El gobierno nacional autorizó la transferencia y venta de acciones de las empresas hidroeléctricas Alicurá, Chocón, Cerros Colorados y Piedra del Águila, actualmente bajo la titularidad de Energía Argentina S.A.
Autorizan nuevamente la venta de acciones de cuatro empresas hidroeléctricas argentinas
Se trata de Alicurá, Chocón, Cerros Colorados y Piedra del Águila, actualmente bajo la titularidad de Energía Argentina S.A.

Fue mediante el Decreto 590/2025 publicado este lunes en el Boletín Oficial de Nación, el cual cuenta con la firma del presidente de la Nación, Javier Milei; el ministro de Economía, Luis Caputo; y el jefe de Gabinete de Ministros, Guillermo Francos.

La Secretaría de Energía del Ministerio de Economía será responsable de llevar a cabo un Concurso Público Nacional e Internacional para la venta de estas acciones.
“Dispónese que las actuales Concesionarias ORAZUL ENERGY CERROS COLORADOS SOCIEDAD ANÓNIMA (concesionaria del Complejo Hidroeléctrico Cerros Colorados), ENEL GENERACIÓN EL CHOCÓN SOCIEDAD ANÓNIMA (concesionaria del Complejo Hidroeléctrico El Chocón-Arroyito), AES ARGENTINA GENERACIÓN SOCIEDAD ANÓNIMA (concesionaria del Complejo Hidroeléctrico Alicurá) y CENTRAL PUERTO SOCIEDAD ANÓNIMA (concesionaria del Complejo Hidroeléctrico Piedra del Águila) continuarán operando los Complejos Hidroeléctricos que les fueron oportunamente otorgados en concesión, en tanto remitan, dentro de los CINCO (5) días corridos de la entrada en vigencia del presente decreto”, detalla el documento.

“En caso de no producirse la adhesión referida en el artículo 2° las concesionarias mencionadas estarán obligadas a continuar generando energía eléctrica por un plazo no inferior a NOVENTA (90) días hábiles, con el fin de que el ESTADO NACIONAL adopte los recaudos necesarios para la continuidad de la actividad”, agrega el texto oficial.

El pasado viernes 8 de agosto ya se había autorizado por Boletín Oficial la venta de las acciones y nuevas concesiones de las empresas hidroeléctricas Alicurá, El Chocón-Arroyito, Cerros Colorados y Piedra del Águila.
Según el texto, la operación se llevará a cabo mediante un concurso público nacional e internacional a manos del Ministerio de Economía, que aún se encuentra dentro del plazo de 60 días establecido.
Condiciones establecidas en el decreto
- a. Deberán cumplir con la totalidad de las obligaciones de sus respectivos Contratos de Concesión suscriptos en 1993, con las modificaciones introducidas en el presente;
- b. Deberán mantener vigente la Garantía de Cumplimiento del Contrato, la que no podrá ser inferior a DÓLARES ESTADOUNIDENSES CUATRO MILLONES QUINIENTOS MIL (USD 4.500.000). La garantía podrá satisfacerse, a instancias de la SECRETARÍA DE ENERGÍA del MINISTERIO DE ECONOMÍA, a través de una fianza o de un seguro de caución;
- c. Dado que la actividad de generación es por cuenta y riesgo del concesionario, los cambios que se produzcan en el esquema remuneratorio como consecuencia de las medidas que se adopten para normalizar el MERCADO ELÉCTRICO MAYORISTA no podrán ser invocados como incumplimientos del ESTADO NACIONAL;
- d. Deberán abonar a las Provincias de RÍO NEGRO y del NEUQUÉN las regalías que estas acuerden con la SECRETARÍA DE ENERGÍA del MINISTERIO DE ECONOMÍA, siempre respetando la proporcionalidad de los ingresos reconocidos;
- e. Presentar, con una frecuencia bimestral, un inventario detallado y actualizado de los Bienes Propios, Cedidos y Equipos de la Concesionaria. Se considerará incumplimiento grave la falta de presentación u omisión de consignar algún elemento indispensable que se utilice para el cumplimiento del contrato;
- f. Se posterga la transferencia de los Bienes previstos en el Capítulo XIX del Contrato de Concesión, hasta tanto se produzca el vencimiento del plazo previsto en el artículo 2°;
- g. Deberán proceder a la transferencia de los Bienes Cedidos y Equipos de la Concesionaria a las empresas mencionadas en el artículo 1° del presente; y
- h. Deberán permitir las visitas a los perímetros de las Concesiones a los interesados en el Concurso Público a celebrarse, conforme lo prevean los respectivos pliegos de dicho procedimiento.








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