La Corte Suprema de Chile (CSCH), presidida actualmente por Guillermo Silva Gundelach, acogió un recurso de protección presentado contra la prestadora de salud privada Colmena Golden Cross, que había tipificado como “enfermedad preexistente” a la transexualidad de una persona trans que buscaba afiliarse, con el claro objetivo bajarle hasta un 75% la cobertura. “Estamos en presencia de un enorme triunfo judicial para garantizar el acceso igualitario a la salud privada de las personas trans”, señaló la abogada del Movimiento de Integración y Liberación Homosexual (Movilh), Mónica Arias, quien representó a BA., iniciales de la persona trans beneficiada con esta decisión del máximo organismo judicial chileno.
“Sin lugar a dudas, ahora ninguna empresa, dentro de las avaladas por el Instituto de Salud Previsional, podrá seguir discriminando por la identidad de género, gracias a la valentía de BA, quien lejos de guardar silencio frente al atropello acudió a nosotros para la presentación del recurso”, agregó la representante del Movilh. El fallo, de carácter unánime, calificó de grave la actuación de la firma Colmena Golden Cross, que además de buscar reducir la cobertura del afectado vulneró el principio de no patologización contemplado en la Ley de Identidad de Género.
En su sentencia, tal cual lo informó el portal de noticias chileno El Universal, la CSCH también consideró que la persona trans “no padece ningún tipo de alteración en los mecanismos que funcionan para mantener vivo y en funcionamiento el cuerpo humano”. En consecuencia, añade la resolución adoptada, “resulta improcedente e infundada la decisión de la empresa recurrida, en orden a no otorgar directamente la afiliación solicitada, condicionándola a restricciones que de acuerdo a la normativa vigente, son únicamente aplicables a aquellos contratos celebrados con personas aquejadas por enfermedades debida y anteriormente diagnosticadas”.
“La situación de una persona transgénero, así, no es la de un paciente que sufre una enfermedad sino la de una persona que manifiesta una identidad distinta a su sexo biológico”, indicó el fallo. Por último, la CSCH obligó a la empresa a “incorporar al recurrente como afiliado, sin considerar, a efectos contractuales, su identidad de género como pre-existencia de salud”. “Dimos una larga y agotadora lucha contra un gigante, debiendo soportar en sus intervenciones distintos discursos que denigraban en razón de la identidad de género... finalmente, se impuso la justicia”, dijo Oscar Rementería, vocero del Movilh, que calificó como histórica a la sentencia.