El Ministerio de Desarrollo Territorial y Hábitat anunció que este lunes a las 10 cerrará la inscripción para acceder a 635 viviendas de 37 Desarrollos Urbanísticos Procrear II, que se encuentran ubicados en 17 provincias del país.
El programa otorga un crédito hipotecario para la compra de viviendas nuevas. Tiene el objetivo de garantizar el acceso a la vivienda de manera federal, el desarrollo de las economías locales y el crecimiento de la industria de la construcción.
Se sortearán 635 viviendas de 37 Desarrollos Urbanísticos, ubicados en 17 provincias de Argentina. Sin embargo, la fecha del sorteo aún no está confirmada.
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Los requisitos de 2023 para el plan Procrear, en su línea de Desarrollos Urbanísticos, son:
- No haber resultado beneficiado con planes de vivienda en los últimos diez años.
- No tener, tanto el/la titular, como el/la cotitular, bienes inmuebles registrados a su nombre, ni como propietarios ni como co-propietarios, al momento de iniciar el proceso de inscripción.
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- Contar con el Documento Nacional de Identidad vigente de todos los integrantes de la solicitud al momento de iniciar el trámite.
- Ser argentinos o extranjeros con residencia permanente en el país.
- Tener entre 18 y 64 años al momento de completar la inscripción.
- Acreditar el estado civil declarado en el formulario de inscripción, excepto el estado civil soltero.
- Presentar Certificado de Discapacidad en caso de corresponder.
- Demostrar ingresos netos mensuales del grupo familiar conviviente –tanto el/la solicitante como su cónyuge o pareja conviviente– entre 1 y 10 Salarios Mínimos, Vitales y Móviles (SMVM). Los ingresos mínimos necesarios para acceder a una determinada vivienda podrán variar según el predio y la tipología seleccionada. De acuerdo a la información declarada en el formulario, se indicará si existen o no tipologías disponibles.
- Demostrar, como mínimo, 12 meses de continuidad laboral registrada.
- No registrar antecedentes negativos en el Sistema Financiero durante los últimos nueve meses por falta de pago de obligaciones de todo tipo; no encontrarse inhabilitados por el BCRA o por Orden Judicial; no registrar juicios según informe de antecedentes comerciales en los últimos cinco (5) años; no registrar embargos; y no registrar peticiones o declaraciones de concurso o quiebra.
- El titular y el cotitular deberán encontrarse unidos por matrimonio, unión convivencial o unión de hecho.
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Las viviendas estarán en predios con vías de acceso, en cercanía a centros educativos, recreativos y de salud, así como una completa infraestructura de servicios públicos y espacios verdes:
- Bahía Blanca (Provincia de Buenos Aires).
- Carmen de Patagones (Provincia de Buenos Aires).
- Ciudad Evita (Provincia de Buenos Aires).
- Haedo, Ituzaingó (Provincia de Buenos Aires).
- Lincoln (Provincia de Buenos Aires).
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- Merlo (Provincia de Buenos Aires).
- Morón (Provincia de Buenos Aires).
- San Antonio de Areco (Provincia de Buenos Aires).
- San Martín (Provincia de Buenos Aires).
- San Miguel (Provincia de Buenos Aires).
- San Nicolás (Provincia de Buenos Aires).
- Estación Buenos Aires y Estación Sáenz (Ciudad de Buenos Aires).
- Barrio Liceo, Cavanagh y San Francisco (Córdoba).
- Maipú, Malargüe, Mendoza y San Rafael (Mendoza).
- Río Gallegos (Santa Cruz).
- Estación Cambios, Rafaela, y Súnchales (Santa Fe).
- Santiago del Estero y La Banda (Santiago del Estero).
- Río Grande (Tierra del Fuego).