Este domingo 26 de octubre de 2025 se realizarán las elecciones intermedias en todo el país. Los argentinos elegirán a 127 diputados y 24 senadores nacionales, en un proceso que permitirá renovar parcialmente el Congreso.

Los argentinos vuelven a las urnas para renovar parte del Congreso Nacional. Para sufragar, será obligatorio presentar el DNI en formato físico. Cuáles son los documentos aceptados, qué pasa si el votante renovó su ejemplar y qué no se permite en el cuarto oscuro.

Este domingo 26 de octubre de 2025 se realizarán las elecciones intermedias en todo el país. Los argentinos elegirán a 127 diputados y 24 senadores nacionales, en un proceso que permitirá renovar parcialmente el Congreso.

En estas elecciones legislativas se renovará la mitad de la Cámara de Diputados de la Nación —127 de sus 257 bancas— y un tercio del Senado —24 de los 72—. Los mandatos de los diputados duran cuatro años y se renuevan por mitades cada dos; los de los senadores, en cambio, duran seis años y se renuevan por tercios.

El voto en la Argentina es obligatorio para todos los ciudadanos de entre 18 y 70 años que figuren en el padrón electoral. También pueden votar, de manera optativa, los jóvenes de 16 y 17 años y las personas mayores de 70.
Para poder hacerlo, es requisito presentar el Documento Nacional de Identidad habilitado, en formato físico y en buen estado.
Dni by El Litoral
De acuerdo con la Cámara Nacional Electoral (CNE), los documentos válidos para emitir el voto son los siguientes:
DNI libreta verde
DNI libreta celeste
DNI tarjeta (con o sin acompañamiento de libreta)
Libreta de enrolamiento
Libreta cívica

La regla principal es que el documento presentado sea el mismo que figura en el padrón o un ejemplar posterior. Es decir, si un ciudadano renovó su DNI después de la fecha de cierre del padrón, podrá usar el nuevo ejemplar, pero no se aceptará uno anterior, aunque tenga el mismo número.
Esto significa que si en el padrón figura, por ejemplo, el DNI tarjeta y el elector se presenta con una libreta verde anterior, no podrá votar. La finalidad de esta disposición es garantizar la actualización de los datos y la seguridad del proceso electoral.

Además, la CNE recuerda que no se admiten constancias de DNI en trámite, ni versiones digitales del documento descargadas en el celular o en aplicaciones como Mi Argentina.
Solo los documentos físicos tienen validez para sufragar, dado que deben ser manipulados por las autoridades de mesa para verificar el ejemplar, constatar la identidad y registrar el voto.
Afirmativo: Son votos afirmativos (o positivos) aquellos emitidos mediante Boleta Única oficializada y en los que el/la elector/a marca una opción electoral para una o más categorías.
Nulos: Con dos o más marcas para distintas agrupaciones políticas para la misma categoría (la nulidad sólo afecta a la categoría en la que se hubiese producido la repetición de opciones).
En la que se hubiese roto algunas de las partes (solo si esto impide determinar cuál ha sido la opción electoral escogida, limitándose la nulidad a la categoría en la que no fuera posible identificar el voto por la rotura de la Boleta Única),
Con inscripciones, imágenes o leyendas de cualquier tipo distintas de la marca de la opción electoral (solo si esto impide determinar cuál ha sido la opción electoral escogida).
Cuando junta con la Boleta Única plegada se hayan incluido objetos extraños a ella.
Blanco: Son votos en blanco aquellos en los que el/la elector/a no marca ninguna preferencia electoral en una o más categorías.
Recurrido: Son votos recurridos aquellos cuya validez o nulidad fuere cuestionada por el/la fiscal presente en la mesa. En este caso, el/la fiscal deberá fundar su pedido con expresión concreta de las causas que se asentarán sumariamente en volante especial que proveerá la Junta.
De identidad impugnada: Son votos de identidad impugnada aquellos emitidos por un/a elector/a cuya identidad ha sido cuestionada por las autoridades de mesa o los/as fiscales.
Dejanos tu comentario
Los comentarios realizados son de exclusiva responsabilidad de sus autores y las consecuencias derivadas de ellos pueden ser pasibles de las sanciones legales que correspondan. Evitar comentarios ofensivos o que no respondan al tema abordado en la información.