Por Lic. Prof. Nanci Noemí Alario


Por Lic. Prof. Nanci Noemí Alario
La preparación del inicio escolar amerita un trabajo reflexivo sobre los núcleos problemáticos que se destacan en el campo de la educación primaria. Entre ellos el que compone el trayecto de alfabetización que ofrece la educación formal desde nivel inicial hasta los estudios superiores: lectura, comprensión analítica y semántica del funcionamiento del sistema de la lengua de circulación social para cada grupo según sus requerimientos y la escritura de al menos una lengua escrita alfabética según la diversidad lingüística de la que estemos hablando. Dichos aprendizajes tienen suma relevancia al momento de observar, analizar y promover el tránsito de los estudiantes de un año y nivel a otro.
Compartimos este texto para su lectura y debate sobre la incidencia que tienen las políticas educativas en las prácticas institucionales de enseñanza y de los procesos de aprendizaje a los que hacemos referencia que tan preocupados nos tienen hace años.
A mediados y fines de los años noventa y con mayor énfasis en los últimos veinticinco quedaron visibilizados estos problemas con mayor contundencia. Razón por la cual es necesario hacer una breve recorrido por las políticas educativas cuyos consensos y disensos produjeron instrumentos reglamentarios por las autoridades nacionales y provinciales mediante el Consejo Federal de Educación (CFE) (1).

Las resoluciones emanadas del CFE llegan a las jurisdicciones y desde aquí cada provincia, con su respectivo grado de autonomía, decide el modo de implementación total o parcial con la posibilidad de generar marcos normativos propios referenciados en las resoluciones nacionales. Es así como se emiten decretos, resoluciones y circulares que van dando contenido, forma y fluidez al sistema educativo siendo todos insumos para el trabajo institucional.
Dentro de los componentes del marco normativo hay uno central: la currícula escolar para cada nivel y modalidad. Nuestras escuelas por un largo tiempo quedaron afianzadas en los Contenidos Básicos Comunes (CBC), elaborados en el contexto de la Ley Federal de Educación Nº 24195 que regulaba el derecho de enseñar y aprender en todo el territorio nacional (2). En nuestra provincia dio origen al Diseño Curricular Jurisdiccional de 1997 (DCJ). Siendo derogada en el 2006 por la sanción de la Ley de Educación Nacional N° 26206 (3).
No obstante, el DCJ se siguió utilizando porque tenía ya un nivel importante de afianzamiento en las escuelas primarias y en los institutos de formación docente dada la especificidad que presentaba en su estructura superficial con la delimitación de contenidos actitudinales, conceptuales y procedimentales.
Si bien luego llegaron los Núcleos de Aprendizajes Prioritarios, que fueron aprobados por el CFE y las autoridades de las provincias, en etapas sucesivas entre 2004 y 2012, con el complemento de las series didácticas "Cuadernos para el Aula". Pasaron muchos años para que los mismos aportaran tímidos insumos a la enseñanza. Hubiese resultado importante a partir de la delimitación de los núcleos por ciclo y año de escolaridad la producción de un documento en clave jurisdiccional.

En el tema que nos convoca por esos años y posterior a la sanción de la Ley de Educación Nacional; la innovación en nuestra provincia pasó por la lógica de los múltiples lenguajes y los usos metafóricos de la alfabetización (4) sin atender el carácter prescriptivo que tenían los núcleos de aprendizaje prioritarios.
Otra iniciativa curricular, ya de carácter jurisdiccional, fueron los Núcleos Interdisciplinarios de Aprendizaje (2016) que proponen el desarrollo curricular institucional a partir de problemáticas del contexto escolar entendidas como acontecimientos. Lamentablemente fue un material que no llegó a instalarse en las aulas.
Durante el año 2023 los docentes vinculados a la formación docente y educación primaria tuvimos acceso a una nueva producción curricular jurisdiccional presentada como documento preliminar. Desde la presentación de los borradores esto ha significado un avance importante para el campo educativo. Producción que comenzó a proyectarse en 2020, pandemia mediante, después de diecisiete años sin currícula propia.
Es para analizar en profundidad y poner en diálogo las producciones que hay hasta el momento referenciándolas en un debate serio junto a la docencia toda sobre las responsabilidades de los gobiernos de turno en quienes el pueblo santafesino decide poner su voto de confianza.

Las finalidades y contenidos de un proyecto de sociedad se tienen que poder articular en el documento curricular. La currícula oficial es la convergencia de lineamientos nacionales y jurisdiccionales que tienden a expresar un proyecto socio cultural ambicioso; científico técnico; ambiental que exprese el proyecto de país al que se aspira para un tiempo determinado.
Un proyecto de país implica el reconocimiento de un proyecto regional, jurisdiccional, local que haga visible y posible un modo de ; implica un modelo productivo con todos sus rubros y derivaciones que hagan la vida sustentable para sus habitantes. El documento curricular es un proyecto de presente y futuro para la educación de las generaciones venideras que puede, con intervenciones de calidad, constituirse en un proyecto educativo real, necesario, confiable y ambicioso con todas y todos incluidos.
Nuestra aspiración como educadores es que cada etapa de aprendizaje sea propositiva desde el nivel inicial en adelante para que nuestros niños y niñas , adolescentes , jóvenes y adultos puedan incluirse en verdaderos procesos de transformación que vienen de la mano del conocimiento científico, cultural, ancestral y espiritual.

Nuestro compromiso social tiene que ser puesto en el trabajo para habilitar un país que nos aloje a todos; dónde jóvenes egresados de los estudios superiores terciarios y universitarios no tengan necesidad de emigrar. Es un sueño, un deseo compartido y un horizonte que tenemos que poder organizar como sociedad adulta y política que somos.
(1) Órgano colegiado del que forman parte todos los ministros de educación del país y el mismo es presidido en persona por el Ministro de Educación de la Nación.
(2) Sancionada el 14 de abril de 1993, durante la primera presidencia de Carlos Menem.
(3) La Ley de Educación Nacional N° 26206, que se encuentra vigente, fue aprobada por el Congreso de la Nación el 14 de diciembre de 2006, durante la presidencia de Néstor Kirchner.
(4) En cuanto a los usos metafóricos de la alfabetización, Cuadernos para el Aula de Lengua hace una advertencia sobre estas interpretaciones que borran los contenidos específicos del área.
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