con un pronunciamiento idéntico al que en su momento permitió que Darío Scataglini sea diputado provincial en el período 2007-2011” .
Monti afirma “que la ley de facto 9.280, dictada en vistas de la primera elección de la recuperada democracia, estableció en su artículo 5 que para entrar en el reparto de los cargos colegiados como son los 22 diputados, una lista debía obtener como mínimo una cantidad de votos igual al 3 % de electores inscriptos en el padrón. Idéntico criterio establece el artículo 160 del Código Electoral Nacional (ley 19.945) para diputados nacionales, y que establecía la 22.838 a la que la 9.280 remitió. La metodología constitucional -recordó- ha establecido el requisito del piso para entrar al reparto como un mecanismo de evitar la dispersión partidaria”.
Para el legislador, “de seguir con esta metodología, cuanto más alta sea la base, menos partidos políticos subsistirán, teniendo como consecuencia la falta de representación de un sector de nuestra sociedad santafesina. Por el contrario, cuanto más bajo sea, más partidos tendrán acceso al reparto de bancas, y por ende habrá mayores voces en divergencia en los Cuerpos Colegiados”.
Para Monti, “un piso basado en el padrón electoral total hace que la norma se encuentre frente a un número falso, que son los electores inscriptos. Muchos de ellos no existen al momento del sufragio y otros muchos no pueden participar. Si el padrón tiene un millón de electores y votan 700.000, el partido que quiera entrar al reparto debe obtener por lo menos 30.000 votos. Y si vota poca gente o si los votos se distribuyen entre varios partidos, puede llegar a ocurrir que ninguno o sólo uno, alcance el famoso 3 % del padrón”.
“La mayor justicia -opinó- está en que se distribuyan las bancas computando los cocientes sobre los ciudadanos que efectivamente participaron del proceso electoral (esto refiere al total de ciudadanos que fueron a votar, aunque hayan anulado el voto, o votado en blanco); más justo aun es que se compute sobre los votos validamente emitidos (no contabilizando nulos ni blancos). De este modo, nunca se darán casos en que no se pueda hacer el reparto, o en que un solo partido se quede con todas las gradas”, concluyó.




