Por unanimidad y sin debate, la Cámara de Senadores avanzó con tres leyes votadas en noviembre de 2024 que habían recibido el veto parcial del gobernador Maximiliano Pullaro.
Prosperó el veto parcial de la Casa Gris tal como había ya ocurrido en Diputados. Lo mismo, en materia de violencia y acoso en el trabajo, y sobre la inserción y estabilidad laboral de jóvenes sin cuidados parentales.
Por unanimidad y sin debate, la Cámara de Senadores avanzó con tres leyes votadas en noviembre de 2024 que habían recibido el veto parcial del gobernador Maximiliano Pullaro.
Se trata de normas que, en un caso, buscan algún mecanismo de protección frente a la inseguridad sobre los trabajadores precarizados de las aplicaciones de servicio de entrega a domicilio, los "asociados" a empresas de delivery; en otro, de intentar prevenir y combatir la violencia y el acoso en el trabajo y, en el tercero, de procurar "la inserción y estabilidad laboral de personas jóvenes sin cuidados parentales".
Para el trío de expedientes hubo tratamiento sobre tablas y todas las manos levantadas en el recinto, tanto del oficialismo que domina con 14 bancas la Cámara como de la oposición en minoría que dispone de cinco representantes.
Los tres ya habían pasado el test de aceptación en Diputados con lo que ahora quedarán firmes una vez que las publique el Ejecutivo en el Boletín Oficial con su nueva redacción.
Una de las leyes observadas es la Nº 14.362 que dispuso la creación de un programa de monitoreo informático permanente mediante Sistemas de Posicionamiento Global (GPS) para trabajadores independientes que presten servicios de reparto de todo tipo de productos a domicilio, en el formato delivery, mediante aplicaciones móviles.
A sugerencia del Ministerio de Justicia y Seguridad cambió el texto para abrir el abanico de posibilidades a otras opciones además del GPS, con lo que se agregó "y/o cualquier otro sistema que garantice la geolocalización". Así el Poder Ejecutivo podrá determinar cuál es la mejor herramienta que permita cumplir con el objetivo planteado por el legislador.
"Es evidente que el avance de las tecnologías de la información y la comunicación determinan que no podamos atarnos a una sola respuesta de abordaje sino que es permitente dejar abierto el modo de dar respuesta a la problemática a lo que determine el Poder Ejecutivo, a través de las áreas tecnológicas correspondientes, acerca de cuál es la mejor solución posible", señala en los fundamentos.
También fue observada la Ley Nº 14.376 de inserción y estabilidad laboral de personas jóvenes sin cuidados parentales. La redacción aceptada del artículo 2 de la norma señala que "las personas beneficiarias son adolescentes que al momento de cumplir 18 años se encontraran sin cuidados parentales por haberse dispuesto una medida de protección excepcional de derechos en el marco de la ley 12967 y la misma se encontrara con una resolución definitiva".
La sugerencia de la nueva redacción fue del Ministerio de Igualdad y Desarrollo Humano y consistió en recortar la redacción que refiere a que no exista posibilidad de iniciar proceso adoptivo.
Por último, fue observada la Ley Nº 14.371 que establece medidas de prevención y erradicación de violencias y acoso en el trabajo. En este caso, el Poder Ejecutivo vetó el capítulo referido a las sanciones a los empleadores y otros dos artículos.
"Se pretende establecer un régimen administrativo sancionatorio sin especificar las conductas punibles ni las penas correlativas, estableciendo un régimen sancionatorio genérico e indeterminado y que su alcance es tan ambiguo que no permite determinar con la precisión que el principio de legalidad exige las conductas susceptibles de sanción", dice en sus fundamentos el veto aceptado.
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