Fallo

Condenado por no ceder el paso a quien circulaba por la derecha

DyN

La Justicia de Rosario condenó a un conductor que causó un accidente por no respetar la prioridad de paso ni la velocidad máxima permitida, por lo que deberá pagar más de 100 mil pesos a una mujer y sus dos pequeños hijos, que resultaron heridos en el hecho.

El accidente se produjo el 11 de julio de 2005, cuando el conductor de una camioneta tipo rastrojero que se desplazaba a 60 kilómetros por hora por la calle Blas Parera, al cruzar la esquina de Esquivel, chocó a un automóvil Ford Escort. Este último, tenía la prioridad de paso, ya que circulaba por la vía de la derecha.

Por el impacto, el Escort se salió de la calzada, subió a la vereda y atropelló a la joven mujer que llevaba a su bebé de 10 meses en brazos y a su otro hijo, que entonces tenía tres años, caminando.

El Tribunal de Responsabilidad Extracontractual número 6 de Rosario, integrado por los jueces Horacio Allende Rubino, Juan Carlos Marchese y Carlos Cadierno, ordenó al condenado a pagar a las víctimas 123 mil pesos.

Los jueces advirtieron en su fallo que “la Ley Nacional de Tránsito dispone que todo conductor debe ceder siempre el paso en las encrucijadas al que cruza desde su derecha”. Además, aseguraron que “la prioridad de paso rige independientemente de quién ingrese primero al cruce”.

Además, manifestaron, “el desarrollo de velocidades superiores a las establecidas representa un peligro para la seguridad de las personas. La inobservancia de las normas de tránsito lleva a la actual pandemia que constituyen las innumerables muertes, lesiones y daños que se producen como consecuencia de los accidentes”, observaron los jueces.