La Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe rechazó los recursos de queja presentados por la querella y el Ministerio Público de la Acusación (MPA) y dejó firme la absolución de Juan Alfredo “Fredy” Dabove.


La Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe rechazó los recursos de queja presentados por la querella y el Ministerio Público de la Acusación (MPA) y dejó firme la absolución de Juan Alfredo “Fredy” Dabove.
De este modo, el máximo tribunal provincial ratificó la sentencia dictada el 21 de marzo de 2025 por la Cámara Penal de Venado Tuerto que absolvió al músico y docente en un fallo unánime, revocando la condena de primera instancia a 11 años de prisión por abuso sexual.

“La querella y el MPA interpusieron un recurso extraordinario contra la sentencia absolutoria de la Cámara, que fue declarado inadmisible. Luego recurrieron en queja ante la Corte Suprema provincial, y ese planteo también fue desestimado”, detalló el abogado defensor Arsenio Domínguez.
Dabove había sido condenado en primera instancia a 11 años de prisión por abuso sexual con acceso carnal contra su hijo menor de edad. La sentencia se conoció el 19 de julio de 2024.
El 9 de agosto recuperó la libertad bajo reglas de conducta y tras abonar una caución fijada en 60.000 dólares.

Posteriormente, el 21 de marzo de 2025, la Cámara Penal de Venado Tuerto —integrada por los jueces Daniel José Curik, Javier Francisco Beltramone y Juan Pablo Lavini Rosset— resolvió absolverlo y dejar sin efecto todas las medidas cautelares vigentes.
Tras esa resolución, el MPA y la querella intentaron llevar el caso a una nueva revisión ante la Corte provincial, instancia que ahora quedó cerrada con el rechazo de los recursos.
De acuerdo a lo indicado por la defensa, la única alternativa que podría quedar abierta es la interposición de un recurso extraordinario federal, que debe plantearse primero ante la Corte santafesina y, en caso de ser denegado, habilitaría una eventual queja ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación.
Domínguez sostuvo que en la sentencia absolutoria no existieron vulneraciones de garantías constitucionales, por lo que consideró improbable que el caso prospere en esa instancia.
Con el fallo de la Corte provincial, Dabove quedó habilitado a solicitar formalmente su restitución en los cargos que ocupaba antes de la condena en primera instancia: como docente de nivel secundario en el Taller de Nazareth y en el área de Cultura de la Municipalidad de Venado Tuerto.

El trámite se iniciará la próxima semana. Además, la defensa adelantó que reclamarán el pago de los salarios caídos correspondientes al período en el que el docente estuvo apartado de sus funciones.