La etarra Inés del Río en el centro, rodeada por su abogada y familiares, deja la prisión coruñesa de Teixeiro, después de que la Audiencia Nacional decidió su excarcelación, en cumplimiento de la sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos. Foto: EFE
Inés del Río Prado está en la cárcel desde 1986 imputada por la comisión de más de veinte asesinatos, todos probados y admitidos, por los que en su momento fue condenada a 3.826 años de cárcel, una desmesura de un código penal anacrónico que aplicaba penas con criterios jurídicos y morales de los tiempos del Cid Campeador y los Infantes del Carrión.
Una corrección a ese anacronismo fue establecer que los presos, con independencia de la extensión de la condena, no superaran los treinta años de cárcel, una decisión aparentemente justa y humana, pero que no daba cuenta de las modalidades actuales del terrorismo y, sobre todo, de lo que correspondía hacer con imputados que cometieron más de un crimen. Al respecto, no se consideraba justo que por la comisión de, por ejemplo, veintitrés muertes, como es el caso de Inés del Río, la pena se redujera a un solo crimen, por lo que se arribaba a la situación algo absurda de que cumpliría un promedio de un año de cárcel por cada crimen cometido.
La respuesta a este dilema lo dio la Justicia en el fallo del 28 de febrero de 2006, cuando se consideró que el militante de la ETA, Henri Parot, debía cumplir las penas en forma sucesiva, empezando por la más grave hasta el efectivo cumplimiento de todas. Parot fue en su momento un prominente dirigente de la ETA -el cabecilla del llamado “Comando Argala”- considerado en su momento como “el etarra más sanguinario”, acusado por la comisión de ochenta y dos asesinatos y condenado a cuatro mil años de cárcel.
Pues bien, en estos días el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH), con sede en Estrasburgo, consideró que esta resolución no puede tener aplicación retroactiva, motivo por el cual ordenó a la Justicia española que libere a Inés del Río, cuya condena se cumplió en julio de 2008, motivo por el cual, además de dejarla en libertad, el Estado deberá indemnizarla con 30.000 euros por el daño moral infligido.
La resolución de tribunal de Estrasburgo provocó el previsible escándalo en España, empezando por la crítica furibunda de los familiares de las víctimas del terrorismo etarra, en contrapunto con el consabido regocijo de los militantes vascos, quienes si bien desde hace dos años no realizan acciones armadas, no han pedido disculpas a las víctimas y se han negado a disolverse como agrupación política-militar, un dato que merece tenerse en cuenta cuando la Justicia disponga que cincuenta y cinco cuadros de la ETA recuperan la libertad.
Cuando esto ocurra, ¿seguirá la organización terrorista vasca respetando el acuerdo de paz o, por el contrario, considerará que con el flamante aporte de dirigentes de primera línea podrá reiniciar la guerra contra España? Una buena pregunta a hacerse, sobre todo si se tiene en cuenta que la decisión de cese del fuego no provino de las convicciones pacifistas, sino de las necesidades y, sobre todo, de la derrota militar con su secuela de muertes y detenciones.
Los principales opositores al fallo del Tedh sostienen que el tribunal derogó la llamada “doctrina Parot”, un enunciado que no se compadece con la realidad porque los jueces de Estrasburgo lo que han defendido es el principio -aceptado por todas las legislaciones modernas- de irretroactividad de la ley, en este caso concreto expresado en la condena a través de un instrumento legal sancionado en 2006 a personas cuyos delitos fueron cometidos con anterioridad.
Los argumentos del Tedh deben haber sido concluyentes, porque la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional de España, integrada por diecisiete jueces, procedió por abrumadora mayoría a dar lugar a este pedido, por lo que es muy probable que Inés del Río recupere su libertad en los próximos días, un punto de partida que -como ya lo dije- dará lugar a decisiones judiciales que beneficiarán a cincuenta y cinco presos etarras condenados por delitos criminales cometidos antes de 2006.
