Joaquín Ramón Fernández, un jornalero de 25 años, fue condenado a 3 años de prisión efectiva por abigeato.

El hombre de 25 años, junto a un cómplice, mató dos terneros en un establecimiento rural del departamento Garay. Ya había sido condenado en diciembre por la misma jueza.

Joaquín Ramón Fernández, un jornalero de 25 años, fue condenado a 3 años de prisión efectiva por abigeato.
La sentencia fue dictada por la jueza penal Susana Luna, quien validó el acuerdo alcanzado entre el fiscal del Ministerio Público de la Acusación, Pablo Lipowy, y la defensora pública Leticia Feraudo.
Durante el desarrollo de la audiencia, el imputado optó por firmar un abreviado, evitando así un juicio oral y público donde la escala penal, que para este delito oscila entre los 2 y 6 años, podría haber resultado en una sanción más severa.

El fallo no solo contempla el último delito cometido, sino que también unifica una condena anterior que pesaba sobre Fernández, dictada en diciembre de 2025.
Debido a que el hombre volvió a delinquir a los pocos meses de haber recibido una pena de ejecución condicional, la magistrada dispuso la revocación de la condicionalidad y dictó una pena única de tres años de cumplimiento efectivo, declarándolo además reincidente.
El hecho por el cual Fernández fue condenado ocurrió el pasado 27 de febrero de 2026. Según el relato fiscal, el imputado, junto a un cómplice identificado como Ignacio Sánchez -que también fue condenado-, ingresó a un establecimiento agropecuario ubicado a la altura del kilómetro 25 de la Ruta Provincial 1, en jurisdicción del departamento Garay.
Una vez dentro del predio, y utilizando una escopeta, "dieron muerte a dos animales bovinos terneros de pelaje blanco y marrón de 300 kg cada uno".
Tras el sacrificio de los animales, los sujetos procedieron a carnearlos en el lugar, retirando los cortes cárnicos más valiosos para luego trasladarlos hacia la vivienda de Fernández, situada bajo los puentes de Arroyo Leyes.

La maniobra fue advertida por un testigo que dio aviso a la Central de Emergencias 911, alertando que estaban "descargando en ese mismo momento carne en la vivienda". Al llegar el personal policial alrededor de las 21.30, se procedió al secuestro de los cortes, cuchillas y el arma utilizada, la cual fue atribuida al coimputado Sánchez en un legajo separado.
Durante la audiencia, la jueza Luna mantuvo un diálogo directo con el condenado, recordándole que ya habían tenido contacto previo en el marco de otra causa judicial. La magistrada expresó su preocupación ante la ineficacia de la primera condena recibida por el joven apenas meses antes: "Evidentemente, la primera condena no surtió efecto. Usted incurrió, cometió un nuevo delito".

En este sentido, Luna enfatizó que "se le revoca esa condicionalidad y se le unifica una pena única de 3 años con declaración de reincidencia". En su alocución, la jueza también hizo referencia a la finalidad de la pena y la oportunidad perdida por el imputado. Señaló que, a pesar de su juventud y de que el sistema busca la resocialización, el respeto por las normas es fundamental.
"Evidentemente no lo ha entendido o ha decidido no respetarla", sostuvo Luna respecto a las reglas de conducta que Fernández había incumplido tras su sentencia de 2025.
Finalmente, la magistrada ordenó que se realicen las comunicaciones correspondientes al Registro Nacional de Reincidencia y que se inicie el cómputo de la pena para que el joven comience a cumplir su condena de manera efectiva en un establecimiento penitenciario.