Anmat prohibió la venta del producto "Provenzal Especial"
La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) dispuso la prohibición de elaboración, fraccionamiento y comercialización del producto “Provenzal Especial” en todo el territorio argentino por no cumplir con las normativas alimentarias vigentes. La medida busca proteger la salud de la población ante los riesgos de consumo de productos ilegales.
No cumplía con las normativas alimentarias vigentes.
La Anmat anunció a través de la Disposición 457/2025, que prohíbe de manera inmediata la elaboración, fraccionamiento y comercialización del producto “Provenzal Especial”, que carece de los registros sanitarios necesarios y exhibe datos falsos en su etiquetado.
La medida incluye también a cualquier producto que utilice el Registro Nacional de Producto Alimenticio (RNPA) Número 02-00019, al considerarse productos ilegales.
Se recomienda a la población evitar el consumo del producto “Provenzal Especial”
Denuncia y verificación
La investigación que derivó en esta disposición comenzó a partir de una notificación realizada por el Instituto de Control de Alimentación y Bromatología (ICAB) de la provincia de Entre Ríos.
Mediante el Sistema de Información de Vigilancia Alimentaria (SIVA), el ICAB reportó la comercialización del producto “Provenzal Especial, Peso neto: 1 kg, Lote: 00019”, que presuntamente no cumplía con las normativas alimentarias vigentes.
Según el informe, el Registro Nacional de Establecimiento (RNE) exhibido en el rótulo pertenece a otro establecimiento habilitado para la elaboración de alimentos farináceos, mientras que el RNPA es inexistente. Además, se constató que el producto estaba falsamente rotulado y carecía de autorizaciones sanitarias.
La Municipalidad de San Benito, en Entre Ríos, verificó la comercialización del producto y aportó una factura que permitió rastrear su origen.
Posteriormente, la Dirección General de Higiene y Seguridad Alimentaria (DGHySA) de la Ciudad de Buenos Aires realizó un procedimiento en el domicilio indicado en la factura, donde encontró un depósito de especias mayorista, pero no halló el producto investigado.
Tras confirmar las irregularidades, la Anmat determinó que el producto incumple múltiples normativas, incluyendo el artículo 3° de la Ley Nº 18284, el artículo 3° del Anexo II del Decreto N° 2126/71, y varios artículos del Código Alimentario Argentino (CAA).
Estos incumplimientos incluyen la ausencia de registros legales y el uso de información falsa en el etiquetado, lo que lo convierte en un producto ilegal.
La normativa vigente prohíbe la elaboración, distribución y venta de productos que no puedan ser identificados de forma fehaciente en cuanto a su origen y proceso de elaboración. Además, la falta de registros impide garantizar la trazabilidad, calidad e inocuidad del producto, poniendo en riesgo la salud de los consumidores.
Como resultado, el organismo dispuso la prohibición de:
La elaboración, fraccionamiento y comercialización del producto “Provenzal Especial” en cualquier presentación, lote y fecha de vencimiento.
La venta de cualquier producto que exhiba el RNPA Nº 02-00019.
Se recomienda a la población evitar el consumo del producto “Provenzal Especial” y estar atentos a cualquier alimento que exhiba en su rótulo el RNPA Nº 02-00019.
Asimismo, en caso de detectar su comercialización, se solicita realizar la denuncia correspondiente ante las autoridades sanitarias locales o a través del Sistema de Información Federal para la Gestión del Control de los Alimentos (SiFeGA).
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