Los videos de los patios de la escuela donde el profesor Trigatti daba clases
Las imágenes que muestran los patios donde el docente dictaba clases fueron reproducidos durante el juicio, pero ignorados en la condena, según opinó su defensor.
Los dos patios del jardín Ceferino Namuncurá estaban vigilados por seis cámaras de seguridad.
La controversia que envuelve al caso del profesor Juan Trigatti, condenado a 12 años de prisión por supuestos abusos sexuales contra cinco niñas del jardín Ceferino Namuncurá, sigue sumando capítulos. En las últimas horas, trascendió un dato clave: dos videos —uno grabado con dron y otro resultado de una pericia informática— fueron admitidos como prueba documental por el tribunal de primera instancia y reproducidos una y otra vez durante el juicio.
Los registros, que muestran en detalle los patios donde se dictaban las clases de educación física, fueron también verificados durante una inspección ocular por parte del tribunal, junto a las partes y con la guía de las directoras de la institución educativa.
Cámaras por todas partes
Según pudo reconstruir El Litoral, los dos patios en cuestión estaban completamente vigilados por seis cámaras de seguridad. Las áreas estaban a la vista de las oficinas de dirección, las salas del nivel inicial, las aulas del nivel secundario, las veredas externas y de los recorridos habituales de celadores, preceptores y directivos.
Todo ese material fue tenido en cuenta por los jueces del primer tribunal que —tras un fallo de más de 100 páginas— absolvieron a Trigatti por el beneficio de la duda razonable. Sin embargo, la Cámara de Apelaciones decidió revocar la sentencia, sin considerar estos elementos documentales ni explicar por qué los desestimaba, aseguran desde la defensa del docente.
La hipótesis acusatoria que la Cámara dio por probada
Según la reconstrucción que toma como válida el fallo condenatorio, Trigatti habría cometido al menos cinco hechos de abuso sexual en tan solo dos turnos de clase de 20 minutos cada uno, el martes 5 de octubre de 2021.
Durante esas clases, impartidas en patios al aire libre, ante la presencia de más de 24 niños por grupo y bajo el registro constante de cámaras, el docente habría tocado en sus partes íntimas a dos niñas de 5 años, generándoles eritemas o enrojecimientos por fricción, todo ello sin que ninguno de los compañeros, docentes u observadores haya advertido lo ocurrido.
A ello se suman otros tres hechos sin fecha ni modo claramente establecidos.
¿Una condena sin pruebas objetivas?
Más allá del debate jurídico, el caso expone una situación aún más profunda: en un proceso penal donde no se permite el juicio por jurados —pese a tratarse de delitos gravísimos— la interpretación subjetiva de la prueba adquiere un peso determinante.
Para la defensa, el hecho de que el tribunal de alzada haya omitido analizar pruebas audiovisuales que se consideran objetivamente exculpatorias "es alarmante" y compromete la legitimidad del fallo.
"Reproducí los videos. Miralos. Después, decime vos si lo que se describe en la acusación puede haber ocurrido ahí", dijo uno de los letrados defensores en diálogo con este medio.
Un fallo que aún no dijo su última palabra
Con un recurso de apelación en curso y un creciente debate social en torno al caso, el expediente Trigatti sigue en ebullición. La defensa insiste en que el fallo de Cámara fue más político que jurídico, mientras que desde sectores del MPA se mantienen firmes en la validez de las declaraciones en Cámara Gesell como principal prueba de cargo.
Frente del jardín Ceferino Namuncurá.
Lo cierto es que, más allá del desenlace judicial, el caso ya dejó al descubierto una profunda discusión sobre cómo se juzgan los delitos más sensibles, qué pruebas se consideran válidas y quién tiene realmente la última palabra.
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