Abusos en el Sagrado Corazón de Venado Tuerto: el "Hermano" Pedro seguirá preso
El juez de Cámara, Juan Pablo Lavini Rosset, le negó la libertad al ex Director del nivel primario condenado a 15 años de prisión por cuatro hechos de abuso sexual.
La audiencia se extendió a lo largo de tres horas.
El juez de la Cámara de Apelaciones, Juan Pablo Lavini Rosset, le negó la libertad a Pedro Ortiz y Hontoria, ex Director del nivel primario del Colegio Sagrado Corazón, sentenciado a 15 años de prisión al ser encontrado culpable de cuatro hechos de abuso sexual contra alumnas que cursaban 6° y 7° grado durante los años 2018 y 2019.
La audiencia se llevó adelante en la mañana de este miércoles en los tribunales venadenses de calle Chacabuco y Castelli.
Minutos después de las 7:30 hora el abogado defensor del religioso, Arsenio Domínguez, comenzó a fundamentar la defensa, basándose en que “no existe una condena firme contra” Ortiz y Hontoria, en consecuencia “rige el principio de inocencia”.
El juez Juan Pablo Lavini Rosset le bajó el pulgar a los pedidos realizados por el abogado del Hermano Pedro.
En tanto, la fiscal Florencia Schiappa Pietra hizo hincapié en el riesgo de fuga y en la falta de arraigo del sentenciado. Habló del Sagrado Corazón como institución, sosteniendo que “siguen fomentando el descreimiento contra las víctimas”. Y que “desde la congragación no van a hacer nada si se fuga, lo protegen y lo defendieron a ciegas. Para concluir: “La congragación es un peligro”.
Por su parte, la abogada querellante, Ana María Regidor, habló sobre la triple vulnerabilidad de las víctimas. También se refirió a la falta de arraigo y al peligro de fuga.
Sostuvo que independientemente de que Pedro “tenga fijado domicilio, no significa que tenga arraigo”. Y también fue dura con la institución diciendo que el religioso “tiene el apoyo incondicional y económico del Sagrado Corazón”. Además, remarcó que “se puede fugar del país o se puede esconder en una provincia con el apoyo de la Iglesia”.
Fundamentación del juez
Samanta Fistonich (izquierda) y Ana María Regidor, abogadas querellantes.
Pasadas las 10 de la mañana el magistrado decidió resolver oralmente sin solicitar un cuarto intermedio.
“El resultado fue confirmar el mantenimiento de la prisión preventiva de Pedro Ortiz y Hontoria tal como había sido impuesta en primera instancia”, aseguró Juan Pablo Lavini Rosset.
Los fundamentos “tienen que ver con el incremento de las posibilidades de riesgo de abstracción de la justicia luego del dictado de una condena sumamente intensa, de 15 años de prisión, impuesta en primera instancia. A partir de ello se puede inferir que se incrementa el riesgo de fuga del imputado. A esto se suma las particularidades del imputado y todo el tránsito cautelar anterior”, agregó el magistrado.
Florencia Schiappa Pietra, la fiscal que llevó adelante la investigación.
La próxima audiencia será la apelación a la condena de 15 años de prisión, con un tribunal integrado por tres magistrados. Pensando en ese escenario, Lavini Rosset también basó parte de su fundamentación para que Ortiz y Hontoria continúe detenido. “Es habitual que en las instancias recursivas los tribunales que revisan una sentencia condenatoria modifiquen algo de esa decisión: puede ser la calificación legal, el monto de la pena o incluso la absolución en alguno de los hechos”.
Pero en “mi entendimiento, al haber cuatro víctimas y una multiplicidad de hechos de abuso sexual, es muy difícil pensar en la modificación total. Por lo tanto, aunque él (por Pedro) obtuviera algún beneficio en la modificación de su sentencia, lo más razonable es pensar que va a seguir teniendo que cumplir con una pena de efectiva ejecución”, finalizó Lavini Rosset.
Dejanos tu comentario
Los comentarios realizados son de exclusiva responsabilidad de sus autores y las consecuencias derivadas de ellos pueden ser pasibles de las sanciones legales que correspondan. Evitar comentarios ofensivos o que no respondan al tema abordado en la información.
Dejanos tu comentario
Los comentarios realizados son de exclusiva responsabilidad de sus autores y las consecuencias derivadas de ellos pueden ser pasibles de las sanciones legales que correspondan. Evitar comentarios ofensivos o que no respondan al tema abordado en la información.