Se aprobó por ordenanza a instancias de la concejala Laura Spina
En un click, acceso libre: qué es el boletín electrónico municipal
El municipio de esta capital emitirá ahora en formato digital el Boletín Oficial. Allí constarán todos los actos administrativos -resoluciones, ordenanzas, concursos y licitaciones, etcétera-, y el acceso será libre y gratuito para toda la ciudadanía santafesina.
Gentileza Facsímil del Boletín Oficial Municipal de la ciudad de Santa Fe, el último publicado -quizás- en formato papel, con fecha 8 de junio de 2020.
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El Boletín Oficial Municipal arrastraba una larga anacronía jurídica: fue sancionado y regulado con dos ordenanzas: una de 1980 y otra de 1985. Mucho tiempo pasó, la tecnología cambió y aceleró todo, más aún en tiempos de pandemia. Ahora, el gobierno de la ciudad de Santa Fe emitirá, en un plazo no mayor a 15 días, ese documento en donde constan todos los actos administrativos del Ejecutivo y del Concejo: desde resoluciones y decretos de intendencia hasta ordenanzas sancionadas, concursos, convocatorias y llamados a licitación.
Con este cambio, ahora pasará a llamarse técnicamente Boletín Electrónico Municipal (BEM). Antes, con el boletín en papel, el acceso era limitado y hasta se cobraba para acceder a él; ahora, con su digitalización, cualquier ciudadano santafesino podrá acceder a él, sólo a través de internet y en un click, de forma libre y gratuita. Por eso, “esta herramienta va a garantizar más transparencia sobre cada acto administrativo para la sociedad”, aseguró en diálogo con El Litoral Laura Spina (UCR-FPCyS), quien además es docente universitaria y especialista en derecho informático.
“Lo que hacemos con esta ordenanza es actualizar, aggiornar la normativa en términos jurídicos, pero no sólo eso: se garantiza el acceso público y gratuito para toda la ciudadanía. Además, con la nueva realidad que estamos viviendo con la pandemia, debemos repensar los modos de comunicar los actos de gobierno. Y esto es otra forma para que la gente en general se informe; también los periodistas, las ONGs y las fuerzas vivas, que necesitan estar al tanto de las políticas públicas”, agregó la edila.
Gentileza Prevemos el resguardo de la información, cuidando su seguridad, integridad y permanencia, porque cada boletín electrónico será parte de la conservación del patrimonio histórico-documental del municipio , subrayó Laura Spina.
“Prevemos el resguardo de la información, cuidando su seguridad, integridad y permanencia, porque cada boletín electrónico será parte de la conservación del patrimonio histórico-documental del municipio”, subrayó Laura Spina.Foto: Gentileza
Qué dice la norma
La norma establece que en el BEM deberán figurar las ordenanzas, decretos y resoluciones de alcance general, además de avisos oficiales como licitaciones, concursos, convocatorias, premios, y todo otro acto administrativo cuya publicación se estime conveniente a criterio del Departamento Ejecutivo Municipal o del Concejo. Sustituirá la vieja versión en papel del Boletín Municipal, y su publicación revestirá “carácter oficial y auténtico, produciendo idénticos efectos jurídicos que la edición impresa”.
Además, será de acceso público mediante internet desde la página oficial de la Municipalidad (www.santafeciudad.gov.ar) y del Concejo (www.concejasantafe.gov.ar). Tendrá su propia dirección URL, desde donde podrá acceder cualquier persona por la web. La Secretaría de Gobierno será la autoridad de aplicación. El Departamento de Legislación Municipal continuará con la función de organizar, implementar, redactar y diseñar lo necesario para la edición del BEM.
Cada acto administrativo del boletín digital llevará numeración correlativa, y continuará con la numeración existente. La autoridad fijará la periodicidad de su publicación digital, que no deberá ser mayor a 15 días hábiles. “Las ediciones del BEM deberán resguardarse en los medios físicos o electrónicos que den seguridad, integridad y permanencia para la conservación del patrimonio público documental municipal”, dice la ordenanza. Finalmente, los fondos presupuestarios que se asignaban para el boletín oficial en las ordenanza anteriores (ahora derogadas) se imputarán a la publicación del BEM.
Firma digital y BlockChain
Uno de los problemas que se presenta es la firma que certifique y legitime que la información publicada en el BEM sea legal. En este caso y con la finalidad de dar autenticidad a cada acto administrativo publicado, autoría e integridad a la información publicada, “la Jefa o Jefe del Departamento de Legislación Municipal firmará con firma digital la última versión digital en forma previa a su publicación”.
Pero la otra novedad es que se autoriza al Ejecutivo municipal a que certifique cada edición digital de los BEM por BlockChain, a los fines de que usuarios puedan verificar la autenticidad y obtener prueba de existencia de la edición electrónica. ¿Qué es esto? “Es un sistema de encriptación. En materia jurídica se está usando muchísimo (BlockChain) como un sistema para la certificación documental”, explicó Spina. Este sistema garantiza seguridad jurídica y legislativa, y da garantía de integridad de la información.
Blockchain es el nombre de una base de datos que funciona como un libro para el registro de transacciones. En la Argentina existe la Blockchain Federal Argentina (BFA) la cual es accesible para todas las municipalidades. “El mecanismo (a aplicar en el BEM local) sería similar al adoptado por el Boletín Oficial de la Nación, para que sus usuarios puedan verificar la autenticidad y obtener prueba de existencia de la edición electrónica”, explica en sus fundamentos la norma.
“Prevemos el resguardo de la información, cuidando su seguridad e integridad, y permanencia, porque cada BEM será parte de la conservación del patrimonio documental y municipal”, subrayó la edila. Esto es una forma primero de ordenar y actualizar la legislación, y segundo, asegurar el acceso libre y gratuito por parte de toda la ciudadanía a cada acto administrativo y a los actos públicos de gobierno. Es un paso más hacia la transparencia y hacia el conocimiento de las normas por parte de la gente”, concluyó.
Anacrónicas
El Boletín Oficial Municipal de Santa Fe fue normado inicialmente por ordenanza N° 7.887 de fecha 3 de septiembre de 1980 (que derogó una norma anterior, la Nº 7.160 de 1976 y sus modificatorias. Luego se le dio mayor formalidad con la Ordenanza Nº 8.785, sancionada el 25 de septiembre de 1985, y promulgada un mes después. Ambas normas quedaron ahora derogadas.