Empleados de comercio: cuánto cobrarán en agosto y qué se sabe del nuevo acuerdo
El esquema anterior venció sin aval oficial. Mientras crece la incertidumbre, sindicato y cámaras avanzan con un principio de entendimiento para lo que resta del año.
Las sumas no remunerativas se sumarían al básico recién en enero de 2026. Foto: Guillermo Di Salvatore
El acuerdo paritario de los empleados de comercio correspondiente al trimestre abril-junio de 2025 se agotó sin ser homologado por la Secretaría de Trabajo de la Nación. Y mientras crecen las dudas sobre los sueldos a partir de agosto, ya se habla de un nuevo esquema para lo que resta del año.
La paritaria anterior había establecido aumentos del 5,4% distribuidos en tres tramos: 1,9% en abril, 1,8% en mayo y 1,7% en junio. Además, contemplaba sumas no remunerativas que debían incorporarse al básico desde julio. Sin embargo, el acuerdo nunca recibió la validación del Ejecutivo, que convocó nuevamente a las partes por considerar que el entendimiento excedía la pauta inflacionaria oficial.
Ante esa situación, muchas empresas decidieron no abonar las sumas comprometidas. Desde el gremio salieron a repudiar estas posturas, recordando que el acta contemplaba una cláusula que garantizaba el pago de los aumentos aún sin homologación.
FAECyS y las cámaras cerraron un nuevo principio de acuerdo para julio-diciembre.
¿Hay aumento en agosto?
Según pudo saber El Litoral, representantes de FAECyS y las cámaras empresarias avanzaron en un principio de acuerdo para el segundo semestre. El entendimiento abarcaría el período julio-diciembre e incluiría aumentos escalonados del 6% en total, bajo la siguiente distribución:
1% en julio
1% en agosto
1% en septiembre
1% en octubre
1% en noviembre
1% en diciembre
Se trataría de montos remunerativos y no acumulativos, que se calcularán sobre las escalas de junio 2025. A esto se sumarían sumas fijas no remunerativas, con la siguiente estructura:
$35.000 por el mes de abril
$40.000 mensuales de mayo a diciembre
La suma correspondiente a diciembre se incorporaría a los básicos a partir de enero de 2026, mientras que las restantes perderían vigencia tras ser abonadas.
Además, todas estas cifras serían consideradas a la hora de liquidar aguinaldo, horas extra, vacaciones e indemnizaciones. La posibilidad de que el acuerdo vuelva a no ser homologado también fue contemplada: la nueva acta incluiría una cláusula similar a la anterior, que obliga a los empleadores a pagar aunque no haya aval oficial.
El acuerdo de Comercio 2025 aún no fue homologado por la Secretaría de Trabajo. Foto: Guillermo Di Salvatore
¿Y los que no pagaron los aumentos anteriores?
Uno de los interrogantes centrales que persisten tiene que ver con qué base tomarán las empresas que no reconocieron los aumentos de abril-junio, para liquidar los nuevos valores.
La respuesta no es clara. Si bien el acuerdo incluiría cláusulas compensatorias, no está claro cómo se resolverán los casos de conflicto ni cómo intervendrá la Secretaría de Trabajo en caso de objeciones.
Próximos pasos
La expectativa está puesta en los próximos días, cuando podría oficializarse el nuevo entendimiento. En principio, las partes no volverían a reunirse hasta noviembre, momento en el que se revisará el escenario inflacionario para definir eventuales recomposiciones de cara a fin de año.
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