Un hombre de 30 años cuyas iniciales son LJM fue condenado a siete años de prisión por haber abusado sexualmente de una niña de su entorno familiar en San Justo, ciudad cabecera del departamento santafesino del mismo nombre.
Condenaron a un hombre que abusó de una pequeña de su entorno familiar
Fue sentenciado a siete años de prisión. Los ataques sexuales ocurrieron cuando la niña se quedaba a dormir en la casa de la madre del abusador, donde él también vivía. Víctima y victimario tienen el mismo apellido.

Así fue dispuesto por el juez Lisandro Aguirre, en el marco de un juicio oral que se llevó a cabo en los tribunales de la ciudad de Santa Fe.
El fiscal Guillermo Persello estuvo a cargo de la investigación y representó al Ministerio Público de la Acusación (MPA) en el debate junto con su par Daniela Montegrosso.
Tras conocer el veredicto, los fiscales valoraron la condena impuesta al acusado y adelantaron que “aguardarán los fundamentos del veredicto para analizar los pasos a seguir”.
Amenazas
Persello y Montegrosso señalaron que “el condenado vulneró la integridad sexual de la niña en reiteradas oportunidades entre 2017 y 2021”, y añadió que “en esa época, ella transitaba su escolaridad primaria”.
“La víctima forma parte del entorno familiar del condenado”, aclararon los fiscales y precisaron que “los ilícitos fueron cometidos en la casa de la madre del hombre, quien perpetraba los abusos aprovechando las oportunidades en las que la niña se quedaba a dormir en esa vivienda”.
Los fiscales también plantearon que “las circunstancias particulares de los abusos resultaron en un sometimiento sexual gravemente ultrajante para la niña”, e hicieron hincapié en que “para que ella no cuente lo ocurrido, fue víctima de amenazas que la atemorizaban”.
“A pesar de todo, en junio de 2024, la víctima logró develarle a sus padres los abusos que había padecido, e inmediatamente después realizaron la denuncia correspondiente”, concluyeron los fiscales.
Calificación
El hombre de iniciales LJM fue condenado como autor del delito de abuso sexual gravemente ultrajante.
El nombre del condenado no se brinda para evitar la revictimización de la víctima, quien tiene el mismo apellido que él.








