Se recalienta el debate por la reforma a la ley de Glaciares en Argentina
Llegaría al recinto del Senado la próxima semana. Aunque cuenta con más apoyo político que otros proyectos, recibe objeciones de ambientalistas, juristas y científicos. Entre el proteccionismo, el desarrollo productivo, la necesidad de un marco jurídico claro y la cuestión federal.
Turistas caminando sobre el glaciar Perito Moreno en el Parque Nacional Los Glaciares, en la provincia de Santa Cruz. Crédito: Xinhua/Li Muzi
La propuesta para modificar la Ley de Glaciares está lista para ser debatida en el Senado de la Nación en el marco de las sesiones extraordinarias, seguramente el martes 10 o el miércoles 11. Pero el pacífico tránsito parlamentario que exhibe, en medio de disputas de alto voltaje como la reforma laboral o la edad de imputabilidad, contrasta con el fuerte debate desatado en distintos ámbitos.
En las últimas horas, la organización ambientalista Greenpeace puso en escena una “bienvenida” a los senadores en el inicio de las extraordinarias, con pancartas y globos alusivos y un fuerte rechazo al proyecto. Simultáneamente, el principal instituto de derecho especializado en minería expresó su apoyo y aseguró que no reduce la protección, sino que la clarifica.
Protesta de Greenpeace por ley de Glaciares, en el inicio de las sesiones extraordinarias.
El punto crítico gira en torno al artículo 41 de la Constitución Nacional, que indica que la Nación establece los presupuestos mínimos para la protección del ambiente, dejando a las provincias la capacidad de dictar normas complementarias.
Algunos argumentan que la actual legislación deja muchos flancos interpretativos, que han tenido como efecto impedir actividades extractivistas más allá de lo necesario. Desde el Ejecutivo, la percepción es que la legislación vigente, implantada en 2010, limita excesivamente la autonomía provincial sobre el manejo de sus recursos naturales.
Qué dice el proyecto
La iniciativa obtuvo dictamen el 18 de diciembre de 2025 durante un plenario de las comisiones de Ambiente y Desarrollo Sustentable y de Minería, Energía y Combustibles del Senado.
Según el Gobierno, propone una serie de modificaciones orientadas a despejar “controversias interpretativas” acumuladas desde la sanción de la norma hace quince años, y a fortalecer las facultades de las provincias como titulares del dominio originario de los recursos naturales.
El proyecto enviado al Congreso redefine el artículo 1° para precisar el objeto de protección: los glaciares y geoformas del ambiente periglacial “que cumplan funciones hídricas”, ya sea como reservas estratégicas o como proveedores de agua para la recarga de cuencas.
También incorpora una pauta interpretativa que subordina la aplicación de la ley al criterio constitucional de uso racional de los recursos naturales consagrado en el artículo 41.
Glaciar Perito Moreno en el Parque Nacional Los Glaciares, en la provincia de Santa Cruz. Crédito: Xinhua/Li Muzi
Otra modificación central es la creación del artículo 3° bis, que introduce el principio precautorio: todo glaciar o geoforma incluido en el Inventario Nacional de Glaciares se considerará protegido hasta que la autoridad ambiental competente verifique que carece de funciones hídricas.
Esa verificación dependerá exclusivamente de cada provincia, cuya información deberá ser transmitida al IANIGLA para actualizar el inventario.
El texto también cambia el régimen de prohibiciones del artículo 6°, que se aplicarán únicamente sobre los glaciares y geoformas identificados como portadores de funciones hídricas por la autoridad ambiental local.
Alteraciones relevantes
Entre las actividades no permitidas se mantienen la explotación minera e hidrocarburífera, la instalación industrial y el desarrollo de obras que alteren de manera relevante la condición natural del glaciar o su función hídrica. Serán las provincias las que determinen, mediante evaluación de impacto ambiental, si un proyecto implica una alteración relevante y, por lo tanto, no puede autorizarse.
En la misma dirección, el artículo 7° reformulado exige evaluación de impacto ambiental previa para toda actividad proyectada en glaciares o ambiente periglacial, y habilita evaluaciones estratégicas cuando la escala lo amerite. Se exceptúan únicamente actividades de rescate, científicas no invasivas y deportivas no motorizadas.
El proyecto también redefine el rol del IANIGLA, que continuará a cargo del Inventario Nacional de Glaciares, pero sujeto a un flujo permanente de información desde las provincias. El Gobierno señala que, a quince años de vigencia de la ley, solo se completó el Nivel 1 del inventario y que aún resta determinar la función hídrica efectiva de las geoformas relevadas.
Crítica de Greenpeace
Este martes, en el marco del inicio de las sesiones extraordinarias en el Congreso de la Nación, Greenpeace llevó a cabo una intervención directa para advertir sobre los riesgos de modificar la Ley de Glaciares (26.639).
Patricia Bullrich, presidenta del bloque de senadores oficialistas.
Gentileza
Un grupo de activistas recibió a los legisladores desplegando un cartel de dos metros de largo que fue elevado en la entrada del Senado de La Nación con globos. La pieza contenía un mensaje contundente:“Bienvenidos Senadores. No negocien con el agua”.
Greenpeace advirtió que impulsar estos cambios en el marco de sesiones extraordinarias implica avanzar sobre una ley clave con plazos acotados y una agenda limitada, sin el debate público y federal que una decisión de este impacto requiere.
Además, la organización denunció que este cambio permitiría el avance de actividades extractivas en zonas que hoy están protegidas y que funcionan como reservas estratégicas de agua dulce para más de 7 millones de personas.
Según Agostina Rossi Serra, especialista en biodiversidad de Greenpeace, “modificar la Ley de Glaciares no es una discusión técnica menor: implica retroceder en compromisos ambientales asumidos por Argentina, fragmentar la protección del agua y debilitar fuertemente una ley que fija una línea de base de protección común para todo el país, todo esto en un contexto de crisis climática alarmante”.
“Degradar la norma sería ceder a presiones que no representan el interés de la sociedad. Cuidar los glaciares no es frenar el desarrollo: es asegurar seguridad hídrica para que el país pueda sostenerlo”, sostuvo Rossi Serra.
Por el contrario, afirman que la actualización representa una oportunidad para reforzar la protección de los glaciares y de las geoformas periglaciares sobre bases jurídicas más claras y compatibles con el federalismo que establece la Constitución.
Glaciar Perito Moreno en el Parque Nacional Los Glaciares, en la provincia de Santa Cruz. Crédito: Xinhua/Li Muzi
Desde la entidad explican que, tras más de una década de vigencia, la ley exhibe definiciones imprecisas que derivaron en interpretaciones contradictorias, conflictos de competencias y un marco de incertidumbre jurídica que afecta tanto a las inversiones productivas como a las autoridades provinciales encargadas de aplicar la norma.
El IADEM subraya que la Constitución ofrece un encuadre claro para el debate: mientras el artículo 41 faculta al Congreso a dictar presupuestos mínimos de protección ambiental, el artículo 124 reconoce a las provincias el dominio originario de los recursos naturales.
Para el instituto, la adecuación legislativa es indispensable para superar las ambigüedades del régimen vigente, brindar certidumbre jurídica y fortalecer la tutela efectiva de los glaciares como reservas estratégicas de agua.
El objetivo -afirman- no es contraponer ambiente y desarrollo ni Nación y provincias, sino lograr una regulación coherente con el reparto constitucional de competencias y con los principios del derecho ambiental argentino.