¿Por sí o por no? Proponen una consulta popular para habilitar la minería en área de glaciares
El mecanismo está contemplado en el artículo 40 de la Constitución Nacional y la ley 25.432 del año 2001. El pedido surge de la enorme cantidad de inscriptos a la audiencia pública convocada por Diputados.
Ante la enorme cantidad de personas que se inscribieron para participar de la audiencia pública sobre la Ley de Glaciares y la importancia del tema, desde UxP piden una consulta popular vinculante. Foto: Archivo.
En las últimas horas y mientras se desarrollaba la primera jornada de audiencia pública por la reforma a la ley de Glaciares, se conoció un proyecto de convocatoria a consulta popular vinculante y obligatoria, cuya autoría encabeza el diputado nacional de UxP Diego Giuliano junto a su par Caren Tepp, ambos santafesinos. La consulta, cuya modalidad está prevista en el artículo 40° de la Constitución Nacional (luego de la reforma de 1994) y la Ley 25.432, se realizará a través de la siguiente pregunta: “Está usted de acuerdo con realizar proyectos mineros en áreas de glaciares y/o periglaciares?”
La respuesta deberá ser por “SI” o por “NO”. Para su realización la modalidad deberá tener la aprobación de ambas cámaras: Diputados y Senadores.
La reforma de la Ley de Glaciares obtuvo media sanción en el Senado. Foto: Archivo.
El proyecto lleva también la firma de Cecilia Moreau, Martín Aveiro, Guillermo Michel,Victoria Tolosa Paz, Lorena Pokoik, Andrea Freites, Sabrina Selva, Agustín Rossi, Jimena López, Ramiro Gutiérrez, Carlos Castagneto, Ana María Ianni, Pablo Todero y Agustina Propato.
Los fundamentos
Entre los argumentos, los legisladores de la oposición destacan que la convocatoria a audiencia pública que se decidiera en el plenario de Comisiones de Asuntos Constitucionales y de Recursos Naturales y conservación del Ambiente Humano, “registró una evolución extraordinaria en la cantidad de inscriptos (más de 100 mil), evidenciando un nivel de participación social sin precedentes en el ámbito parlamentario argentino”.
La audiencia se desarrolla previo al dictamen que se llevará al recinto una vez que se defina fecha de sesión. La modificación de la ley ya tiene media sanción de la Cámara de Senadores.
“La magnitud de la convocatoria obligó a las comisiones intervinientes a reorganizar el esquema de la audiencia pública, incorporando modalidades de exposición presenciales, virtuales y presentaciones escritas, a fin de canalizar el volumen de intervenciones, lo que desnaturaliza, minimiza o debilita la participación ciudadana si no se logra materializarla en la práctica”, argumentan.
Mayor participación
Como se informó oportunamente, el plenario de comisiones habilitó dos jornadas de exposición. La primera se cumplió de manera presencial el miércoles y la segunda el jueves con presentaciones de manera virtual. A ese esquema se llegó luego de poner un límite a la cantidad de participantes y el tiempo de exposición.
Sin embargo, si se diera participación a todos los inscriptos se requerirían varios meses de debate.
“Cuando una iniciativa legislativa convoca a decenas de miles de ciudadanos a participar activamente del proceso deliberativo, se configura una situación excepcional que justifica la utilización de mecanismos de democracia semidirecta”. Allí es cuando aparece, en opinión de los legisladores, la opción de la consulta popular vinculante.
Más adelante, explican los conceptos de glaciar y ambiente periglaciar y desarrollan la importancia de estas masas de hielo que operan como reservorios de agua dulce, fundamental para el desarrollo de la vida humana, la energía y la producción, no solo en la provincia o región en que se ubican sino en un territorio mucho más amplio.
Caren Tepp, diputada nacional de UxP y una de las autoras del proyecto que impulsa la consulta popular vinculante por la ley de Glaciares.
Eso explica que, entre los inscriptos para participar en la audiencia pública, se cuenten referentes de provincias donde no hay glaciares pero sienten sus efectos porque, por ejemplo, en época de deshielo alimentan los caudales de sus ríos. Muchos de los testimonios escuchados en la primera jornada desarrollaron csos concretos de esos efectos.
Precisamente, los autores argumentan que “la preservación de los glaciares posee una dimensión federal que trasciende los intereses particulares de cada jurisdicción”.
“La participación ciudadana no constituye un elemento accesorio del derecho ambiental, sino una condición necesaria para la legitimidad democrática de las decisiones públicas que puedan afectar bienes naturales de carácter colectivo”, añaden.
Uno de los argumentos de quienes participan de la audiencia pública es el impacto que tienen glaciares y áreas periglaciares en el resto del territorio nacional, aún el más alejado de estas formaciones. Foto: Xinhua.
“En el caso de los glaciares y del ambiente periglacial, la participación adquiere una importancia aún mayor debido a la naturaleza estratégica de los recursos involucrados", sostienen.
En consecuencia, "las decisiones sobre su protección o eventual explotación deben adoptarse con el mayor grado posible de deliberación pública”, sostienen los fundamentos que mencionan documentos que avalan esta posición. Entre ellos, el Acuerdo de Escazú, al que adhirió nuestro país si bien su aplicación efectiva para este caso fue cuestionada por varios participantes en la audiencia pública.
“Cuando se trata de decidir sobre recursos naturales estratégicos, sobre el acceso al agua y sobre el equilibrio ambiental de las próximas décadas, la participación del pueblo no constituye una concesión política sino una exigencia propia del constitucionalismo democrático contemporáneo”. Sobre todo, advierten, “cuando se trata del sistema glaciar argentino que forma parte del patrimonio natural común de la Nación”.