Bono extraordinario para jubilados y pensionados en septiembre: a quiénes alcanza y cómo se pagará
El Gobierno nacional oficializó el pago de un bono extraordinario previsional de hasta $70.000 que se liquidará en septiembre de 2025. La medida alcanza a jubilados, pensionados, beneficiarios de la Pensión Universal para el Adulto Mayor y titulares de pensiones no contributivas.
Para titulares de jubilaciones y pensiones contributivas
El decreto 613/2025, publicado este jueves en el Boletín Oficial, establece que el beneficio será otorgado a modo de compensación frente a la pérdida de poder adquisitivo que sufrieron los haberes de los adultos mayores en los últimos años, en particular como consecuencia de la fórmula de movilidad anterior, que quedó desfasada frente a la inflación.
El beneficio será otorgado a modo de compensación
Quiénes recibirán el bono
El bono extraordinario será otorgado a:
Titulares de jubilaciones y pensiones contributivas administradas por la ANSES, incluidas las otorgadas por la Ley 24.241, regímenes especiales derogados y ex-cajas provinciales y municipales transferidas a la Nación.
Beneficiarios de la Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM).
Titulares de pensiones no contributivas por vejez, invalidez y madres de siete hijos o más.
Personas que perciban pensiones graciables a cargo de ANSES.
En el caso de las pensiones, independientemente de la cantidad de copartícipes, se considerará como un único titular a los fines del derecho al cobro del bono.
Los beneficiarios recibirán el monto sin deducciones adicionales.
Monto y condiciones
El beneficio tendrá un monto máximo de $70.000 y será abonado en septiembre de 2025.
La reglamentación aclara que:
Para quienes perciban un haber equivalente o inferior al mínimo garantizado, el bono se pagará de forma completa.
En los casos en que los ingresos superen el haber mínimo, el bono será variable y se ajustará para que la suma final no supere el haber mínimo más $70.000.
Además, el decreto establece que:
El bono no será remunerativo.
No estará sujeto a descuentos.
No será computable para ningún otro concepto.
Esto significa que los beneficiarios recibirán el monto sin deducciones adicionales.
En los considerandos del decreto, el Poder Ejecutivo recordó que la anterior fórmula de movilidad, establecida por la Ley 27.609, generó un fuerte deterioro en los ingresos de los jubilados y pensionados. Esa normativa, que comenzó a aplicarse en 2021, no contemplaba la inflación, lo que produjo un retraso considerable en los haberes frente al aumento de precios.
Ante esta situación, desde enero de 2024 y hasta agosto de 2025 el Gobierno implementó diferentes bonos extraordinarios para acompañar los ingresos de los jubilados de menores haberes.
Con la modificación realizada en 2024, la movilidad jubilatoria pasó a actualizarse de manera mensual según la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC) que publica el INDEC. Sin embargo, para compensar la pérdida acumulada, se dispuso este nuevo bono que será abonado en septiembre.
El decreto, firmado por el presidente Javier Milei, el jefe de Gabinete Guillermo Francos y la ministra de Capital Humano Sandra Pettovello, entró en vigencia desde el 27 de agosto de 2025.
De esta forma, en septiembre los jubilados y pensionados incluidos en el régimen previsional nacional percibirán el bono extraordinario junto con sus haberes mensuales.
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