A 11 años de la muerte de Nisman, cuál es el estado de las tres causas
Se trata del deceso del fiscal, del supuesto encubrimiento a través del memorándum con Irán y del propio atentado a la AMIA. Qué se sabe hasta ahora, tras los vaivenes judiciales y políticos.
El próximo domingo 18 se cumplirán once años de la muerte del fiscal Alberto Nisman, que apareció sin vida en su departamento pocos días antes de la fecha en que debía presentarse ante el Congreso de la Nación para informar sobre la investigación referida al memorándum con Irán, por el atentado a la AMIA.
Según Nisman, ese acuerdo firmado por el gobierno de Cristina Fernández de Kirchner formaba parte de una maniobra de encubrimiento de los responsables del ataque terrorista producido en 1994, con el saldo de 85 muertos y más de 300 heridos.
Cristina Kirchner y Alberto Nisman. A once años del asesinato del fiscal, el tema de su muerte vuelve a instalarse.
Archivo El Litoral
La causa por el atentado no está resuelta y todavía no se ha podido llevar a cabo un juicio con presencia física de los acusados principales. Sin embargo, hay avances procesales importantes que permiten un juicio en ausencia, y existe una creciente presión internacional y judicial para que el Estado argentino concluya una investigación que lleva más de 31 años sin resolver plenamente.
1) La muerte de Nisman
El año pasado, los fiscales a cargo del caso publicaron un informe como parte del juicio en curso y confirmaron su hipótesis de que Nisman fue asesinado por intentar exponer el papel del gobierno argentino en el encubrimiento del atentado.
“El fiscal federal Natalio Alberto Nisman fue víctima de un homicidio”, dice el informe de 56 páginas, publicado en el sitio web de la Procuración General de la Nación (fiscales.gob.ar).
“Su muerte estuvo motivada por su trabajo en la Unidad Especial de Investigación AMIA y, específicamente, por sus acciones relacionadas con el Memorándum de Entendimiento con la República Islámica de Irán”, añade la publicación.
En 2006, Nisman acusó formalmente a Irán de orquestar el ataque y a su representante terrorista libanés Hezbolá de perpetrarlo. Nueve años después, acusó a la ex presidenta argentina Cristina Fernández de Kirchner de intentar encubrir el crimen y bloquear los esfuerzos para extraditar a los sospechosos a cambio de petróleo iraní.
Un día antes del que debía presentarse ante el Congreso para presentar pruebas que respaldaran sus acusaciones contra Kirchner y varios de sus colegas, Nisman fue encontrado muerto en su departamento, con una herida de bala en la cabeza y una pistola a su lado.
Una investigación oficial sobre su muerte inicialmente concluyó que el fiscal se había suicidado. Sin embargo, la Justicia federal más tarde revirtió esa decisión, afirmando que la herida de bala no podía haber sido autoinfligida.
Las investigaciones continúan para identificar tanto a quienes ejecutaron el hecho como a quienes lo ordenaron, sin avances determinantes.
Las fuerzas de seguridad en el edificio donde vivía el fiscal Nisman. Reuters.
2) El memorándum con Irán
En cuanto al memorándum objeto de la denuncia de Nisman, fue un pacto secreto firmado en 2013 por el gobierno en Alepo (Siria) y revelado por el periodista ya fallecido Pepe Eliaschev. Allí se preveía, en nueve puntos, la creación de una Comisión de la Verdad para analizar la causa y la posibilidad de interrogar a los iraníes sospechosos del atentado, que tienen una notificación roja de Interpol.
El Congreso argentino aprobó el pacto, pero el fiscal Nisman, con evidencias de escuchas telefónicas sobre los acusados, dijo que era una maniobra para encubrir el atentado, levantar los pedidos de captura de Interpol y favorecer a los iraníes a los que se dejaría de perseguir. Por eso, denunció a Cristina Kirchner.
La postura oficial del gobierno de entonces fue que, en términos políticos y jurídicos, el memorándum con Irán era una herramienta legítima de cooperación judicial, que no benefició a los imputados iraníes, que no afectó la causa AMIA ni las alertas de Interpol, y que buscaba romper la parálisis de la investigación, no encubrirla.
Cristina Kirchner había sido beneficiada por el Tribunal Oral en lo Criminal Federal 8, que la sobreseyó por estimar que los hechos que motivaron la causa no constituían delito.
