El oficialismo convocó formalmente este viernes a una sesión para debatir la reforma a la Carta Orgánica del Banco Central y el proyecto de Inocencia Fiscal II en la Cámara de Diputados de la Nación.
El oficialismo convocó a una sesión para debatir la reforma del BCRA en Diputados
La bancada de La Libertad Avanza quiere avanzar en la reforma a la Carta Orgánica del Banco Central y el proyecto de Inocencia Fiscal II. Cuál es la fecha.


La fecha propuesta para la sesión especial por parte de la bancada de La Libertad Avanza y diputados aliados es el próximo miércoles 26 de agosto de 2026 a las 12 horas.

“Por la presente nos dirigimos a Ud. a efectos de solicitarle, en virtud de lo establecido en los art. 35 y 36 del Reglamento de esta Honorable Casa, convoque a Sesión Especial para el día miércoles 26 de agosto de 2026 a las 12 hs. a fin de tratar el siguiente temario”, indica el documento enviado al presidente de la Honorable Cámara de Diputados de la Nación, Martín Menem.

El texto cuenta con las firmas de los legisladores Gabriel Bornoroni, Javier Sánchez Wrba, Alejandro Finocchiaro, Pamela Verasay, Gisela Scaglia, Alberto Arrua, Oscar Herrera Ahuad, Gladys Medina, Nancy Picón Martínez, José Luis Garrido, Karina Maureira y Karina Banfi.
El temario propuesto
La Orden del Día N° 211 contempla la Carta Orgánica del Banco Central de la República Argentina, ley 23.928 y sus modificatorias, ley 11.672 (t.o. 2014 y sus modificatorias) y ley 24.156 y sus modificatorias.

Mientras que la Orden del día N° 209 contempla las Leyes 11.683 y 27.799 relativas a la modalidad simplificada de declaración jurada del Impuesto a las Ganancias y en materia de prescripción tributaria, y 25.191 referente al Régimen Sancionatorio.
Otros temas de debate
Queda en lista para el miércoles, según el documento de este viernes, la discusión por el Acuerdo de Libre Comercio entre el Mercado Común del Sur –MERCOSUR– y la República de Singapur, celebrado en la ciudad de Río de Janeiro el 7 de diciembre de 2023.
Además se suma la modificación del artículo 28 sobre la reducción de la alícuota a la fécula de mandioca.








