El Gobierno nacional oficializó un nuevo régimen de retiro voluntario para trabajadores de la Administración Pública Nacional centralizada. La medida quedó establecida a través del Decreto 1203/2026, publicado este lunes 19 de octubre en el Boletín Oficial, y forma parte de la política de reorganización de las estructuras y dotaciones del Estado impulsada por la gestión de Javier Milei.
El Gobierno aprobó un retiro voluntario para empleados estatales: quiénes pueden adherir y cuánto cobrarán
El régimen fue oficializado mediante el Decreto 1203/2026, publicado en el Boletín Oficial. La inscripción está prevista del 1 al 30 de noviembre, con una posible prórroga de hasta 30 días. Las compensaciones dependerán de la edad, la antigüedad y los aportes jubilatorios de cada trabajador.

La iniciativa está destinada a empleados de planta permanente alcanzados por la Ley 25.164 y a trabajadores vinculados mediante contratos por tiempo indeterminado bajo la Ley de Contrato de Trabajo. El programa prevé distintas modalidades de compensación económica según las características laborales y previsionales de cada agente.
La inscripción se abrirá el 1 de noviembre y se extenderá hasta el 30 de ese mes. La Secretaría de Transformación del Estado y Función Pública, dependiente del Ministerio de Desregulación y Transformación del Estado, será la autoridad de aplicación y podrá disponer una única prórroga de hasta 30 días corridos.
La norma también establece que los puestos correspondientes a quienes accedan al retiro deberán eliminarse del presupuesto a partir de la fecha en que se concrete el cese de la relación laboral. De este modo, el régimen combina una compensación para quienes decidan desvincularse con una reducción de los cargos previstos en las estructuras alcanzadas.

Quiénes pueden acceder al retiro voluntario y cuáles son las condiciones
El programa alcanza al personal de planta permanente de la Administración Pública Nacional centralizada y a quienes tengan contratos laborales por tiempo indeterminado comprendidos en la normativa vigente. No se trata de una convocatoria general para todos los trabajadores estatales: los organismos descentralizados y determinados sectores quedan fuera del alcance del régimen.
Entre las exclusiones se encuentran las Fuerzas Armadas y de seguridad, la Secretaría de Inteligencia de Estado, el Servicio Exterior y otros ámbitos específicos. La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES), por su parte, cuenta con un régimen propio y no está comprendida en esta convocatoria.
El esquema establece tres grupos de beneficiarios, con diferentes condiciones para calcular la compensación:

Trabajadores próximos a la edad jubilatoria sin aportes suficientes: mujeres desde los 58 años y hombres desde los 63 años podrán optar, si reúnen los requisitos establecidos, entre una gratificación única o un pago equivalente al 60% del salario bruto mensual durante un período de hasta 36 meses.
Agentes con edad jubilatoria cercana y aportes completos: para mujeres de entre 58 y 64 años y hombres de entre 63 y 64 años que acrediten al menos 30 años de aportes, se prevé una compensación calculada según la antigüedad, con los topes establecidos, más cinco remuneraciones adicionales.
Trabajadores de menor edad: las mujeres de hasta 57 años y los hombres de hasta 62 años podrán recibir un salario por cada año de antigüedad, con un límite de hasta 20 remuneraciones, más un adicional de cuatro o cinco salarios según los años de servicio.
La adhesión también está sujeta a condiciones administrativas y legales. Entre las restricciones figuran determinados procesos penales o sumarios administrativos graves pendientes, así como situaciones laborales específicas previstas en la normativa. Los trabajadores que tengan reclamos judiciales o administrativos vinculados con su relación de empleo deberán desistir de esas acciones cuando corresponda para incorporarse al programa.

Cuánto cobrarán los empleados y qué pasará después de la desvinculación
El monto final dependerá de la modalidad aplicable a cada trabajador y de las variables previstas en el régimen. Por ese motivo, no existe una suma única para todos los agentes que decidan adherir: la compensación se calculará de acuerdo con la edad, los años de servicio y la situación previsional, respetando los límites establecidos para cada categoría.
La aceptación del retiro implica el cese de la relación laboral y la eliminación del cargo presupuestario correspondiente. La medida dispone que el gasto derivado de su implementación se atenderá con los créditos presupuestarios vigentes de cada jurisdicción alcanzada.
Además, quienes se incorporen al programa no podrán volver a trabajar en el Sector Público Nacional durante ocho años, de acuerdo con las condiciones informadas para el régimen. Esta restricción constituye uno de los aspectos que los empleados deberán considerar antes de tomar una decisión.

La autoridad de aplicación podrá dictar normas complementarias y aclaratorias para instrumentar el procedimiento. También tendrá la facultad de extender una sola vez el plazo de inscripción, por un período que no podrá superar los 30 días corridos.
El decreto lleva las firmas del presidente Javier Milei, del jefe de Gabinete, Diego Santilli, y del ministro de Desregulación y Transformación del Estado, Federico Sturzenegger. La disposición entró en vigencia el día de su publicación en el Boletín Oficial.
Con este esquema, el Ejecutivo busca avanzar en la reorganización de la Administración Pública Nacional centralizada. Para los trabajadores comprendidos, la decisión de adherir supondrá evaluar la compensación económica ofrecida, las condiciones de acceso y las consecuencias que tendrá la desvinculación laboral a largo plazo.






