El gobierno nacional habilitó que clínicas y hospitales puedan importar equipamiento médico usado
La ANMAT oficializó cambios que permitirán a centros de salud adquirir equipos médicos reacondicionados, agilizando procesos y reduciendo costos operativos.
Anmat modificó el procedimiento aplicable a la importación de productos médicos usados y reacondicionados.
El gobierno nacional modificó el procedimiento aplicable a la importación de productos médicos usados y reacondicionados. La decisión se oficializó este lunes a través de la Disposición 224/2026 de la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT).
El objetivo, según detalló el Ejecutivo, es que clínicas y hospitales de todo el país puedan adquirir equipamiento médico importado de manera más rápida y a menor costo, con el objetivo de mejorar la calidad del sistema de salud y reducir costos operativos.
La medida adecúa la normativa sanitaria al marco regulatorio establecido a través del Decreto 273/2025. Entrará en vigencia a los 45 días de su publicación en el Boletín Oficial.
Declaraciones
El jefe de Gabinete, Manuel Adorni, al anunciar una serie de cambios normativos y, a través de un mensaje en la red social X al que accedió la Agencia Noticias Argentinas, indicó: “A partir de ahora, las clínicas y hospitales de todo el país podrán importar equipamiento médico usado. Menos costos y burocracia, más calidad al servicio de la salud de los argentinos”.
Por su lado, el ministro de Salud de la Nación, Mario Lugones, señaló a través de la misma red social: “Con el foco en la ampliación del acceso a equipos médicos para mejorar la atención de los pacientes, la nueva norma de ANMAT ordena el régimen de importación y facilita el ingreso de equipamiento médico usado y reacondicionado, seguro y de calidad”.
“Hasta ahora, los centros de salud más pequeños veían limitadas las opciones para incorporar equipamiento y terminaban haciendo compras que en algunos casos tenían muchos años de antigüedad. Importar equipos médicos usados era un proceso tedioso, con trámites que elevaban los costos y reducían las posibilidades. Con esta normativa, en todo el país se podrá acceder a equipos más modernos y de mejor calidad. Esto permite mejorar diagnósticos y tratamientos, y reducir derivaciones que demoran la atención y perjudican a los pacientes”, añadió.
El ministro de Salud Lugones dijo que “más acceso al equipamiento es mejor atención para los pacientes”.
En tanto, el ministro de Desregulación y Transformación del Estado, Federico Sturzenegger celebró la medida y destacó: "La Resolución 224/26 abre el juego en tres maneras importantes. Amplía el número de jugadores que pueden importar usados (se incorporan fabricantes y empresas de service y reacondicionamiento), potenciando una mayor cadena comercial que pueda ingresar estos equipos. Tampoco se requerirá pasar por reacondicionamiento si el equipo viene ya con certificado de buen funcionamiento. Y, para los productos médicos de categorías I y II ya no se necesitará autorización previa sino simplemente un aviso, siempre delineando claramente los chequeos que los equipos tienen que tener previo a su puesta en uso".
"El resultado es un beneficio importante para los establecimientos médicos de todo el país, porque podrán importar sin complicaciones, por ejemplo, un ecógrafo con pocos años de uso, sin necesidad de pasar por una empresa reacondicionadora, siempre que ingrese con un certificado de buen funcionamiento del exterior o sea verificado localmente por un servicio técnico especializado. También habrá una más amplia cadena comercial dispuesta a ponérselos a disposición. De lo que se trata es de tener menos burocracia y más salud", agregó Sturzenegger.
Detalles
El Ejecutivo detalló que la nueva normativa, que reemplaza la Disposición ANMAT 806/2007, permitirá ampliar las prestaciones que brindan los centros de salud más pequeños al facilitar el acceso a equipos modernos y de mejor calidad, a precios accesibles.
La nueva normativa pretende ampliar las prestaciones que brindan los centros de salud más pequeños.
Según el comunicado, desde su entrada en vigencia, los productos médicos que estén debidamente registrados ante la ANMAT y no se encuentren prohibidos por normativas previas, podrán importarse bajo tres modalidades:
● Reacondicionados en el exterior
● Usados que, a criterio del importador, no requieren reacondicionamiento
● Usados sin acondicionar para ser reacondicionados en la República Argentina
Esta medida excluye a aquellos indicados para uso único o de un solo uso. Asimismo, por medio de esta disposición se amplía el abanico de actores autorizados para realizar estas operaciones. Además de la importación directa por parte de establecimientos de salud, las empresas importadoras y fabricantes estarán autorizadas para efectuar la importación.
En lo que respecta a la importación de productos de bajo riesgo (clase I y II, por ejemplo ecógrafos), la normativa establece que ANMAT dejará de intervenir de forma previa. En estos casos, los importadores deberán presentar un "Aviso de Importación" que se podrá realizar a través de la plataforma Trámites a Distancia con carácter de declaración jurada dentro de las 48 horas posteriores a la nacionalización del bien, y cumplir con los procedimientos establecidos en las disposiciones vigentes, según el tipo de producto y su condición de uso o reacondicionamiento.
Por el contrario, para los productos de mayor riesgo o de alta complejidad (clase III y IV, como tomógrafos) se mantiene la obligación de obtener una autorización de importación previa. Esta exige que el producto a importar, o bien ingrese con un certificado de reacondicionamiento emitido por un establecimiento autorizado por el fabricante o regulado por países de alta vigilancia sanitaria o con un certificado de buen funcionamiento, o bien sea reacondicionado por una empresa reacondicionadora local que cuente con un Certificado de Buenas Prácticas de Reacondicionamiento emitido por ANMAT.