Con la presentación en la Cámara de Diputados de la Nación de los proyectos para regular el lobby y el llamado "Súper RIGI" (Régimen de Incentivo a las Grandes Inversiones), la Casa Rosada completó el nuevo paquete de leyes con las que espera controlar la agenda del Congreso.
Cómo funciona la regulación del “lobby” que propone el Gobierno
Pretende controlar y dotar de publicidad y transparencia a la llamada “gestión de intereses”. Crea un registro de “lobistas” y otro de audiencias con funcionarios, y prevé incluso penas de prisión para quienes actúen sin estar inscriptos o no declaren representar intereses extranjeros. Los puntos oscuros.

La semana pasada, el Poder Ejecutivo había remitido al Senado el proyecto de derogación de la Ley de Etiquetado Frontal de Alimentos y la iniciativa para regular los juegos de azar en línea, mientras se discute en comisiones la reforma electoral, con escasas chances de aprobarse conforme al proyecto inicial del oficialismo.

En cuanto a la iniciativa para regular la gestión de intereses (lobby) será tratada en un plenario de comisiones integrado por Asuntos Constitucionales y Legislación General. Ambas están controladas por el oficialismo, con Nicolás Mayoraz en la conducción de la comisión cabecera, y Santiago Santurio en la de Legislación General.
De todos modos, más allá de algunas observaciones puntuales o sugerencias de modificaciones que se puedan formular, la propuesta coincide en líneas generales con las decenas de ellas presentadas en los últimos años por distintos bloques políticos, la mayoría de las cuales perdieron estado parlamentario sin llegar al recinto.

De hecho, el texto remitido este martes a la Cámara de Diputados tiene una redacción similar a los que en su momento pusieron a consideración Oscar Agost Carreño, Karina Banfi, Miguel Pichetto, Gisela Scaglia, la Coalición Cívica y Margarita Stolbizer.
Gestiones y “cabildeos”
La llamada “Ley de Lobby” establece un Régimen de Gestión de Intereses, destinado a garantizar la publicidad, transparencia, trazabilidad y probidad de las interacciones entre actores públicos y privados en los procesos de formación y toma de decisiones estatales.
La actividad profesional que se ocupa de “administrar” influencias está regulada en muchos países del mundo, tanto con el término “lobby” como con otros que tienen menos connotaciones negativas y asociadas a maniobras oscuras y teñidas de corrupción.
Entre ellas está la denominación tomada en Argentina, “gestión de intereses” o, por ejemplo, “cabildeo”. Que, debidamente controlada, no solo es una práctica habitual, sino que se interpreta como una herramienta necesaria para enriquecer el debate en el Congreso y en otros ámbitos de poder.

Precisamente, Agost Carreño, ex diputado nacional y presidente del PRO Córdoba, sostuvo que el término “lobby” ya está incorporado al lenguaje político argentino y descartó reemplazarlo por “cabildeo”, como en Chile. Y recordó su origen en la Inglaterra del siglo XVIII, cuando los grupos de interés esperaban a los legisladores en los pasillos del Parlamento, “los famosos lobbies”.
El dirigente cordobés remarcó que el lobby “sucede en todos lados”, incluso fuera de las oficinas públicas. Por eso consideró indispensable crear mecanismos de control que permitan conocer quién se reúne con quién y con qué objetivos.
Y respaldó su apoyo a la iniciativa del Gobierno acudiendo a ejemplos que, paradójicamente, no dejan bien parado al oficialismo. “Hoy el lobby existe. Lo vemos, por ejemplo, en la discusión sobre el etiquetado frontal, donde las alimenticias hacen lobby para retirar los octógonos porque la gente ya se acostumbró”, afirmó, en declaraciones a Cadena 3.
También trajo a colación el caso de la criptomoneda Libra, para ilustrar los riesgos que implica la falta de transparencia. “Hubo reuniones previas con empresarios e inversores que después terminaron involucrados en negocios con personas cercanas al Gobierno. Todo eso es lobby”, aseguró.
Y agregó: “Cuando empresas privadas se acercan al poder para promover negocios, si no hay reglas claras aparecen tentaciones y retornos indebidos”.
Antecedentes
En nuestro país, la regulación existente data de fines de 2003, durante el gobierno de Néstor Kirchner, a través del decreto 1172 (de Acceso a la información Pública).
Expresa que “la publicidad de la Gestión de Intereses es necesaria a efectos de que se conozcan los encuentros que mantienen con funcionarios públicos las personas que representan un interés determinado, así como el objetivo de estos encuentros, para que grupos sociales interesados, ya sean empresariales, profesionales o ciudadanos en general, puedan acceder a tal información.”
En este sentido, la norma obliga al presidente de la Nación, jefe de gabinete, ministros, secretarios, subsecretarios y otros encumbrados funcionarios públicos a registrar las audiencias de gestión de intereses en un formulario en el que incluso debe constar el interés que invocan los solicitantes de la audiencia, los asistentes al encuentro y hasta una síntesis del contenido de la audiencia.

