El juez Fabián Lorenzini autorizó a la empresa concursada a constituir una prenda en primer grado sobre el 8,33% de las acciones de Renova. La resolución establece que Bunge no podrá ejercer los derechos políticos ni quedarse con los dividendos correspondientes a esos títulos. Vicentin deberá además rendir cuentas trimestralmente sobre el uso de los fondos.
Vicentin podrá prendar acciones de Renova pero mantendrá sus derechos políticos y dividendos
La resolución fue confirmada por el juez Lorenzini este miércoles 16 de septiembre de 2026. Además, le solicita a la empresa que informe si ha previsto o prevé implementar mecanismos financieros de cobertura, e instrumentos de mitigación de riesgo destinados a proteger la caja de la compañía frente a un eventual incremento brusco de la Tasa Overnight SOFR internacional.

El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la Segunda Nominación de Reconquista autorizó a Vicentin S.A.I.C. a celebrar con Bunge Argentina S.A. un contrato de financiamiento por hasta 50 millones de dólares, bajo la modalidad de línea de crédito rotativa.

La resolución, firmada el 15 de septiembre de 2026 por el juez Fabián Lorenzini, habilita además a Vicentin a constituir una prenda en primer grado sobre 219.004.270 acciones de Renova S.A., equivalentes al 8,33% del capital social y de los votos de esa compañía.
Una garantía con límites
El magistrado puso condiciones específicas a la operación. Determinó que cualquier cláusula que permita a Bunge ejercer el derecho de voto sobre las acciones prendadas o recibir de manera irrevocable sus dividendos será considerada inoponible.
De esta manera, Vicentin conservará el derecho de voto y el cobro de los dividendos derivados de esas acciones mientras permanezca vigente la garantía. El juzgado fundamentó esta decisión en el régimen legal de la prenda de acciones y en la necesidad de preservar los derechos políticos y económicos de la concursada.

El crédito tendrá vencimiento final el 31 de diciembre de 2031. Según surge de la resolución, la tasa pactada es SOFR Overnight más 2,50% anual, mientras que la devolución se realizará en pesos al tipo de cambio oficial utilizado para las operaciones de exportación.
Destino: capital de trabajo
Vicentin planteó que la línea de crédito funcionará como un respaldo de liquidez para afrontar contingencias y necesidades propias de su actividad agroindustrial, vinculadas principalmente con la adquisición de granos, materias primas, insumos y logística.
La Sindicatura había considerado que el financiamiento podía resultar beneficioso para sostener el capital de trabajo operativo, aunque reclamó un mecanismo de control sobre los desembolsos. En ese marco, el juzgado ordenó que Vicentin presente una rendición de cuentas documentada cada tres meses, incluyendo las solicitudes de desembolso, transferencias bancarias, pagos de comisiones e intereses y documentación que acredite el destino de los fondos.
La resolución también menciona que el plan de negocios presentado durante el proceso de cramdown proyectaba un saldo de caja inicial negativo de aproximadamente USD 122,5 millones, uno de los argumentos utilizados para considerar la necesidad de acceso a nuevo financiamiento.
El Comité de Acreedores se había opuesto
El Comité Definitivo de Acreedores había manifestado su oposición a la aprobación de la línea de crédito. Entre sus cuestionamientos señaló que los fondos no tenían un destino específico, que la operación generaba comisiones aun cuando el dinero no fuera utilizado y que se comprometía con la garantía un activo considerado estratégico dentro del patrimonio de Vicentin.
En particular, había advertido sobre una comisión de otorgamiento del 0,25% y otra comisión por no utilización del 0,50%, además de impuestos. También había planteado reparos por la falta de presentación del Acuerdo Marco de Cooperación Comercial OAMCC 001/2026.
Finalmente, el juzgado autorizó la operación, pero incorporó mecanismos de control y las restricciones sobre los derechos vinculados a las acciones de Renova.
Qué resolvió sobre FRIAR
La misma resolución abordó el pedido de Vicentin para otorgar una asistencia financiera de $4.270 millones a FRIAR S.A., a un año de plazo y con una tasa del 39,9% anual.
Sobre este punto, el juzgado aclaró que no se requiere autorización judicial previa, al considerar que se trata de un acto que no constituye una administración extraordinaria dentro del concurso. Al mismo tiempo, rechazó intervenir sobre las medidas cautelares que pesan sobre bienes de FRIAR, debido a que esa empresa no forma parte del proceso concursal de Vicentin.
La resolución recordó además que FRIAR mantiene una deuda de aproximadamente USD 13 millones con Vicentin, cuyo acuerdo de reestructuración había sido rechazado por el mismo juzgado en 2023.
El tribunal dejó abierta la posibilidad de que el pedido de asistencia financiera sea reconsiderado si existe un dictamen favorable del Comité de Acreedores y un plan para recuperar las acreencias de vieja data que FRIAR mantiene con Vicentin.
Seguimiento del acuerdo
El Comité Definitivo de Acreedores tendrá ahora diez días hábiles judiciales para presentar un cronograma de seguimiento de la línea de crédito acordada con Bunge. También podrá mantener conversaciones con las empresas involucradas y proponer, si lo considera necesario, la contratación de especialistas o auditores independientes.
Además, el juzgado requirió a Vicentin que informe si contempla implementar mecanismos de cobertura para proteger la caja de la compañía frente a un eventual aumento significativo de la tasa SOFR.









