El inicio de 2026 llegará con ajustes parciales en los impuestos a los combustibles líquidos y al dióxido de carbono, luego de que el Gobierno nacional resolviera diferir nuevamente una parte de las actualizaciones previstas por ley.

El Gobierno nacional dispuso una nueva postergación parcial de los aumentos impositivos sobre naftas y gasoil. La medida busca evitar un impacto inmediato en los precios durante el inicio de 2026 y sostener la actividad económica.

El inicio de 2026 llegará con ajustes parciales en los impuestos a los combustibles líquidos y al dióxido de carbono, luego de que el Gobierno nacional resolviera diferir nuevamente una parte de las actualizaciones previstas por ley.
La decisión quedó formalizada a través del Decreto 929/2025, publicado en el Boletín Oficial, y se inscribe en una política de postergaciones sucesivas que se viene aplicando desde hace varios años para morigerar el impacto de los tributos sobre el precio final de la nafta y el gasoil.
La norma modifica el Decreto 617/2025 y establece incrementos acotados para enero de 2026, al tiempo que traslada el resto de los aumentos pendientes al mes de febrero.
De esta manera, el Ejecutivo busca evitar un salto brusco en los valores de los combustibles en un contexto de desaceleración inflacionaria y con la actividad económica aún en proceso de recuperación.

Los impuestos alcanzados por la medida son el Impuesto sobre los Combustibles Líquidos (ICL) y el Impuesto al Dióxido de Carbono (IDC), ambos regulados por la Ley 23.966.
Estos gravámenes se calculan a partir de montos fijos en pesos por unidad de medida y, según la normativa vigente, deben actualizarse de manera trimestral en función de la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC) que publica el Indec.
Sin embargo, desde 2018 a la fecha, los sucesivos gobiernos han optado por diferir o aplicar parcialmente esas actualizaciones. El argumento central ha sido evitar que los aumentos impositivos se trasladen de manera directa al surtidor y presionen sobre la inflación general, el transporte y los costos logísticos.
En este caso, el Decreto 929/2025 reconoce que todavía quedaban incrementos pendientes correspondientes al año calendario 2024 y a los tres primeros trimestres de 2025. Frente a ese escenario, el Ejecutivo resolvió aplicar solo una parte de esas subas durante enero y postergar el resto para febrero de 2026.
Según se explica en los considerandos de la norma, la decisión apunta a “continuar estimulando el crecimiento de la economía a través de un sendero fiscal sostenible”, una de las consignas centrales de la actual política económica.

Para los hechos imponibles que se perfeccionen entre el 1° y el 31 de enero de 2026, el decreto fija incrementos específicos en los impuestos que gravan a los principales combustibles.
En el caso de la nafta sin plomo —tanto la de hasta 92 RON como la de mayor octanaje— y la nafta virgen, el aumento del Impuesto sobre los Combustibles Líquidos será de 17,291 pesos por litro, mientras que el Impuesto al Dióxido de Carbono se incrementará en 1,059 pesos por litro.
Para el gasoil, el esquema es diferencial. El ICL tendrá un aumento general de 14,390 pesos por litro, al que se suma un incremento de 7,792 pesos en el tratamiento diferencial previsto para determinadas regiones del país. Además, el Impuesto al Dióxido de Carbono se ajustará en 1,640 pesos por litro.
Cabe recordar que el tratamiento diferencial para el gasoil alcanza a las provincias patagónicas, al Partido de Patagones en Buenos Aires y al Departamento de Malargüe en Mendoza, una política que busca compensar los mayores costos logísticos y climáticos de esas zonas.
Si bien estos incrementos no se trasladan automáticamente al precio final en los surtidores, sí forman parte de la estructura de costos que consideran las petroleras al momento de definir ajustes.

Otro punto clave del decreto es la modificación de la fecha a partir de la cual comenzarán a regir los incrementos restantes que todavía no fueron aplicados.
En ese sentido, el artículo 2° de la norma reemplaza el 1° de enero de 2026 por el 1° de febrero de 2026 como fecha de entrada en vigencia del resto de las actualizaciones impositivas.
Esto implica que durante enero solo se aplicarán los aumentos parciales detallados en la tabla oficial, mientras que el remanente de los ajustes acumulados se activará recién a partir de febrero, salvo que el Gobierno vuelva a disponer una nueva postergación.