Una de las principales falencias de esta regulación (además de no ser específica, ni por ley), es que sólo contempla el supuesto de “audiencias”, cuando la gestión de intereses reconoce diversos ámbitos y modalidades.
Por eso algunos de los proyectos que no prosperaron proponían la creación de un registro público de lobistas para cada Cámara del Congreso, con reglamentos propios y compilación de las declaraciones juradas de sus miembros de manera semestral, así como limitaciones en relación a quiénes podían ser lobistas y quiénes no.
Los argumentos
Según el Gobierno, su proyecto busca "ordenar y transparentar a todos aquellos que buscan influir sobre las decisiones públicas, con que funcionarios y en beneficio de quién", por lo que consideraron que es “una clara herramienta para contribuir a la construcción de una democracia más deliberativa, transparente y liberal”.
Además, "se inscribe bajo el artículo 1ero de la Constitución Nacional que establece la forma republicana de gobierno, cuyo núcleo esencial está constituido por la publicidad de los actos de gobierno y la responsabilidad de sus funcionarios públicos".
A su vez, alertaron que el ordenamiento vigente carece de un régimen integral y sistemático que regule la gestión de intereses en el Poder Ejecutivo y el Poder Legislativo, generando un vacío normativo que la presente iniciativa viene a subsanar.
“La iniciativa se orienta a establecer reglas claras que permitan transparentar el correcto funcionamiento del Estado Nacional, evitando influencias ejercidas en ámbitos opacos o reservados a unos pocos”, explicaron.
Los alcances
Al respecto, uno de los puntos claves es la creación de un Registro Público de Gestores de Intereses obligatorio y digital para lobistas, exigiendo declaraciones juradas sobre intereses representados y la publicidad de las agendas de funcionarios. También fija las incompatibilidades entre ex funcionarios que deseen realizar gestiones de lobby.
En ese sentido, detallan que quedan incluidas las gestiones de lobby aquellas realizadas para la elaboración, derogación, e implementación de leyes, licitaciones, concesiones, o asignación de subsidios o beneficios fiscales para alguna actividad. Dichos reportes serán trimestrales y publicados dentro de los 10 días hábiles de la presentación.
Para el debate en particular, seguramente, quedarán algunas cuestiones llamativas o incluso controvertidas. Por ejemplo, la cuestión de los intereses extranjeros. Los gestores que representen a cualquier Estado, gobierno, partido, empresa o persona jurídica del exterior deben declararlo en cada contacto.
La omisión o falsedad es infracción grave, e incluso se incorporan figuras penales nuevas: hacer lobby sin estar inscripto tiene pena de hasta dos años de prisión; representar clandestinamente intereses extranjeros en áreas sensibles —defensa, inteligencia, infraestructuras críticas, recursos naturales— puede llegar a tres años.
Otros puntos que generan dudas son que la autoridad de aplicación del régimen será el propio Poder Ejecutivo, a través de “la jurisdicción o el organismo” que designe. Es decir, no hay un órgano independiente a cargo de esa tarea.
Por otra parte, la regulación no alcanza al Poder Judicial. Las gestiones ante jueces, fiscales y defensores se rigen por su propia normativa. Las provincias, por su parte, solo pueden adherir de forma voluntaria: el lobby ante gobernaciones y legislaturas locales queda fuera del sistema hasta que cada jurisdicción decida sumarse.
RECUADRO
En síntesis
El Gobierno presentó en el Congreso la Ley de Transparencia y Publicidad de la Gestión de Intereses, conocida como Ley de Lobby, con el objetivo de regular y transparentar las negociaciones entre empresas, intermediarios y funcionarios públicos. El proyecto busca controlar la influencia sobre leyes, contrataciones y políticas públicas.
La iniciativa crea dos registros públicos: uno para identificar a los gestores de intereses y otro para registrar los contactos y reuniones mantenidas con funcionarios. Además, obliga a presentar reportes trimestrales y exige declarar vínculos con gobiernos o intereses extranjeros.
El proyecto prevé multas, inhabilitaciones e incluso penas de prisión para quienes incumplan la norma. El Gobierno tomó como referencia la legislación de Estados Unidos, aunque propone reglas más estrictas: en Argentina la inscripción sería obligatoria antes de iniciar cualquier gestión de lobby, incluso si no existe compensación económica.