La polémica jurídica está abierta entre quienes sostienen que no queda otra alternativa que acatar el fallo, y los que aseguran que no es pertinente y justo, por lo que -como lo consideran algunos constitucionalistas- obliga a acatarlo pero no necesariamente darle ejecución, es decir, retomando el viejo principio castellano: se acata pero no se cumple. Por su parte, el representante legal de los familiares ha sostenido que no corresponde otorgarle la libertad a reos que en ningún momento han manifestado arrepentimiento por sus actos y, mucho menos, mostraron intenciones de colaborar con la fuerza pública para poner punto final al terrorismo.
Según este punto de vista, la libertad a estos condenados a cadena perpetua correspondería cuando hayan demostrado estar en condiciones de integrarse a la sociedad, exigencias que ninguno de los posibles beneficiarios ha cumplido.
El carácter jurídico de la contienda no oculta la dimensión política de lo sucedido, una polémica que nunca perdió vigencia y que, por el contrario, se acentuó en estos días. Al repudio promovido por los familiares de las víctimas de la ETA se suma en este caso la crítica de los principales dirigentes de los dos grandes partidos políticos de España, quienes en diferentes registros se solidarizaron con los familiares, aunque admiten en voz baja que no queda otra alternativa que cumplir con el fallo del tribunal de Estrasburgo.
Lo que llama la atención es cómo un país con una respetable tradición jurídica no fue capaz de prever situaciones como las que ahora se precipitan y lo desbordan. Como se recordará, la ETA inició su accionar terrorista en defensa de la independencia de las provincias vascas en 1969, es decir cuando la dictadura franquista gozaba de buena salud y Franco no necesitaba de dispositivos legales especiales para combatir el terrorismo, mientras que la oposición política consideraba en aquellos años que la ETA era una aliada objetiva en lucha contra la dictadura.
Iniciada la transición a la democracia, las vacilaciones del arco político con el terrorismo vasco se mantuvieron, reforzadas en este caso por la tácita protección que el muy aburguesado nacionalismo vasco ejercía sobre los jóvenes etarras, considerados como militantes metodológicamente equivocados pero motivados por muy buenas intenciones.
Fue necesario que la ETA extendiera sus operativos criminales contra conservadores, izquierdistas e incluso nacionalistas vascos, para que el cuerpo político en su conjunto decidiera enfrentarlo, un proceso que, así y todo, no se confirmó de la mañana a la noche porque, en particular en la izquierda, seguía gravitando el prejuicio de que se trataba de “compañeros equivocados” y “jóvenes idealistas”.
La lucha del Estado y la sociedad contra la ETA nunca fue lineal y si bien la organización terrorista jamás estuvo en condiciones de tomar el poder o cumplir con sus objetivos separatistas, los políticos socialistas y conservadores se distinguieron por sus vacilaciones o sus desbordes legales. Fue así como a las propuestas destinadas a establecer una suerte de diálogo que -dicho sea de paso- nunca funcionó, se sumaban acto seguido decisiones de reprimirlos a través de procedimientos ilegales, como fue el caso de los llamados GAL, comandos avalados y financiados por el gobierno para combatir en España o en Francia a los militantes de la ETA sin atarse a las exigencias y “trabas” de la ley. Felipe González en su momento pagó un alto precio por esta decisión que él siempre negó, aunque las pruebas en su contra fueron concluyentes.
Por otra parte, como la posibilidad de arribar a algún entendimiento con la ETA nunca fue del todo descartada, sobre todo por los funcionarios del PSOE, nunca se pensó en serio de disponer de dispositivos legales modernos, motivo por el cual cuando precipitados por los hechos decidieron intervenir, se recurrió a la llamada doctrina Perot, algo que en su momento les permitió a las autoridades salir del paso, pero ahora se están pagando las consecuencias de aquella imprevisión, porque en materia de Derecho las improvisaciones y los parches tarde o temprano se pagan.
La resolución de tribunal de Estrasburgo provocó el previsible escándalo en España, empezando por la crítica furibunda de los familiares de las víctimas del terrorismo etarra.
Fue necesario que la ETA extendiera sus operativos criminales contra conservadores, izquierdistas e incluso nacionalistas vascos, para que el cuerpo político en su conjunto decidiera enfrentarlo.