El personal de casas particulares tendrá desde octubre un nuevo aumento en sus remuneraciones mínimas. La actualización fue establecida por la Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares y contempla una suba del 1,7% sobre los valores vigentes, además de la incorporación de una nueva parte de la suma no remunerativa otorgada en agosto.
Empleadas domésticas: cuánto cobrarán desde octubre y cuáles son los nuevos valores
El personal de casas particulares tendrá un nuevo incremento salarial en octubre. La actualización será del 1,7% y se suma la incorporación de una parte de la suma extraordinaria al salario básico. Cuánto corresponde cobrar por hora y por mes según cada categoría.

El esquema forma parte de una actualización salarial que se extiende hasta diciembre y que fue formalizada mediante la Resolución 6/2026, publicada en el Boletín Oficial. La normativa establece incrementos escalonados para agosto, septiembre, octubre, noviembre y diciembre, junto con una suma extraordinaria que se incorpora progresivamente al salario básico.
Para octubre, los nuevos valores funcionan como pisos salariales: empleadores y trabajadores pueden acordar una remuneración superior, pero no inferior a la establecida para cada categoría y modalidad.

Cuánto cobrarán por hora las empleadas domésticas desde octubre
El valor que corresponde cobrar depende, en primer lugar, de la tarea realizada y de la categoría laboral. La normativa contempla cinco categorías: supervisión, tareas específicas, caseros, asistencia y cuidado de personas y tareas generales.
Para quienes cobran por hora, la escala de octubre establece los siguientes valores mínimos:
Supervisora: $4.805,82 por hora con retiro y $5.215,58 sin retiro.
Personal para tareas específicas: $4.580,79 por hora con retiro y $4.973,38 sin retiro.
Caseros: $4.337,54 por hora.
Asistencia y cuidado de personas: $4.337,54 por hora con retiro y $4.801,52 sin retiro.
Personal para tareas generales: $4.064,08 por hora con retiro y $4.460,36 sin retiro.
La categoría de personal para tareas generales comprende actividades habituales de una vivienda, como limpieza, lavado, planchado y otras tareas generales. Es una de las categorías más frecuentes dentro del régimen de casas particulares.
El valor por hora no debe confundirse con el salario mensual de una trabajadora que cumple una jornada completa. La forma de liquidación depende de la cantidad de horas semanales trabajadas y de la modalidad de contratación.

Los salarios mensuales de octubre, categoría por categoría
Para quienes están mensualizados y cumplen una jornada completa, los mínimos establecidos para octubre son los siguientes:
Empleadas domésticas: cuánto cobrarán desde octubre
Valores mensuales mínimos según categoría para el personal de casas particulares con y sin retiro.
| Categoría | Con retiro | Sin retiro |
|---|---|---|
| Supervisora | $599.514,53 | $661.702,46 |
| Personal para tareas específicas | $560.776,33 | $618.187,89 |
| Caseros | — | $548.429,23 |
| Asistencia y cuidado de personas | $548.429,23 | $605.050,00 |
| Personal para tareas generales | $498.582,06 | $563.958,82 |
Estos montos corresponden a los salarios mínimos establecidos para octubre. En el caso de los caseros, la categoría contempla la modalidad sin retiro, ya que se trata de trabajadores que realizan tareas inherentes al cuidado general de una vivienda donde también habitan.
El salario mensual regulado corresponde a una jornada de 48 horas semanales. Cuando la persona trabaja menos horas, el cálculo debe realizarse de acuerdo con la modalidad y la cantidad de horas trabajadas.
Qué cambia en octubre con el aumento del 1,7%
La actualización de octubre forma parte de un cronograma definido por la Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares. La Resolución 6/2026 estableció un aumento del 1,9% en agosto, del 1,8% en septiembre, del 1,7% en octubre, del 1,6% en noviembre y otro 1,6% en diciembre.
Por lo tanto, el incremento de octubre no se calcula tomando como referencia los valores de julio, sino sobre los salarios mínimos correspondientes al período anterior, de acuerdo con el esquema establecido por la resolución.
Además, existe un segundo componente que modifica los salarios de octubre: la incorporación de la suma extraordinaria que había sido otorgada en agosto.

Qué pasa con el bono de hasta $20.000
En agosto, la normativa estableció una suma no remunerativa por única vez según la cantidad de horas trabajadas por semana.
Los montos fueron:
$20.000 para quienes trabajan 16 horas semanales o más.
$11.500 para quienes trabajan entre 12 y menos de 16 horas semanales.
$8.000 para quienes trabajan menos de 12 horas semanales.
Ese monto no se mantiene como un bono separado durante todos los meses. La propia resolución dispuso que se incorpore progresivamente al salario básico.
En septiembre se incorporó el 25% de la suma extraordinaria. En octubre se incorpora otro 50% y en noviembre el 25% restante. De esta manera, al finalizar noviembre, la totalidad de la suma extraordinaria habrá quedado incorporada al salario básico.
Esto significa que en octubre no corresponde volver a pagar el bono completo como un concepto separado. La parte prevista para ese mes ya forma parte de los nuevos valores salariales.
También corresponde sumar la antigüedad
Además del salario mínimo de la categoría, los trabajadores de casas particulares tienen derecho al adicional por antigüedad cuando corresponde.
El adicional es del 1% por cada año trabajado y se calcula sobre los salarios mensuales. La normativa oficial establece que debe consignarse como un concepto específico en el recibo de sueldo.
La antigüedad se computa desde el 1° de septiembre de 2020, sin efecto retroactivo para períodos anteriores.
Por eso, el monto final que recibe cada trabajador puede ser superior al valor básico de la escala. También pueden existir otros adicionales en situaciones determinadas por la normativa.

Qué pasa si se trabaja pocas horas por semana
Para quienes trabajan pocas horas, no corresponde tomar directamente el salario mensual de la tabla y dividirlo de manera arbitraria.
La información oficial indica que, para quienes trabajan menos de 24 horas semanales, se debe utilizar el valor por hora correspondiente a la categoría y multiplicarlo por la cantidad de horas trabajadas.
Para quienes trabajan más de 24 y menos de 48 horas semanales, el cálculo se realiza de manera proporcional sobre el salario mensual de la escala.
Por eso, una persona que trabaja cuatro, ocho o 12 horas por semana tendrá una remuneración diferente de quien cumple una jornada completa.
Además, si una trabajadora presta tareas para distintos empleadores, cada relación laboral debe analizarse por separado para determinar las horas trabajadas y los conceptos correspondientes.
Los valores rigen en todo el país
La Resolución 6/2026 establece expresamente que las adecuaciones salariales son aplicables en todo el territorio nacional.
La escala fija los mínimos legales para el personal comprendido en el régimen de casas particulares. Por encima de esos valores, empleadores y trabajadores pueden acordar una remuneración mayor.
En octubre, entonces, el dato central para quienes deben liquidar los salarios es el nuevo incremento del 1,7%, junto con la incorporación de la segunda parte de la suma extraordinaria al salario básico.
El cronograma continuará en noviembre, con otro aumento del 1,6% y la incorporación del 25% restante de la suma extraordinaria, y finalizará en diciembre con una nueva actualización del 1,6%.