Esta sentencia fue apelada por los fiscales y la Sala I de la Cámara Federal de Casación Penal hizo lugar a las impugnaciones y revocó la decisión. Cristina apeló a la Corte que, con el voto conjunto de Horacio Rosatti y Juan Carlos Maqueda, y los votos concurrentes de Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti, desestimó ese planteo en noviembre de 2024 y ordenó que se lleve adelante el juicio oral.
El proceso será por el delito de encubrimiento agravado (y posiblemente otros accesorios) por la firma del Memorándum con Irán, en la que Nisman sostenía que el acuerdo habría buscado “bajar” las alertas rojas de Interpol contra iraníes acusados del atentado a la AMIA, con el presunto objetivo de obtener beneficios para ese país y entorpecer la investigación.
Todavía no tiene fecha fijada, aunque sí Tribunal conformado: Andrés Basso, Rodrigo Giménez Uriburu y Javier Ríos, que a mediados del año pasado pidieron recursos para llevar adelante el proceso.
Andrés y Rodrigo Giménez Uriburu.
Archivo El Litoral.
Dos de ellos -Basso y Giménez Uriburu- ya condenaron a Cristina Kirchner en la causa Vialidad a seis años de prisión. Basso votó en disidencia: pretendía condenarla también por asociación ilícita. La defensa de la ex presidenta recusó a los tres, pero el planteo fue rechazado.
Entre los acusados, además de Cristina, se encuentran Carlos Zannini, Oscar Parrilli, Angelina Abbona, Juan Martín Mena, Andrés Larroque, Luis D’Elía y Fernando Esteche.
3) El atentado a la AMIA
Por su parte, en junio de 2025 el juez federal Daniel Rafecas aceptó la solicitud de la Unidad Fiscal AMIA para aplicar la nueva legislación que habilita juicios en ausencia contra imputados prófugos en casos de delitos graves como terrorismo o crímenes de lesa humanidad, y dispuso avanzar con el proceso oral sin la presencia física de los acusados.
El juez federal Daniel Rafecas.
Archivo El Litoral
Los 10 sospechosos que serán juzgados incluyen ex ministros y diplomáticos iraníes y libaneses, todos ellos con órdenes de arresto internacional emitidas por Argentina por su presunta participación en el ataque terrorista.
El fiscal principal Sebastián Basso -quien asumió el caso tras la muerte de Nisman- también solicitó a Rafecas que emita órdenes de arresto nacionales e internacionales contra el líder supremo de Irán, el ayatolá Ali Khamenei, por su presunta implicación en el ataque.
Esta acción legal marca un cambio significativo respecto a la postura anterior de Argentina en el caso, bajo la cual al líder iraní se lo consideraba con inmunidad diplomática.
Según consigna el semanario judío Algemeiner en una reseña a propósito del nuevo aniversario, desde 2006 las autoridades argentinas han buscado la detención de ocho iraníes -incluido el ex presidente Ali Akbar Hashemi Rafsanjani, fallecido en 2017- pero, más de tres décadas después de la explosión mortal, todos los sospechosos siguen prófugos.
A pesar de la creencia de Argentina de que el grupo terrorista libanés Hezbolá llevó a cabo el ataque a pedido de Irán, el atentado de 1994 nunca fue reivindicado oficialmente ni resuelto en términos judiciales.
Asimismo, en 2024, la Cámara de Casación Penal dictaminó que el ataque fue “organizado, planificado, financiado y ejecutado bajo la dirección de las autoridades del Estado Islámico de Irán, dentro del marco de la Yihad Islámica”, y que Hezbolá actuó como respuesta a “un diseño político y estratégico” de las autoridades iraníes.
También determinó que Irán fue responsable del atentado con camión bomba contra la embajada de Israel en Buenos Aires en 1992, que dejó 29 muertos.
No obstante, Teherán ha negado consistentemente cualquier implicación en estos ataques y se ha negado a arrestar o extraditar a sospechosos, destaca Algemeiner. Y deja constancia de que “hasta hoy, la prolongada investigación sobre el atentado terrorista ha estado marcada por alegaciones de manipulación de testigos, alteración de pruebas, encubrimientos y juicios anulados”.