Las niñeras que trabajan por hora dentro del régimen de personal doméstico mantendrán las mismas tarifas mínimas establecidas en febrero, sin actualizaciones oficiales.
Con la llegada de las vacaciones de invierno, muchas familias deben reorganizarse para cuidar a los más chicos
Con la llegada de las vacaciones de invierno, muchas familias deben reorganizarse para cuidar a los más chicos. Para quienes no pueden contar con redes de apoyo o licencias laborales, la contratación de una niñera por hora se vuelve una alternativa clave. En este contexto, surge una pregunta fundamental: ¿cuánto se le debe pagar a una niñera en julio de 2025?
La respuesta no trae grandes sorpresas: según lo establecido por la última resolución de la Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares (Resolución 1/2025), publicada en febrero, las tarifas mínimas para esta categoría no se actualizaron en los meses siguientes y continúan vigentes.
La contratación de una niñera por hora se vuelve una alternativa clave
Cuánto se paga por hora
Las trabajadoras de casas particulares dedicadas exclusivamente al cuidado de niños y niñas están encuadradas dentro de la “Categoría 3 – Asistencia y cuidado de personas”. Este grupo incluye tanto a niñeras como a cuidadores de personas mayores o con discapacidad, siempre que la actividad no requiera formación profesional específica.
Los valores establecidos en la normativa son los siguientes:
Niñera con retiro: $3.089 por hora.
Niñera sin retiro: $3.454 por hora.
Estas cifras corresponden al salario mínimo por hora en bruto, lo que significa que aún no se aplicaron los descuentos obligatorios (jubilación y obra social, entre otros) ni se agregaron adicionales como antigüedad o zona desfavorable. A su vez, pueden existir diferencias si se pactan salarios por encima del mínimo legal.
En el caso de niñeras que trabajan de forma mensualizada, es decir, más de 24 horas semanales, las tarifas vigentes son:
Con retiro: $390.567 por mes.
Sin retiro: $435.246 por mes.
Registración en AFIP como empleador de casas particulares.
Qué tener en cuenta al contratar personal por hora
Es importante remarcar que los valores mencionados son orientativos y representan el piso salarial obligatorio. Sin embargo, el monto final puede variar según la experiencia de la trabajadora, su formación, las tareas asignadas, la cantidad de niños a cuidar y la cantidad de horas semanales acordadas.
Además, el empleador debe cumplir con una serie de obligaciones legales al contratar personal doméstico, incluso si se trata de pocas horas semanales. Algunas de ellas son:
Registración en AFIP como empleador de casas particulares.
Pago de aportes y contribuciones según la categoría y la cantidad de horas trabajadas.
Seguro de riesgo de trabajo (ART).
Licencias y antigüedad, en caso de relaciones laborales de mayor duración.
Otro punto clave es que las niñeras y cuidadoras tienen derecho al cobro de un adicional por antigüedad equivalente al 1% por cada año trabajado en el mismo puesto, así como también a un pago extra en ciertas zonas geográficas donde rige el concepto de “zona desfavorable”.
Tarifas para otras categorías del personal doméstico
El régimen de casas particulares contempla cinco categorías diferentes, cada una con valores específicos. Además de las niñeras y cuidadoras (Categoría 3), se incluyen:
Tareas generales: como limpieza, cocina y lavado.
Caseros: personal que vive en el domicilio donde trabaja.
Asistencia especializada: como enfermeras.
Supervisores: quienes coordinan tareas del resto del personal.
Por ejemplo, para tareas generales, el valor por hora con retiro es de $2.932 y sin retiro de $3.162. En tanto, un supervisor sin retiro percibe $3.783 por hora. Estos valores también se mantienen sin cambios desde febrero.
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